<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901</id><updated>2012-01-11T08:45:53.551-08:00</updated><category term='Ética Contador Peruano'/><category term='papeles de trabajo'/><category term='contabilidad'/><category term='pasos en auditoría'/><category term='El Auditor y la Ética.'/><category term='Planeamiento en la Auditoria'/><category term='Ley de Profesionalización del C.P.'/><category term='Objetivos de los Papeles de Trabajo'/><category term='Ley 13253'/><category term='El Auditor'/><category term='Reglamento de Certificación Extraordinaria del CPC.'/><category term='Ética Profesional'/><category term='Etica 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rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>30</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8988444966154901592</id><published>2011-12-14T09:23:00.000-08:00</published><updated>2011-12-14T09:35:01.464-08:00</updated><title type='text'>ADVERTENCIA  DE  CLONACIÓN  DE  MI  CORREO  DE  HOTMAIL</title><content type='html'>PONGO EN CONOCIMIENTO DE TODOS LOS USUARIOS DE MI BLOG y PÁGINA WEB, QUE A PARTIR DEL MARTES 13 DE DICIEMBRE DEL 2011, YA NO USO NI USARÉ MI CORREO DE HOTMAIL POR HABER SIDO CLONADO.&lt;br /&gt;SI RECIBEN ALGUN MENSAJE ESCRITO DESDE ESE CORREO, NO LO ESCRIBÍ YO. &lt;br /&gt;COMUNICARSE CONMIGO SOLO POR EL CORREO:&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ATENTAMENTE&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8988444966154901592?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8988444966154901592/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/12/advertencia-de-clonacion-de-mi-correo.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' 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MIGUEL  ANGEL  ALATRISTA  GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR  BENEMÉRITO  DEL  PERÚ&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ICA,  2011      &lt;br /&gt;     &lt;br /&gt;      &lt;br /&gt;I.-  RESUMEN.&lt;br /&gt;Debemos tener presente que el ejercicio de la  Ciencia Contable constituye una profesión que tiene como objetivo satisfacer las necesidades de información sobre las organizaciones sociales de los distintos agentes de la sociedad, lo cual se logra mediante la cuantificación de hechos socio- económicos, a fin de producir información para controlar, planificar, medir y optimizar la gestión, para la efectiva y oportuna toma de  decisiones. &lt;br /&gt;El Contador Público, como depositario de la confianza pública, "da fe" cuando suscribe un documento que expresa opinión sobre determinados hechos económicos pasados, presentes o futuros.&lt;br /&gt;El Contador Público tiene un papel importante en la sociedad. Los inversionistas, acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, además, del gobierno y público en general, confían en los Contadores  Públicos para tener una sólida información financiera y el consejo competente acerca de una variedad de materias en negocios e impuestos. La actitud y comportamiento de los Contadores Públicos al proporcionar tales servicios, tiene un impacto en el bienestar económico del país.&lt;br /&gt;En sus actuaciones el Contador Público debe considerar y analizar al usuario de sus servicios como ente económico independiente, observando en todos los      casos los Principios de: Integridad, Objetividad, Independencia, Responsabilidad, Confidencialidad, Respeto y Observancia de las disposiciones normativas y reglamentarias, Competencia y actualización Profesional, Difusión y colaboración, Respeto entre Colegas, y Conducta Ética intachable.&lt;br /&gt;El conocimiento y aplicación de lo normado en el Código de Ética Profesional del Contador Público es de vital importancia y este Código debe ser observado por todos los Contadores Públicos Colegiados que ejerzan la profesión   de manera individual o asociada, y que tengan el desempeño profesional en forma independiente, dependiente o en la docencia y a  lo largo y ancho del territorio Peruano.  &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El presente trabajo técnico Nacional, tiene por finalidad analizar y discutir en el XXII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú, los principios y normas que nos rigue a los Profesionales de las Ciencias Contables  con respecto a la  Ética  Profesional.&lt;br /&gt;Analizaremos los conceptos de Ética, definiremos la Ética profesional, estableceremos el concepto del Código de Ética,  procederemos al análisis de los Principios Éticos del Contador Profesional  según la IFAC los que se encuentran incorporados en nuestro Código de Ética vigente, revisaremos las normas establecidas en nuestro Código de Ética Profesional del Contador Público del Perú.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;II.-  GUIA  DE  DISCUSION.&lt;br /&gt;El problema materia del presente trabajo técnico Nacional, se desarrollará en  torno a las siguientes interrogantes:&lt;br /&gt;1.-  Porque estudiar la Ética?.&lt;br /&gt;2.-  Cual es el aporte de la Ética?. &lt;br /&gt;3.-  Tiene sentido la Ética en un mundo globalizado?.&lt;br /&gt;4.-  La Ética como ciencia normativa es  compatible con la Profesión Contable?&lt;br /&gt;5.-   La Ética en general debe ser objeto de Reglamentación o Codificación?&lt;br /&gt;6.-  El Código de Ética Profesional del Contador Público representa la guía de acción del Profesional Contable?.&lt;br /&gt;7.- El Código de Ética Profesional del Contador Público del Perú es suficientemente difundido?&lt;br /&gt;8.- Los Contadores Públicos Peruanos cumplimos con lo preceptuado en nuestro Código de Ética?.&lt;br /&gt;9.-  Es posible ejercer Éticamente la Profesión?.&lt;br /&gt;10.-  Los Comités de Ética Profesional de los Colegios Departamentales o Regionales  de Contadores Públicos del Perú cumplen con la aplicación estricta de lo normado en el Código de Ética?&lt;br /&gt;11.- El Código de Ética Profesional del Contador Público del Perú es compatible con el Código Ético de la IFAC en su versión 2011?.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;III.-  CONTENIDO  DEL  TRABAJO.&lt;br /&gt;ETICA.- &lt;br /&gt;Según Aristóteles, el hombre no escoge el fin que está en él por naturaleza como la luz que lo lleva a juzgar correctamente y escoger el bien verdadero. Más la virtud que es el poder o potestad de obrar conforme a las leyes morales, depende precisamente de la elección de los medios que se hace en vista del bien supremo. Es, pues, libre para el hombre, puesto que en el hombre, además de la parte racional existe la parte apetitiva, que aún careciendo de razón puede ser dominada y dirigida por ella, así hay dos virtudes fundamentales: la primera consiste en el mismo ejercicio de la razón, por lo cual es llamada intelectiva o racional, la otra consiste en el dominio de la razón sobre los impulsos sensibles que determina las buenas costumbres y por eso se llama virtud moral.&lt;br /&gt;La virtud moral consiste en la capacidad de escoger el justo medio, adecuado a nuestra naturaleza, tal como es determinado por la razón. El justo medio excluye los dos extremos viciosos, que pecan uno por exceso y otro por defecto. Esta capacidad de elección es un poder que se perfecciona y refuerza con el ejercicio. &lt;br /&gt;Sus diferentes aspectos constituyen las varias virtudes éticas:&lt;br /&gt;El valor, que es el justo medio entre la cobardía y la temeridad, determina lo que debemos o no debemos temer. &lt;br /&gt;La templanza, que es el justo medio entre la intemperancia y la insensibilidad, se refiere al uso moderado de los placeres.&lt;br /&gt;La liberalidad, que es el  justo medio entre la avaricia y la prodigalidad, concierne al uso prudente de las riquezas. &lt;br /&gt;La magnanimidad, que es el justo medio entre la vanidad y la humildad, concierne a la recta opinión de sí mismo.&lt;br /&gt;La mansedumbre, que es el justo medio entre la irascibilidad y la indolencia, concierne a la ira.&lt;br /&gt;La virtud ética principal es la justicia, en un sentido más general, es decir, como conformidad a las leyes, la justicia no es una virtud particular, más bien la virtud íntegra y perfecta. En efecto el hombre que respeta todas las leyes es el hombre completamente virtuoso. &lt;br /&gt;La virtud intelectiva o dianoética, es propicia del ser racional, comprende la ciencia, el arte, la prudencia,  la inteligencia,  la sabiduría.&lt;br /&gt;La ciencia, es la capacidad demostrativa que tiene por objeto lo que no puede suceder diferentemente de como sucede, es decir, lo necesario y lo eterno. &lt;br /&gt;El arte,  es la capacidad acompañada de razón de producir algún objeto.&lt;br /&gt;La prudencia, es la capacidad unida a la razón de obrar en forma conveniente frente a los bienes humanos.&lt;br /&gt;La inteligencia,  es la capacidad de comprender los primeros principios de todas las ciencias que precisamente por ser principios no forman parte de la misma ciencia. &lt;br /&gt;La sabiduría,  es el grado más alto de la ciencia y sirve no solo para deducir los principios, sino juzgar su misma verdad.  &lt;br /&gt;Mientras la prudencia se refiere a las cosas humanas y consiste en el juicio sobre la conveniencia, oportunidad y utilidad. La sabiduría se refiere a las cosas más altas y universales.&lt;br /&gt;Este contraste de sabiduría y prudencia, es el reflejo en el campo de la ética  de la actitud filosófica fundamental de Aristóteles, este contraste no existía para Platón para quien la sola prudencia humana es la ciencia suprema que tiene por objeto el bien como principio del ser. &lt;br /&gt;Pero para Aristóteles el ser ha alcanzado su autonomía frente al bien, por eso indica que la sabiduría  consiste en la plena posesión de la ciencia en sus principios y conclusiones, no tiene nada que ver con la prudencia que es el conocimiento de los valores humanos.    El contraste entre la prudencia y    la sabiduría, es el contraste entre el filosofar humano que es la meta de Platón, y la filosofía como ciencia que es la meta de Aristóteles.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La palabra ética proviene del griego éthikós que a su vez proviene del vocablo ethos que significa  costumbre,  modo de ser,  o  carácter, en cuanto a la forma de vida adquirida por el hombre. &lt;br /&gt;La ética puede definirse como la ciencia normativa de la rectitud de los actos humanos según principios racionales. Esta definición se explica razonablemente de la siguiente manera:&lt;br /&gt;1. - La Ética como Ciencia.- &lt;br /&gt;La ética es el conocimiento que se preocupa por el fin al que debe dirigirse la conducta humana y de los medios que sirvan para alcanzar ese fin. &lt;br /&gt;2. - El Carácter Normativo de la Ética.- &lt;br /&gt; La ética es una racionalización del comportamiento humano, es decir, un conjunto de principios o enunciados dados por la luz de la razón y que iluminan el camino acertado de la conducta. Por eso los principios éticos tienen una dimensión imperativa, pues son mandatos u órdenes que nos damos para movernos en la realización de actos que mejoren nuestra condición humana. &lt;br /&gt;3. - La Rectitud de la Ética.- &lt;br /&gt;La ética busca que los actos humanos se orienten hacia la rectitud. Con esto se indica el estudio de aquellos actos que contribuyen al perfeccionamiento humano. La rectitud puede entenderse como la concordancia entre nuestras acciones con la verdad o el bien, y significa la pauta apropiada para el desarrollo de nuestra naturaleza. &lt;br /&gt;4. - Los Actos Humanos como Objeto de Estudio de la Ética.-  &lt;br /&gt;Los actos humanos son una ordenación hacia las virtudes y los valores. Por consiguiente, consideramos que no sólo la razón y la voluntad  son los dos aspectos que caracterizan el acto específicamente humano, existen otras dimensiones del ser humano que, con la práctica de determinadas virtudes y valores, lo perfeccionan de manera integral.&lt;br /&gt;5. - La Ética como Indagación de los Principios Racionales.-  &lt;br /&gt;Cuando se habla de que la ética busca la rectitud de los actos humanos, es decir, que éstos sean conformes con lo bueno, lo verdadero,  etc., es porque la ética especula sobre todo aquello que se oculta detrás de los hechos o las apariencias. Por eso la ética intenta adherirse a principios que expliquen los actos humanos según un punto de partida, un fundamento o una causa. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los profesionales en sus relaciones con sus clientes y sus Colegas, es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales.&lt;br /&gt;Se dice que la Ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios.&lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.&lt;br /&gt;La ética es una parte de la filosofía, de ahí que su método y características de investigación hayan de concordar con ésta disciplina.&lt;br /&gt;Al ser la ética parte de la filosofía, no puede dejar de tener nunca como fondo la concepción filosófica del hombre que nos da una visión total de éste como ser social, histórico y creador. Toda la serie de conceptos que la ética maneja de un modo específico, como los de libertad, necesidad, valor, conciencia, sociabilidad, entre otros, presuponen un esclarecimiento filosófico previo.&lt;br /&gt;Asimismo, al ser la ética parte de la filosofía, esta habrá de tener un carácter de universalidad, mediante el cual será capaz de abarcar su objetivo, el acto moral, como un todo, enfocándolo a la vez desde todas las perspectivas que la razón le dicte, buscando con ello un concepto abstracto y general, pero al mismo tiempo concreto y particular. &lt;br /&gt;Diversos autores coinciden en señalar que las virtudes o valores básicos del ser humano son: la prudencia, la fortaleza, la templanza, la Justicia, la solidaridad, la autenticidad, la fidelidad, la bondad, el agradecimiento, la responsabilidad, la libertad, la amistad, la belleza, la paz, la laboriosidad. Además a estos nosotros podemos  agregar la honestidad,  la responsabilidad,  la integridad y el respeto a la dignidad de las personas.&lt;br /&gt;La ética, en su  sentido pleno, en mi opinión, es,  la armónica composición de los tres  siguientes elementos:&lt;br /&gt;1.- Las Normas, las cuales nos indican qué es lo que debemos hacer, nos orientan sobre los caminos que hemos de recorrer en nuestro comportamiento personal y el respeto que debemos tener por  los demás.&lt;br /&gt;Las normas son fundamentales, porque, sin ellas, se hace prácticamente imposible llegar al destino que queremos alcanzar en nuestra vida personal o Profesional. &lt;br /&gt;2.- La Virtud, es el segundo elemento radicalmente constitutivo de la ética, los hábitos van conformando esa segunda naturaleza, que facilitan o dificultan determinadas actuaciones de la persona.&lt;br /&gt;Pero la virtud, siendo primordialmente importante, como tal, a secas, conduce a comportamientos puritanos, propios de gente inflexible, porque olvida que lo específico de la virtud no es lo arduo, sino el bien. &lt;br /&gt;3.- El Amor, es el tercer factor consistente de la vida ética. El amor del que aquí hablamos lo es en sentido pleno. No nos referimos a una mera apreciación afectiva, sino que incluye en sí elementos de razón y de voluntad.&lt;br /&gt;La ética en líneas generales es la forma de lograr nuestros objetivos en la vida por el camino más correcto, respetando siempre los derechos de las demás, esas personas con las que nos toca convivir y con las que en su relación con nosotros, no solo importa el cuanto sino el cómo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA PROFESIONAL.-      &lt;br /&gt;La ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en  el cumplimiento de sus actividades Profesionales. &lt;br /&gt;A la Ética Profesional también se le conoce como  Deontología Profesional ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales y personales.&lt;br /&gt;Por tanto Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar. En un sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes.&lt;br /&gt;La Deontología es  el conjunto sistemático de normas mínimas que un grupo de profesionales determinados establece y que refleja una concepción ética común o mayoritaria de sus miembros.  &lt;br /&gt;El concepto Deontología puede definirse como el conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social.  La deontología implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;La deontología es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los Profesionales en sus relaciones con sus clientes, el estado y sus Colegas.  La deontología es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales, aún cuando muchas veces no estén codificados en una reglamentación jurídica.&lt;br /&gt;En este sentido, la deontología es la ética Profesional de las obligaciones prácticas, basadas en la acción libre de la persona, en su carácter moral, carentes de un control por parte de la legislación pública. &lt;br /&gt;La deontología es el cumplimiento de los deberes que a cada cual se le presentan según la posición que ocupe en la vida, y que están dados por el grado de compromiso y conciencia moral que se tenga con respecto a la Profesión. &lt;br /&gt;Todo Profesional tiende a pensar que su tarea es la más importante del mundo y que su servicio a la humanidad es irrenunciable. Pero en esto como en todo, no es solo importante lo que pensemos nosotros sino también lo que piensan los demás. Dentro de las diferentes profesiones existen algunas que tienen más claro su autentico papel de servicio a los seres humanos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Existen cuatro principios básicos que vienen  a ser las normas esenciales  que todo Profesional debe tener siempre presente para ejercer con criterio técnico y ético  las actividades propias de su profesión, y estos son: &lt;br /&gt;     1. - Independencia.-   La multiplicidad de deberes del  Profesional le impone una independencia absoluta de criterio que está exenta de cualquier presión, principalmente de aquella que resulte de sus propios intereses o influencias exteriores. &lt;br /&gt;     2•-  Confianza.-  Las relaciones de confianza no pueden existir si hay alguna duda sobre la honestidad, la probidad, la rectitud y la sinceridad del  Profesional.&lt;br /&gt;     3•- Secreto Profesional.-   Se debe respetar el secreto de cualquier información confidencial  trasmitida a él por su cliente que se refiera al propio cliente o a terceros en el marco de los asuntos de su  actividad Profesional.&lt;br /&gt;     4. - Incompatibilidades.-   El Código Profesional debe conciliar las posturas que puedan presentarse en el desarrollo de una actividad Profesional, señalando que la incompatibilidad debe ser solucionada respetando las normas que rigen en la jurisdicción donde ejerza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Ética Profesional es la ética en sí aplicada al ejercicio de una Profesión y comprende los principios de la actuación moral de todos sus miembros, en las circunstancias peculiares en que sus deberes profesionales los colocan.&lt;br /&gt;Las personas que ejercen una Profesión en las que ofrecen sus conocimientos y habilidades al servicio de otros, tienen responsabilidades y obligaciones con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo que es imprescindible para estos Profesionales la aceptación y el cumplimiento de las Normas de Ética que regulan su relación con sus Clientes, Empleadores, Empleados, Estado y Público en general,  por lo que se hace necesario que exista un Código que contenga las normas generales de conducta aplicables a la práctica diaria de la Profesión.&lt;br /&gt;La Ética Profesional en conclusión, puede definirse como el conjunto de normas y principios asumidos voluntariamente por quienes ejercen una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social. La  Ética Profesional implica un compromiso de identidad con el rol que se cumple en la vida social. &lt;br /&gt;La profesión tiene como finalidad el bien común o el interés público, nadie es Profesional, para sí mismo, pues toda profesión tiene una dimensión social, de servicio a la comunidad, que se anticipa a la dimensión individual de la profesión.  Resulta absurdo buscar el propio beneficio, sin importar el beneficio comunitario, porque lo que pase en cualquier colectividad siempre afectará para bien o para mal a todos sus integrantes.&lt;br /&gt;Al término profesión debe asociársele la idea de servicio, pues, al hablar de las profesiones, existe una conexión entre la práctica Profesional y la vocación que se tenga hacia ella. &lt;br /&gt;Por eso en toda profesión existe un cumplimiento de deberes,  dados  como manifestación del amor al prójimo y servicio a los demás (sentido ético de la profesión). El predominio de los intereses egoístas y el afán de lucro, significan la manera de desvirtuar la profesión, y negarle el sentido ético de servicio.&lt;br /&gt;La ética de cada profesión depende del trato y la relación que cada Profesional aplique a los casos concretos que se le puedan presentar en el ámbito personal o social. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CÓDIGO DE ÉTICA.- &lt;br /&gt;Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad.&lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales  fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce,   la defensa de los destinatarios de los servicios de nuestros profesionales y la función social que cumplen los Colegios profesionales así lo demanda.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;Los órganos de dirección y representación de los Colegios Profesionales deben velar por el cumplimiento y aplicación del Código Deontológico, y para ello se hace muy necesario la mayor difusión del mismo entre sus agremiados.&lt;br /&gt;En conclusión, los códigos de ética son  las normas en que se expresan las ideas centrales de la conducta corporativa, de este modo los códigos ejercen una función regulativa y directiva al indicar los valores colectivos, los gestos diferenciadores, los compromisos colectivamente contraídos, los códigos desempeñan una función identificadora de la profesión ante la profesión misma.&lt;br /&gt;El código no sólo sirve para justificar y dar el debido tono a las censuras contra los colegas que se desvían de la ética común.  El Código planea siempre sobre las relaciones interprofesionales, sobre las negociaciones de constitución de grupos, sobre los contratos de empleo, o sobre los pactos de arrendamiento de servicios, para garantizar que las relaciones profesionales así creadas se atengan, en su calidad técnica y moral, a las tradiciones del grupo, cumplen así una función defensiva y protectora.&lt;br /&gt;No se limitan los códigos éticos a ser algo interno a la profesión, puesto que son, a la vez e inseparablemente, una respuesta que la profesión da a la sociedad, actúan hacia fuera. La sociedad confiere a la corporación profesional  mucho poder y autoridad, cuando le adjudica, por ejemplo, el monopolio del ejercicio de la profesión.  &lt;br /&gt;El código, en cuanto a respuesta institucional, no trata sólo de los deberes del profesional hacia los particulares, sino también de las obligaciones que la profesión y cada uno de sus miembros tienen contraídas con la comunidad social.&lt;br /&gt;Si los códigos de conducta ética están vigentes, es también porque así lo reclama y exige la sociedad, pues las nuevas circunstancias crean y amplifican conflictos de mucho alcance y consecuencias, sobre los que la sociedad necesita que se fijen criterios éticos. De hecho, en toda sociedad moderna, existe un código de ética, y la razón es la misma, aunque más profunda, porque responde a una necesidad honda e inaplazable de los ciudadanos, por lo que los códigos de ética tienen una función social.&lt;br /&gt;La conexión de la profesión con la sociedad se realiza también gracias a la función disciplinaria de la deontología codificada. Para mantener el vigor de la normativa ética del código existe un sistema disciplinario que actúa dentro de la corporación profesional, pero que puede recurrir en su instancia última a los tribunales ordinarios de justicia &lt;br /&gt;En el contexto público, los códigos cumplen igualmente una importante función informativa, en razón de esta dimensión, el código debería estar al alcance de todos. En este sentido, se puede hablar de una función reveladora del código, en cuanto proclama ante todos, especialmente ante los clientes, los deberes que voluntariamente asumen los  profesionales. El código es un documento de gran valor social. &lt;br /&gt;Existen una serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño del profesional en su permanente relación con sus Colegas, Clientes y Público en general, las cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética, las que están elaboradas y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional, cuyo acatamiento y cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los Miembros de una Orden Profesional determinada.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional contiene la normatividad para nuestra actuación en todas las labores  que realizamos, y se ocupa de nuestra responsabilidad hacia la sociedad en general, el contratante de nuestros servicios, así como nuestro personal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CODIGO DE  ÉTICA   DEL  CONTADOR   PROFESIONAL.-&lt;br /&gt;La Federación Internacional de Contadores (IFAC), como lo establece su constitución, tiene como misión “el desarrollo y fortalecimiento de la profesión contable a nivel mundial con estándares armonizados, capaces de proporcionar servicios de alta calidad a favor del interés público”. &lt;br /&gt;Para el cumplimiento de esta misión, el Comité Ejecutivo de la IFAC ha creado el Comité de Ética de la IFAC para desarrollar  y emitir, bajo su propia autoridad, estándares éticos de alta calidad y otros pronunciamientos para el uso de los Contadores profesionales en todo el mundo.&lt;br /&gt;La Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido el Código de Ética del Contador Profesional, que promueve su aplicación por parte de todos los Contadores del mundo.&lt;br /&gt;Este Código de Ética, establece las reglas de conducta para todos los Contadores del mundo y determina los principios fundamentales que se deben respetar para perfeccionar los objetivos comunes de la profesión, además establece que estos principios son igualmente válidos para todos los Contadores ya sea que trabajen en el sector público, privado o en la docencia.&lt;br /&gt;El Código de Ética del Contador Profesional de la Federación Internacional de Contadores (IFAC), reconoce que los objetivos de la Profesión Contable son trabajar al más alto nivel de profesionalismo y para esto tiene cuatro exigencias básicas: &lt;br /&gt;Credibilidad, Profesionalismo, Calidad del Servicio,  y Confianza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética para Contadores Profesionales de la IFAC. versión 2006, fue revisado por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores de la IESBA en julio del 2009, y fue aprobado por el Comité Ejecutivo de la  IFAC para su implementación a nivel mundial,  entrando en vigencia desde el  1 de enero del 2011.&lt;br /&gt;Este Código de Ética del Contador Profesional de la IFAC. establece requerimientos éticos para los Contadores profesionales de todo el mundo, disponiendo que ninguna institución o firma miembro de la IFAC puede aplicar normas menos rigurosas que las establecidas en este código.&lt;br /&gt;El Código de Ética de la IFAC enuncia cinco Principios Fundamentales, los que deben cumplir todos los Contadores del mundo, y son:&lt;br /&gt; Integridad&lt;br /&gt; Objetividad&lt;br /&gt; Competencia Profesional y debido cuidado&lt;br /&gt;Confidencialidad&lt;br /&gt;Comportamiento Profesional&lt;br /&gt;1. - Integridad &lt;br /&gt;Un Contador profesional debe ser sincero y honesto en todas sus relaciones profesionales y de negocios.&lt;br /&gt;El principio de integridad, impone sobre todo profesional la obligación de ser franco y honesto en sus relaciones profesionales y de negocios. &lt;br /&gt;La Integridad también implica transacciones justas y verdaderas.&lt;br /&gt;Un Contador profesional no debe estar asociado a informes, rendiciones, comunicaciones u otra información donde él crea que la información: Contiene un material falso o declaraciones engañosas, Contiene declaraciones o información suministrada imprudentemente, Omite o retiene información requerida para ser incluida donde tales omisiones o retenciones podrían ser engañosas.&lt;br /&gt;2. - Objetividad &lt;br /&gt;Un Contador profesional no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros eliminen sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El principio de objetividad, impone al Contador profesional la obligación de no comprometer su juicio profesional por favoritismos, conflictos de intereses o la indebida influencia de otros.&lt;br /&gt;Un Contador profesional podría estar expuesto a situaciones que podrían dañar su objetividad. Se deben evitar las relaciones de favoritismo o de influencia sobre el juicio del Contador profesional.&lt;br /&gt;3. - Competencia Profesional y debido cuidado &lt;br /&gt;Un Contador profesional tiene el deber continuo de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el nivel apropiado para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en los desarrollos actuales de la práctica, legislación y técnicas. &lt;br /&gt;Un Contador profesional debe actuar diligentemente y de acuerdo a las técnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios profesionales.&lt;br /&gt;El principio de Competencia Profesional y debido cuidado, impone al Contador profesional las siguientes obligaciones:&lt;br /&gt;a. - Mantener sus conocimientos y habilidades profesionales en el nivel requerido para asegurar que sus clientes y empleadores reciban un competente servicio profesional, y&lt;br /&gt;b. - Actuar diligentemente de acuerdo con las técnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios.&lt;br /&gt;Un servicio profesional competente requiere el ejercicio de un juicio sensato en la aplicación de los conocimientos y habilidades profesionales en el desarrollo de tal servicio. &lt;br /&gt;La Competencia Profesional debe estar dividida en dos fases diferentes:&lt;br /&gt;a. -  Logro de la Competencia Profesional.&lt;br /&gt;El desarrollo profesional continuo desarrolla y mantiene las capacidades que permiten a un Contador profesional desempeñarse competentemente dentro del ambiente profesional.&lt;br /&gt;b. -  Mantenimiento de la Competencia Profesional.&lt;br /&gt;El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de un conocimiento continuo y de un entendimiento de las técnicas profesionales y desarrollos empresariales relevantes. &lt;br /&gt;La diligencia abarca la responsabilidad de actuar de acuerdo a los requerimientos de una asignación, cuidadosamente, y sobre una base oportuna.&lt;br /&gt;Cuando sea apropiado, un Contador profesional debe tratar de que sus clientes, empleadores u otros usuarios de sus servicios profesionales sean conscientes de las limitaciones inherentes a su trabajo para evitar la interpretación de alguna expresión de opinión como la afirmación de un hecho.&lt;br /&gt;4. - Confidencialidad &lt;br /&gt;Un Contador profesional debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios y no debe revelar esta información a terceros que no cuenten con la debida autoridad a menos que exista un derecho o deber legal o profesional para revelarla. &lt;br /&gt;La información confidencial obtenida como resultado de las relaciones profesionales o de negocios no debe ser usada por el Contador profesional para obtener beneficios personales o para terceros.&lt;br /&gt;El principio de confidencialidad, impone al Contador profesional la obligación de abstenerse de:&lt;br /&gt;a. -  Divulgar fuera de la firma u organización empleadora la información confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios sin la autorización apropiada y específica o a menos que exista un derecho legal o profesional o deber de revelarla, y&lt;br /&gt;b. - Usar la información confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios para su beneficio personal o para el beneficio de terceros.&lt;br /&gt;Un Contador profesional debe mantener la confidencialidad incluso en el ambiente social. &lt;br /&gt;El Contador profesional debe estar alerta a la posibilidad de revelar información inadvertidamente, particularmente en circunstancias que implican una larga asociación con un socio o un miembro inmediato de la familia.&lt;br /&gt;Un Contador profesional también debe mantener la confidencialidad sobre la información revelada por un cliente o empleador potencial. &lt;br /&gt;Un Contador profesional también debe considerar la necesidad de  mantener la confidencialidad de la información dentro de la firma o de la  organización empleadora.&lt;br /&gt;Un Contador profesional debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales se obtiene asesoría y ayuda respeten el deber de confidencialidad del Contador profesional.&lt;br /&gt;La necesidad de cumplir con el principio de confidencialidad continua hasta después de finalizada la relación entre el Contador profesional y su cliente o empleador.&lt;br /&gt;Cuando un Contador profesional cambia de empleo o adquiere un nuevo cliente, tiene derecho de usar la experiencia anterior. El Contador profesional no debe, sin embargo, utilizar o revelar cualquier información confidencial adquirida o recibida como resultado de su relación profesional o de negocios anterior.&lt;br /&gt;5. - Comportamiento Profesional &lt;br /&gt;Un Contador profesional debe cumplir con los reglamentos y leyes relevantes y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;El principio del Comportamiento profesional, impone sobre los Contadores profesionales la obligación de cumplir con las leyes y regulaciones relevantes y evitar cualquier acto que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;En la publicidad y promoción de su trabajo y de ellos mismos, los Contadores profesionales no deben desprestigiar a la profesión. Ellos deben ser honestos y sinceros y no deben realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que poseen, o la experiencia obtenida, o realizar referencias desacreditadoras o comparaciones sin fundamento con el trabajo de otros.&lt;br /&gt; El Contador profesional en la práctica pública no debe comprometerse con ningún negocio, ocupación o actividad que dañe o pueda dañar la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión y como consecuencia sea incompatible con la prestación de sus servicios profesionales, debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado, antes de aceptar un compromiso especifico con un cliente, el Contador profesional debe considerar si su aceptación podría crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales. &lt;br /&gt;Cuando un Contador profesional intenta confiar en la asesoría o trabajo de un experto, debe evaluar si dicha confianza está garantizada, debe considerar factores tales como la reputación, experiencia, recursos disponibles y aplicación de normas éticas y profesionales, tal información podría ser obtenida de una asociación previa con el experto o consultando con otros.&lt;br /&gt;En las situaciones donde un Contador profesional es solicitado para proporcionar una segunda opinión sobre la aplicación de normas o principios de contabilidad, auditoria, presentación u otras normas o principios para circunstancias específicas o transacciones por o en nombre de una compañía o entidad que no es un cliente existente, podría dar pie a amenazas al cumplimiento con los principios fundamentales. Por ejemplo, podría haber una amenaza a la competencia profesional y debido cuidado en circunstancias donde la segunda opinión no este basada en el mismo conjunto de hechos que estuvieron disponibles para el Contador actual, o esta basada sobre evidencia inadecuada. La importancia de la amenaza dependerá de las circunstancias de la solicitud y de todos los otros hechos disponibles y suposiciones relevantes para la expresión del juicio profesional.&lt;br /&gt;Cuando se entra en negociaciones respecto a los servicios profesionales, un Contador profesional podría cotizar sus honorarios como lo estime apropiado. El hecho de que un Contador profesional  pueda cotizar sus honorarios menos que otro no es propiamente anti ético. Sin embargo, podría haber amenazas al cumplimiento con los principios fundamentales que surjan del nivel de honorarios establecidos. Por ejemplo, se crea una amenaza de interés personal a la competencia profesional y el debido cuidado si el honorario establecido es tan bajo que se dificulte el desarrollo del compromiso de acuerdo con las normas técnicas y profesionales para ese valor.&lt;br /&gt;El Contador profesional no debe desacreditar a la profesión cuando comercializa sus servicios profesionales.  &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética del Contador  Profesional de la IFAC  vigente desde el 1 de enero del 2011, contiene tres partes:&lt;br /&gt;Parte A: Aplicación General del Código.- Contiene la introducción y los Principios Fundamentales, los que se encuentran normados en la sección 100 hasta la sección 150, en los cuales se encuentran definidos los cinco principios fundamentales de la Ética.&lt;br /&gt;Parte B: Los Contadores Profesionales en la práctica pública.- Contiene algunos ejemplos de circunstancias que crean amenazas en la práctica profesional y las salvaguardas que se pueden tomar en cuenta para observar los principios fundamentales de la Ética, abarca desde la sección 200 hasta la sección 291.&lt;br /&gt;Parte C: Los Contadores Profesionales en los negocios.- Contiene algunos ejemplos de circunstancias que crean  amenazas para  los Contadores que pueden ser empleados, socios, directores, y las salvaguardas para amparar los Principios de la Ética, abarcan desde la sección 300 hasta la sección 350.&lt;br /&gt;POR LO TANTO LA PARTE B Y C DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONTADOR PROFESIONAL DE LA IFAC, VIENEN A SER LOS EJEMPLOS DE ALGUNAS SALVAGUARDAS  PARA PODER EVITAR LAS AMENAZAS AL CUMPLIMIENTO DE LOS CINCO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL PERÚ.- &lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados del Perú en el IX Congreso Nacional de la Orden Profesional realizado en la Ciudad de Puno en el año de 1984, aprobaron por primera vez el CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO para su aplicación y cumplimiento obligatorio en todo el territorio Nacional por parte de todos los Miembros de la Orden, éste Código de Ética contenía  6 capítulos y 50 artículos. &lt;br /&gt;En el XVI Congreso Nacional de Contadores Públicos Colegiados, realizado en la Ciudad de Tumbes en el año de 1998, el Código de Ética Profesional fue analizado y revisado, habiéndose aprobado el Texto Único Ordenado del Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado con 6 capítulos y 56 artículos.&lt;br /&gt;El XVIII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú realizado en la ciudad de Huaraz en el año 2002 emitió la Resolución Nº 21, por la cual  recomienda a los Colegios de Contadores Públicos del País  que evalúen la modificación del Código de Ética Profesional del Contador Público, encargando a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú su aprobación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, después de haber analizado en varias y sucesivas asambleas generales extraordinarias la propuesta del nuevo Código de Ética Profesional del Contador Público elaborado  presentado  y sustentado por el suscrito, con fecha 4 de agosto del 2005  emitió  la Resolución  Nº 013-2005-JDCCPP., aprobando por unanimidad el nuevo Código de Ética Profesional del Contador Público  para su implementación  obligatoria a nivel Nacional  a partir de dicha fecha.&lt;br /&gt;Al Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado Peruano, vigente a partir del 4 de agosto del 2005, en asamblea general extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú del 15 de junio del 2007, se le incorpora los cinco Principios Fundamentales enunciados por la IFAC , para que sea concordante con el Código de Ética de ésta entidad mundial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Este Código de Ética, considera el análisis de aspectos generales donde se indica que:&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público debe ser observado por todos los Contadores Públicos Colegiados que ejerzan la profesión  a lo largo y ancho del territorio Peruano. &lt;br /&gt;La responsabilidad del Contador Público, no es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador en particular, sino que es una responsabilidad de interés público, entendiendo por tal, el bien común de la comunidad de personas e instituciones a las cuales sirve el profesional.&lt;br /&gt;El ejercicio de la  Ciencia Contable constituye una profesión que tiene como objetivo satisfacer las necesidades de información sobre las organizaciones sociales de los distintos agentes de la sociedad, lo cual se logra mediante la cuantificación de hechos socio- económicos, a fin de producir información para controlar, planificar, medir y optimizar la gestión, para una efectiva y oportuna toma de decisiones. &lt;br /&gt;El Contador Público, como depositario de la confianza pública, "da fe" cuando suscribe un documento que expresa opinión sobre determinados hechos económicos pasados, presentes o futuros.&lt;br /&gt;El Contador Público tiene un papel importante en la sociedad. Los inversionistas, acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, además, del gobierno y público en general, confían en los Contadores  Públicos para tener una sólida información financiera y el consejo competente acerca de una variedad de materias en negocios e impuestos. La actitud y comportamiento de los Contadores Públicos al proporcionar tales servicios, tiene un impacto en el bienestar económico del país.&lt;br /&gt;El ejercicio de la profesión contable implica una función social especialmente a través de la fe pública que se otorga en beneficio de la confianza en las relaciones económicas entre el Estado y los particulares, o de éstos entre sí.&lt;br /&gt;La sociedad, en general, y las empresas, en particular, son unidades económicas sometidas a variadas influencias externas. El Contador Público, en el desarrollo de su actividad profesional, deberá utilizar en cada caso los métodos de análisis y evaluación más apropiados para la situación que se presenta, dentro de los lineamientos dados por la profesión y podrá, además, recurrir a especialistas diferentes a la Contaduría Pública y a la utilización de todos los elementos que la ciencia y la tecnología ponen a su disposición.&lt;br /&gt;En sus actuaciones el Contador Público debe considerar y analizar al usuario de sus servicios como ente económico independiente, observando en todos los      casos los Principios fundamentales de: Integridad, Objetividad, Independencia, Responsabilidad, Confidencialidad, Respeto y Observancia de las disposiciones normativas y reglamentarias, Competencia y actualización profesional, Difusión y colaboración, Respeto entre Colegas, y Conducta Ética intachable.&lt;br /&gt;Estos principios Deontológicos básicos o fundamentales deberán ser aplicados por el Contador  Público en el desempeño de la Profesión sin excepción alguna.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado del Perú, consta de 1 Título Preliminar, 5 Títulos, 11 Capítulos, 4 Subcapítulos, 59 Artículos, 3 Disposiciones Finales, 1 Disposición Transitoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO PRELIMINAR.&lt;br /&gt;DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;Dispone que el Contador  Público Colegiado, deberá cumplir obligatoriamente los Principios Fundamentales siguientes:&lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- El principio de Integridad impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales.&lt;br /&gt;La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.&lt;br /&gt;El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.&lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad. &lt;br /&gt;5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones y méritos que posee, o la experiencia obtenida.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.&lt;br /&gt;El Contador Público, debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TITULO I&lt;br /&gt;DEL ALCANCE, APLICACIÓN Y NORMAS GENERALES DE ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;El Código regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia, siéndole aplicable a cualquiera que sea la forma que adopte su actividad profesional y/o la forma o naturaleza de la retribución que perciba, en forma obligatoria. Asimismo, norman las relaciones profesionales del Contador Público Colegiado con sus colegas de profesión.&lt;br /&gt;En el ejercicio profesional, el Contador Público Colegiado actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las normas del Código de ética en todos sus actos.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que actúe tanto en función independiente como en relación de dependencia, asumirá responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes, declaraciones juradas, etc., que estén refrendados por él.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado  tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, excepto aquella información requerida por las autoridades jurisdiccionales competentes por mandato de la Ley.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO II&lt;br /&gt;DEL CAMPO DE LA PROFESIÓN&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado en su condición de hábil, puede ejercer sus actividades profesionales:&lt;br /&gt;a) En relación de dependencia.&lt;br /&gt;b) En forma independiente&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que ejerza sus actividades profesionales en relación de dependencia deberá fomentar permanentemente la conciencia tributaria de su empleador y, asimismo, mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas del servicio profesional que presta.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que ejerza en forma independiente la profesión, no expresará su opinión profesional sobre los estados financieros o sobre cualquier otra información financiera complementaria, si el examen de dichos estados o información no ha sido practicado por él, o bajo su supervisión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado no podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoría o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de dos años como mínimo. Mientras dure su actuación como Contador no podrá actuar como auditor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO III&lt;br /&gt;DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y ANUNCIO DE SERVICIOS PROFESIONALES&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado deberá determinar con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios, para lo cual deberá tener en cuenta las labores o funciones a realizar, la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa y otros factores de acuerdo a las circunstancias, de manera que, por exceso o por defecto, dichos honorarios no resulte lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación. Consecuentemente, evitará toda controversia con sus clientes acerca de sus honorarios.&lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados para la prestación de sus servicios, en todos los casos, deberán suscribir un Contrato de Locación de Servicios Profesionales, en el que deberá establecerse en forma expresa sus obligaciones, responsabilidades, el monto de sus honorarios y la fecha en que deberán ser pagados los mismos. Los honorarios profesionales deberán ser fijados con arreglo al arancel mínimo aprobado por cada Colegio Regional (Departamental).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO IV&lt;br /&gt;DE LAS INFRACCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA Y SANCIONES&lt;br /&gt;La inobservancia de lo normado en el Código de Ética Profesional constituye infracción, la cual será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma, sin perjuicio de lo expresamente tipificado como infracción en el presente Código.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de una acción de descrédito para la profesión.&lt;br /&gt;Comete infracción grave el Contador Público Colegiado que valiéndose de su función o cargo que desempeña, obtenga algún tipo de beneficio personal o a favor de terceros en forma directa o indirecta.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que infrinja el  Código de Ética Profesional será sancionado por el Colegio de Contadores Públicos de la respectiva Región (departamento).&lt;br /&gt;Para la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la infracción cometida, evaluándola de acuerdo a la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión de Contador Público.&lt;br /&gt;Según la gravedad de la falta cometida por el Contador Público, la sanción podrá consistir en:&lt;br /&gt;a) Amonestación verbal.&lt;br /&gt;b) Amonestación escrita.&lt;br /&gt;c) Suspensión temporal en el ejercicio de la profesión entre uno y veinticuatro meses.&lt;br /&gt;d) Expulsión y cancelación definitiva de la matrícula en el Registro del respectivo Colegio de Contadores Públicos.&lt;br /&gt;Las sanciones contenidas en el Código de Ética  por las infracciones cometidas son de carácter administrativo institucional, independientemente de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO V&lt;br /&gt;DE LOS ORGANOS INSTITUCIONALES&lt;br /&gt;Los Órganos Institucionales encargados de velar por el cumplimiento de las Normas del  Código de Ética profesional del Contador Público son:&lt;br /&gt;a) El Comité de Ética Profesional.&lt;br /&gt;b) El Tribunal de Honor.&lt;br /&gt;c) El Consejo Directivo.&lt;br /&gt;El Comité de Ética Profesional es el órgano institucional encargado de evaluar, calificar, investigar y resolver en primera instancia administrativa las denuncias presentadas por infracción a las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;El Tribunal de Honor es el órgano institucional encargado de resolver los recursos impugnativos de apelación interpuestos contra las resoluciones emitidas por el Comité de Ética Profesional. Resuelven en segunda y última instancia administrativa y sus resoluciones tienen el carácter de definitivas; no siendo, en consecuencia, objeto de recurso impugnativo alguno.&lt;br /&gt;El Consejo Directivo es el órgano institucional encargado del cumplimiento de las resoluciones expedidas por el Comité de Ética Profesional y el Tribunal de Honor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINALES&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por la Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú,  quedando derogadas las normas del Código del Ética Profesional anterior.&lt;br /&gt;Los Colegios de Contadores Públicos Regionales (Departamentales) adecuarán sus Estatutos y/o Reglamentos Internos a lo dispuesto en el artículo 54º del  Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores públicos del Perú, conformará una Comisión Nacional de Ética y Ejercicio Profesional integrada por Tres (03) Presidentes de los Comités Permanentes Normativos de Ética y Ejercicio Profesional. Tendrán como función la difusión y supervisión del respeto y cumplimiento de las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICION TRANSITORIA&lt;br /&gt;Los procesos que estuvieran en curso bajo las normas del Código de Ética Profesional anterior, deberán continuar bajo dichas normas hasta la culminación de los mismos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;IV. -  CONCLUSIONES.&lt;br /&gt;1.-  El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, que se encuentra vigente, contiene el marco conceptual que requieren los Contadores Públicos Peruanos para identificar, evaluar y direccionar su actuación profesional, dentro de un marco adecuado,  ante la sociedad.&lt;br /&gt;          El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, contiene un conjunto de normas dispuestas en cincuentinueve artículos, tres disposiciones finales y una disposición transitoria, que tienen por objetivo, orientar la actuación profesional,  dentro de los marcos del honor, dignidad y capacidad profesional, actuando con probidad y buena fe, en todos sus actos.&lt;br /&gt;          Además, de éste conjunto de normas dispuestas en el Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, también se encuentra, un título preliminar, incorporando los cinco principios fundamentales de la Ética Profesional, dispuesto en la parte A del Código de Ética de la IFAC versión  2011.&lt;br /&gt;2.-   El Código de Ética de la IFAC vigente, está compuesto por tres partes:&lt;br /&gt;En la Parte A, establece cinco principios fundamentales de la Ética Profesional,  proporcionando un marco conceptual para la aplicación de estos principios.&lt;br /&gt;En las partes B y C, proporcionan algunos ejemplos de salvaguardas,  que podrían ser apropiados para aminorar las amenazas en el cumplimiento  de los principios fundamentales de la Ética de los Contadores Profesionales.&lt;br /&gt;3.-  Al haber emitido la IFAC su Código de Ética Profesional,  en tres partes diferenciadas, podemos distinguir:&lt;br /&gt;Que la Parte A, se encuentra en forma equivalente en el Título Preliminar  de nuestro  Código de Ética Profesional de la JDCCPP, ya que la misma, contiene los cinco principios fundamentales de la Ética dispuesto por la IFAC, y además, contiene las normas para el cumplimiento de estos principios.&lt;br /&gt;Las partes B y C  del Código de la IFAC,  no contiene normas,  solo considera algunos ejemplos de salvaguardas a las amenazas de  los principios éticos, por lo que no se encuentran consideradas en el Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, ya que nuestro Código genera normativas,  de acuerdo al sistema imperante en nuestro país,  por  lo tanto,  no pueden formar parte del Código de Ética propiamente dicho por razones obvias.&lt;br /&gt;Las amenazas y salvaguardas del Código de Ética Profesional de la IFAC, considerados en forma de ejemplos en las partes B y C de su Código del 2011, vienen a ser recomendaciones y/o medidas preventivas aplicables en el ejercicio de la profesión.&lt;br /&gt;4.-  La JDCCPP, debe disponer la difusión a nivel Nacional del Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, la que debe estar a cargo y responsabilidad de los Colegios regionales mediante la publicación en sus respectivas páginas web,  conferencias a realizarse en todos los eventos académicos locales, regionales o nacionales programados, y charlas en la incorporación de nuevos Contadores.&lt;br /&gt;5.-  La JDCCPP, debe disponer la difusión y conocimiento de todos los Contadores Públicos del Perú, de las partes B y C del Código de la IFAC.,  conocido también como amenazas y salvaguardas a los principios éticos, para que les  sirva como material de consulta,  mediante la publicación  en sus  respectivas páginas web.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;V.-  BIBLIOGRAFIA.-&lt;br /&gt;1.-  Aristóteles.-   Ética a  Nicomaco.- 10 libros.-  Traducción: Vicente Gutiérrez.-  Madrid  noviembre  2003.&lt;br /&gt;2.-  Alatrista Gironzini, Miguel Angel.-  Apuntes, Conferencias y Artículos sobre Ética Profesional del Contador Público.- Cusco-Perú. &lt;br /&gt;3.-  Abril, Pedro Simón.-  La Ética de Aristóteles.-  Madrid 1999.&lt;br /&gt;4.-  Arango, Horacio.-  Ética para la convivencia.-  Cali  1998.&lt;br /&gt;5.-  Aranguren, José.-  Ética.- Madrid 1958.&lt;br /&gt;6.-  Baruch  Spinoza.-  Ética Demostrada.-  Traducción: Vidal Peña.-  Madrid  1999.&lt;br /&gt;7.-   Bilbeny, Norbert.-  Aproximación a la Ética.-  Barcelona  1992. &lt;br /&gt;8.-   Escobar, Gustavo.-  Ética.- México 1992.&lt;br /&gt;9.-  Fagothey, Austin.- Ética  Teoría y Aplicación.- México 1991.&lt;br /&gt;10.-  Federación Internacional de Contadores – IFAC -  Código de Ética para Contadores Profesionales – versión 2011. -  New  York  julio 2009.&lt;br /&gt;11.-  Guisan, Esperanza.-  Introducción  a la  Ética.-  Madrid  1995.&lt;br /&gt;12.-  Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.- Código de Ética Profesional del Contador Público.-   agosto 2005 y junio 2007.&lt;br /&gt;13.-  Menéndez, Aquiles.-  Ética  Profesional.-  México  1980.&lt;br /&gt;14.-  Muñoz, Mateos.-  Ética.-  México  2001.&lt;br /&gt;15.-  Vargas, Samuel.-  Ética.-  Barcelona  2002.&lt;br /&gt;16.-  Vidal, Marciano.-  Conceptos Fundamentales de Ética.-  Madrid  1992.&lt;br /&gt;17.-  www.miguelalatrista.blogspot.com&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;                                                ICA, 7 al 10 de diciembre del 2011&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;                                      CPCC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;                                        CONTADOR  BENEMÉRITO  DEL PERÚ&lt;br /&gt;                                      Presidente del Comité Técnico Nacional de&lt;br /&gt;                                      Ética y Ejercicio Profesional de la JDCCPP.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;             HOJA  DE  VIDA  RESUMIDA:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;          MIGUEL  ANGEL  ALATRISTA  GIRONZINI&lt;br /&gt;        CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO CERTIFICADO &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1.¬ Decano  del Colegio de Contadores Públicos del Cusco.-   1990 a 1991, y del 2004 al 2006.&lt;br /&gt;2.- Vicepresidente de la Junta de Decanos  de Colegios de Contadores Públicos del Perú.-    2006.&lt;br /&gt;3.- Miembro de la Directiva de la Comisión Técnica Interamericana de Ética y Ejercicio Profesional de la Asociación Interamericana de Contabilidad – AIC - 2005  al  2007,  del 2007 al 2009, del 2009 al 2011, y del 2011 al 2013.&lt;br /&gt;4.- Presidente del Comité Técnico Nacional de Ética y Ejercicio Profesional de la JDCCPP.-  2006 al 2008, y del 2010 al 2012.&lt;br /&gt;5.- Miembro Titular de la Dirección  Nacional Permanente de Certificación y Recertificación del Contador Público Peruano de la JDCCPP.  &lt;br /&gt;6.-  Presidente del Comité Permanente Normativo de Ética y Ejercicio Profesional  del Colegio de Contadores Públicos del Cusco. &lt;br /&gt;7.¬   Presidente del Consejo Consultivo del Colegio de Contadores Públicos del Cusco.¬ 2009 al 2010. y del 2011 al 2012.&lt;br /&gt;8.- Profesor Principal de Dedicación Exclusiva de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. ¬ Cesante ¬ &lt;br /&gt;9.- Profesor Investigador de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (Categoría Extraordinaria). - &lt;br /&gt;10.- Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras  de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, 1987 a 1990.&lt;br /&gt;11.¬ Autor de 16 libros y textos de la profesión.&lt;br /&gt;12.¬ Autor de 10 trabajos de investigación y trabajos técnicos de la profesión.&lt;br /&gt;13.¬ Autor del Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano.&lt;br /&gt;14.¬ Expositor en  eventos académicos a nivel  local,  regional  y  nacional.&lt;br /&gt;15.¬ Autor de artículos de Contabilidad, Auditoria, Ética Profesional y Certificación Profesional.&lt;br /&gt;16.¬ Cuarentayocho  Premios recibidos entre resoluciones, oficios, diplomas, pergaminos, platos  y placas recordatorias.&lt;br /&gt;17.¬ Dos Premios a la Cultura, otorgado por el INC. del Cusco.&lt;br /&gt;18.¬ Reconocimiento como  “Contador Símbolo de la Ética”, otorgado por el Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios.&lt;br /&gt;19.¬ Miembro Honorario del Colegio de Contadores Públicos de Puno.&lt;br /&gt;20.¬ Condecoración de  CONTADOR  SÍMBOLO DEL CUSCO.&lt;br /&gt;21.¬ Condecoración de  CONTADOR  BENEMÉRITO  DEL  PERU. &lt;br /&gt;22.- Reconocimiento como "Profesor Visitante" de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-923321650963136799?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/923321650963136799/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/12/etica-del-contador-publico-peruano.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/923321650963136799'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/923321650963136799'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/12/etica-del-contador-publico-peruano.html' title='ÉTICA  DEL  CONTADOR  PÚBLICO  PERUANO'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-2889754483101486523</id><published>2011-11-09T15:22:00.000-08:00</published><updated>2011-11-09T15:30:34.101-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='La Ética del Contador Público y la Informática'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ética del Contador en la Informática'/><title type='text'>ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA INFORMÁTICA CONTABLE</title><content type='html'>ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA INFORMÁTICA CONTABLE&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA&lt;br /&gt;La palabra ética proviene del griego éthikós que significa  costumbre,  modo de ser,  o  carácter, en cuanto a la forma de vida adquirida por el hombre. &lt;br /&gt;La ética puede definirse como la ciencia normativa de la rectitud de los actos humanos según principios racionales.&lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias. &lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;La ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en  el cumplimiento de sus actividades Profesionales. &lt;br /&gt;A la Ética Profesional también se le conoce como  Deontología Profesional ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales y personales.&lt;br /&gt;La Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar Las personas que ejercen una Profesión en las que ofrecen sus conocimientos y habilidades al servicio de otros, tienen responsabilidades y obligaciones con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo que es imprescindible para estos Profesionales la aceptación voluntaria y el cumplimiento de las Normas de Ética que regulan su relación con sus Clientes, Empleadores, Empleados, Estado y Público en general,  por lo que se hace necesario que exista un Código que contenga las normas generales de conducta aplicables a la práctica diaria de la Profesión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CÓDIGO DE ÉTICA&lt;br /&gt;Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad.&lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales  fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;Los órganos de dirección y representación de los Colegios Profesionales deben velar por el cumplimiento y aplicación del Código Ético , y para ello se hace muy necesario la mayor difusión del mismo entre sus agremiados.&lt;br /&gt;Existen una serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño del profesional en su permanente relación con sus Colegas, Clientes, Estado  y Público en general, las cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética, las que están elaboradas y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional, cuyo acatamiento y cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los Miembros de una Orden Profesional determinada.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional contiene la normatividad para nuestra actuación en todas las labores  que realizamos, y se ocupa de nuestra responsabilidad hacia la sociedad en general, el contratante de nuestros servicios, así como nuestro personal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CODIGO DE  ÉTICA DEL CONTADOR   PROFESIONAL&lt;br /&gt;La Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha dictado un Código de Ética Profesional y promueve su aplicación por parte de todos los Contadores del mundo.&lt;br /&gt;Este Código de Ética Profesional establece las reglas de conducta para todos los Contadores del mundo y determina los principios fundamentales que se deben respetar para perfeccionar los objetivos comunes de la profesión, además establece que estos principios son igualmente válidos para todos los Contadores ya sea que trabajen en el sector público, privado o en la docencia.&lt;br /&gt; El primer Código de Ética para Contadores Profesionales de la IFAC. fue redactado  en mayo del 2000 y entró en vigencia en enero del 2003, este Código fue revisado  y actualizado en junio del 2005 y entró en vigencia  en  junio del 2006.&lt;br /&gt; Este Código de Ética por disposición del Consejo Directivo de la IFAC fue revisado y actualizado por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores ( IESBA) de la IFAC en julio del 2009, entrándo en vigencia a partír del 1 de enero del 2011, en dicho Código se establece  los requerimientos éticos para los Contadores Profesionales de todo el mundo. &lt;br /&gt;El Código de Ética de la IFAC enuncia cinco Principios Fundamentales, los que deben ser cumplidos en forma obligatoria por  todos los Contadores del mundo, y son&lt;br /&gt; 1.- Integridad. &lt;br /&gt; 2.- Objetividad. &lt;br /&gt; 3.- Competencia Profesional y debido cuidado.&lt;br /&gt;4.- Confidencialidad &lt;br /&gt;5.- Comportamiento Profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL PERÚ&lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados del Perú en el IX Congreso Nacional de la Orden Profesional realizado en la Ciudad de Puno en el año de 1984, aprobaron por primera vez el CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO, éste Código de Ética contenía  6 capítulos y 50 artículos. &lt;br /&gt;En el XVI Congreso Nacional de Contadores Públicos Colegiados, realizado en la Ciudad de Tumbes en el año de 1998, el Código de Ética Profesional fue analizado y revisado, habiéndose aprobado el Texto Único Ordenado del Código de Ética , con 6 capítulos y 56 artículos.&lt;br /&gt;El XVIII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú realizado en la ciudad de Huaraz en el año 2002 emitió la Resolución Nº 21, recomendando a los Colegios de Contadores Públicos del País que evalúen la modificación del Código de Ética, encargando a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú su aprobación, la misma que con fecha 4 de agosto del 2005  emitió  la Resolución Nº 013-2005-JDCCPP., aprobando por unanimidad el nuevo Código de Ética Profesional del Contador Público.&lt;br /&gt;En Asamblea General de la JDCCPP. realizada  el 15 de junio del 2007, se incorporó al Código de Ética, los cinco Principios Fundamentales de la Ética enunciados por la IFAC, para que sea concordante con el Código de Ética de ésta Entidad Mundial. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CÓDIGO  DE ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO PERUANO&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado del Perú ,  aprobado mediante Resolución N° 13-2005 de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú vigente desde el 4 de agosto del 2005, al que se incluyó el 15 de junio del 2007  los cinco Principios Fundamentales de la Ética promulgados por la IFAC. ,  consta de 1 Título Preliminar,  5 Títulos,  11 capítulos,  4 sub capítulos,  59 Artículos, 3 Disposiciones Finales, y  1 Disposición Transitoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO PRELIMINAR.&lt;br /&gt;DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;Dispone que el Contador  Público Colegiado, deberá cumplir obligatoriamente los Principios Fundamentales siguientes, que tambien son enunciados por la IFAC:&lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- El principio de Integridad impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales. &lt;br /&gt;La Integridad obliga a que sea probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;Debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.&lt;br /&gt;Requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado de las técnicas y normas profesionales.&lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.&lt;br /&gt;5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- &lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;Debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones  o méritos que posee, o la experiencia obtenida.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía,  debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TITULO I&lt;br /&gt;DEL  ALCANCE, APLICACIÓN  Y  NORMAS GENERALES  DE  ÉTICA  PROFESIONAL&lt;br /&gt;Dispone que las  normas contenidas en el Código de Ética Profesional, son aplicables a los miembros de los Colegios de Contadores Públicos del país en el ejercicio de la profesión, tanto en forma individual como asociada. El Contador Público Colegiado está obligado a adecuar sus actividades profesionales a las normas establecidas en el presente Código de Ética Profesional. &lt;br /&gt;El Código regula el ejercicio profesional tanto en forma independiente como en relación de dependencia, siéndole aplicable a cualquiera que sea la forma que adopte su actividad profesional y/o la forma o naturaleza de la retribución que perciba. &lt;br /&gt;En el ejercicio profesional, el Contador Público Colegiado actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, guardando el secreto Profesional, manteniendo independencia de criterio, y observando las normas del Código de ética en todos sus actos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO II &lt;br /&gt;DEL CAMPO DE LA PROFESIÓN&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado en su condición de hábil,  puede ejercer sus actividades profesionales:&lt;br /&gt;       En relación de dependencia.&lt;br /&gt;               En forma independiente&lt;br /&gt;El Contador Público que ejerza la docencia, tendrá como objetivo primordial enseñar las normas y principios que rigen la profesión y las normas de ética profesional. Deberá impartir enseñanza técnica, científica y fundamentalmente humanista para lo cual se mantendrá permanentemente actualizado y de esta manera contribuir a la difusión y desarrollo de la profesión contable.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado no podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoria o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de dos años. Mientras dure su actuación como Contador no podrá actuar como auditor.&lt;br /&gt;En los servicios de contabilidad, consultoría, peritajes o auditoria prestados en forma independiente por personas jurídicas, asume la responsabilidad el profesional Contador Público que firme o suscriba los estados financieros e informes o dictámenes en general.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO III&lt;br /&gt;DE  LA RETRIBUCIÓN  ECONÓMICA  Y  ANUNCIO DE  SERVICIOS  PROFESIONALES&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado deberá determinar con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios, para lo cual deberá tener en cuenta las labores o funciones a realizar, la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa y otros factores de acuerdo a las circunstancias, de manera que, por exceso o por defecto, dichos honorarios no resulte lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación. Consecuentemente, evitará toda controversia con sus clientes acerca de sus honorarios.&lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados para la prestación de sus servicios, en todos los casos, deberán suscribir un Contrato de Locación de Servicios Profesionales, en el que deberá establecerse en forma expresa sus obligaciones, responsabilidades, el monto de sus honorarios y la fecha en que deberán ser pagados los mismos. Los honorarios profesionales deberán ser fijados con arreglo al arancel mínimo aprobado por cada Colegio Regional (Departamental).&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado individual o asociadamente podrá ofrecer sus servicios en forma seria, decorosa y mesurada mediante anuncios en periódicos, revistas, medios electrónicos y otros medios de comunicación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO IV&lt;br /&gt;DE  LAS   INFRACCIONES  AL  CÓDIGO  DE ÉTICA  Y SANCIONES&lt;br /&gt;La inobservancia de lo normado en el Código de Ética Profesional constituye infracción, la cual será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma, sin perjuicio de lo expresamente tipificado como infracción en el  Código.&lt;br /&gt;Cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de una acción de descrédito para la profesión, si al expresar su opinión no lo haya hecho en forma real y sincera.&lt;br /&gt;Según la gravedad de la falta cometida por el Contador Público, la sanción podrá consistir en:&lt;br /&gt;    a)   Amonestación verbal.&lt;br /&gt;         b) Amonestación escrita.&lt;br /&gt;         c) Suspensión temporal entre uno y veinticuatro   meses.&lt;br /&gt;         d) Expulsión y cancelación definitiva de la   matrícula.&lt;br /&gt;Las sanciones contenidas en el presente Código por las infracciones cometidas son de carácter administrativo institucional, independientemente de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO V &lt;br /&gt;DE LOS ORGANOS INSTITUCIONALES&lt;br /&gt;Los Órganos Institucionales encargados de velar   por   el &lt;br /&gt;cumplimiento de las Normas del presente Código de Ética &lt;br /&gt;profesional del Contador Público son:&lt;br /&gt;a) El Comité de Ética Profesional. &lt;br /&gt;b) El Tribunal de Honor.&lt;br /&gt;c) El Consejo Directivo. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINALES &lt;br /&gt;El presente Código de Ética Profesional entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por la Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú. &lt;br /&gt;Los Colegios de Contadores Públicos Regionales (Departamentales) adecuarán sus Estatutos y/o Reglamentos Internos a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICION TRANSITORIA &lt;br /&gt;Los procesos que estuvieran en curso bajo las normas del Código de Ética Profesional anterior, deberán continuar bajo dichas normas hasta la culminación de los mismos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA EN LA INFORMÁTICA&lt;br /&gt;La Ética de la Informática  según Terrel  Bynum,  es una nueva disciplina que pretende abrirse campo dentro de las éticas aplicadas y que ha emergido desde hace unos pocos años.  Muchas profesiones reivindican para sí una ética particular con la cual pueden regirse ante los problemas morales específicos de esa profesión o actividad ocupacional.  La existencia de la EI tiene como punto de partida el hecho de que los ordenadores suponen unos problemas éticos particulares y por tanto distintos a otras tecnologías. En la profesión informática se quiere pasar de la simple aplicación de criterios éticos generales a la elaboración de una ética propia de la profesión. &lt;br /&gt;La EI es considerada como la disciplina que analiza problemas éticos que son creados por la tecnología de los ordenadores o también los que son transformados o agravados por la misma, es decir, por las personas que utilizan los avances de las tecnologías de la información.  La tarea de la EI es aportar guías de actuación cuando no hay reglamentación o cuando la existente es obsoleta. Al vacío de políticas se añade generalmente un problema de vacío conceptual. Por ello la EI también ha de analizar y proponer una marco conceptual que sea adecuado para entender los dilemas éticos que ocasiona la informática.  También podemos decir que  la EI es la disciplina que identifica y analiza los impactos de las tecnologías de la información en los valores humanos y sociales. &lt;br /&gt;Los códigos de ética, tal como se conocen en el mundo, son reglas establecidas con el propósito general de guiar el comportamiento de los integrantes de una determinada profesión y de aquellos con los cuales éstos  actúan  habitualmente.  La  ética informática, es importante  por considerarlo como un instrumento que facilita reconocer los problemas  originados en la informática y resolverlos de acuerdo a los objetivos buscados. En la actualidad las computadoras se utilizan no solo como herramientas auxiliares de apoyo a diferentes actividades humanas, sino como medio eficaz para obtener, enviar  y conseguir información , lo que las ubica también como un nuevo medio de comunicación, y condiciona su desarrollo cuya esencia se resume en la creación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de datos.&lt;br /&gt;Este es el panorama de este nuevo fenómeno científico-tecnológico.   Por ello ha llegado a sostenerse que la Informática es hoy una forma de poder Social. Las facultades que la informática pone a disposición de Gobiernos y de particulares, con rapidez y ahorro consiguiente de tiempo y energía, configuran un cuadro de realidades de aplicación y de posibilidades de juegos lícito e ilícito, en donde es necesario el derecho para regular los múltiples efectos de una situación, nueva y de tantas potencialidades en el medio social. Esta marcha de las aplicaciones de la informática no sólo tiene un lado ventajoso sino que plantea también problemas de significativa importancia para el funcionamiento y la seguridad de los sistemas informáticos en los negocios, y la sociedad.&lt;br /&gt;Debido a esta vinculación, el aumento del nivel de los delitos relacionados con los sistemas informáticos registrados en la última década en los Estados Unidos, Europa  Occidental, Australia y Japón, representa una amenaza para la economía y también para la sociedad en su conjunto.  El término delitos relacionados con las computadoras se define como cualquier comportamiento antijurídico, no ético o no autorizado, relacionado con el procesado automático de datos y/o transmisiones de datos.  En la actualidad  la informatización se ha implantado en casi todos los países., tanto en la organización y administración de las empresas y administraciones públicas. &lt;br /&gt;En este sentido, la informática puede ser el objeto del ataque o el medio para cometer delitos. La importancia reciente de los sistemas de datos, por su gran incidencia en la marcha de las empresas, tanto públicas como privadas, los ha transformado en un objeto cuyo ataque provoca un perjuicio enorme, que va mucho más allá del valor material de los objetos destruidos. A ello se une que estos ataques son relativamente fáciles de realizar, con resultados altamente satisfactorios y al mismo tiempo procuran a los autores una probabilidad bastante alta de alcanzar los objetivos sin ser descubiertos.&lt;br /&gt;Los problemas que plantea la difusión acelerada de la informática  no son en esencia diferente a los que plantea el desarrollo de toda ciencia. Son problemas éticos que han ido sumergiendo a una sociedad en una profunda corrupción y  que han tapado la transparencia y la honestidad.  Por eso la ética en la informática como en todos los campos de la vida cotidiana deben ser utilizados como una herramienta más para la formación de una sociedad  que va cambiando su rumbo y que se encuentra en un signo de pregunta que todavía no se puede develar. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CUATRO PUNTOS ÉTICOS DE LA ERA DE LA INFORMÁTICA&lt;br /&gt;Debido a que cada vez se involucra  mayor cantidad de  personas  en  la&lt;br /&gt;recolección, manejo, distribución y utilización de información J. Mason postula los siguientes puntos éticos de la era de la Informática.&lt;br /&gt;1.- Privacidad.-  Se dice que toda información personal es privada. Si la información privada es compartida con otros, está  sobreentendiendo que esos otros la compartirán sólo con aquellos que tengan derecho a ello, se dice que la información es confidencial. Por lo tanto se requiere que se trate la información privada y confidencial con respeto, no compartiéndola con otros que no tienen derecho a ellos.&lt;br /&gt;2.- Exactitud.-  Es la autenticidad y fidelidad de los datos. La información correcta debe ser guardada y asegurada de alteraciones inapropiadas para lograr su exactitud.&lt;br /&gt;3.-  Propiedad.-  Se refiere a los derechos que posee el autor de la información. Se debe respetar  la propiedad intelectual personal de los otros. Los derechos de autor y otras protecciones legales de la misma deben ser obedecidos.&lt;br /&gt;4.-  Disponibilidad.-  Se refiere a la información que puede acceder una persona dentro de la empresa así como a las condiciones y garantías para ello. El derecho de toda persona a tener determinada información debe ser respetado y se requiere que el mismo sea justo y equitativamente definido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Estos cuatro principios forman un núcleo compuesto de los problemas más&lt;br /&gt;importantes  que enfrenta nuestra sociedad informática sin una solución fácil o rápida. El que la ciencia avance y la técnica ofrezca cada vez mejores soluciones a problemas prácticos no quiere decir que los problemas éticos o las cuestiones de sentido queden resueltos de manera satisfactoria o no tengan ya lugar. Los problemas éticos, sociales o de sentido de una sociedad no se resuelven simplemente con un progreso tecnológico, en este caso un progreso en las tecnologías de la información.&lt;br /&gt;La EI supone un reto para la vida profesional y educativa e investigación informática.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR  BENEMÉRITO  DEL  PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR  SÍMBOLO  DEL  CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PD.- Conferencia Magistral en la III Convención Nacional de Informática Contable.- Puno del 3 al 5 de noviembre del 2011.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;www.miguelalatrista.blogspot.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-2889754483101486523?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/2889754483101486523/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/11/etica-del-contador-publico-en-la.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2889754483101486523'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2889754483101486523'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/11/etica-del-contador-publico-en-la.html' title='ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA INFORMÁTICA CONTABLE'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' 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/&gt;Los procesos de evaluación para el mejoramiento de la calidad educativa a que se refiere  la Ley del Sistema  Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación  son:&lt;br /&gt;a.- La Autoevaluación de la gestión pedagógica, institucional y administrativa.&lt;br /&gt;b.- Evaluación externa con fines de acreditación.&lt;br /&gt;c.- Acreditación.&lt;br /&gt;d.- Certificación.-  Es el reconocimiento público y temporal de las competencias  adquiridas y demostradas por las personas naturales, dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales. &lt;br /&gt;La Certificación que es un proceso público y temporal, es otorgada por el Colegio profesional correspondiente, previa autorización del SINEACE.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Ley N° 28951, llamada Ley de actualización de la ley N° 13253 del Contador Público, en su artículo N° 6 inciso “c” indica, que los Colegios de Contadores Públicos deben organizar y llevar el registro de los miembros de la orden colegiados, por especialidades, para efectos de la Certificación y Recertificación en la forma establecida por el estatuto y el reglamento interno. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL.- &lt;br /&gt;Debemos tener presente que a medida que transcurre el tiempo en el  ejercicio profesional se produce una brecha entre el conocimiento adquirido en la formación de pre-grado y los conocimientos vigentes  actuales, ello debido a que tanto el conocimiento como las técnicas evolucionan, cambian, modifican sus paradigmas y aumentan en complejidad. &lt;br /&gt;En éste sentido se hace indispensable que el profesional se actualice, perfeccione e implemente los avances científicos y tecnológicos mundiales que permitan la constante mejora de su desempeño profesional y por consiguiente la calidad de sus servicios.&lt;br /&gt;No sólo es necesario el conocimiento para un desempeño profesional eficiente, se requiere desarrollar además valores y habilidades que permitan hacer eficaz el conocimiento. &lt;br /&gt;Estos tres elementos (conocimiento, valores, habilidades) en su conjunto conforman las competencias profesionales que deben ser validadas tanto a nivel Nacional como Internacional por la profesión Contable a través de sus organismos representativos y  directrices de la Profesión, por lo cual se  implementó en el País el proceso de certificación y recertificación profesional del Contador Público Colegiado a través de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;VENTAJAS DE LA CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL.-&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación Profesional, debe ser entendida como una herramienta que es administrada para contribuir a la obtención de niveles mínimos de competencia profesional, que se constituyan en garantías para los intereses de los usuarios de los servicios profesionales del Contador  Público Colegiado.&lt;br /&gt;Son muchas las ventajas de una certificación y recertificación profesional, sin embargo se pueden resumir en lo siguiente:&lt;br /&gt;1.- El profesional acredita su experiencia y pericia.-  Es decir puede demostrar que posee los conocimientos  suficientes, los cuales se encuentran  actualizados,  y la  experiencia necesaria para desarrollar con alta calidad las actividades propias de su profesión.&lt;br /&gt;2.-  El usuario tiene la certeza de los servicios que recibe.-  Se le garantiza la eficiencia de los servicios contratados y la tranquilidad de trabajar  con personal de reconocida calidad profesional.&lt;br /&gt;3.-  Los Contadores Públicos pueden desarrollar su Profesión en el mercado global.-  Dado que facilita el acceso del profesional  contable al mercado externo de servicios  profesionales, de tal forma que presta sus servicios más allá de las fronteras y actúa en una  economía mundial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS DE LA CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL.-&lt;br /&gt;El Sistema de Certificación y recertificación de la Profesión Contable en el Perú debe alcanzar los objetivos siguientes:&lt;br /&gt;a.-  Elevar la calidad profesional de los Contadores  Públicos en un entorno competitivo.&lt;br /&gt;b.-   Establecer las bases de reciprocidad con otros  países, en materia de servicios profesionales  relativos a la Contaduría Pública.&lt;br /&gt;c.-   Proteger el interés público o de la comunidad,  basándose en la prestación de servicios de  excelencia&lt;br /&gt;d.-   Perfeccionar la conducta Ética del Contador  Público en el ejercicio de las actividades  profesionales  que realiza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;IMPORTANCIA DE LA CERTIFICACIÓN  Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL.-&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación Profesional del Contador Público, son de suma importancia, ya que:&lt;br /&gt;1.- Avala la actualización Profesional continua.&lt;br /&gt;2.- Motiva a capacitarse.&lt;br /&gt;3.- Otorga prestigio Profesional y Personal.&lt;br /&gt;4.- Fortalece la credibilidad de su trabajo.&lt;br /&gt;5.- Amplia la visión Profesional.&lt;br /&gt;6.- Permite trabajar en los mercados laborales restringidos solo a Contadores   Certificados. &lt;br /&gt;7.- Da seguridad a sus clientes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;SISTEMA DE CERTIFICACIÓN  Y RECERTIFICACIÓN CONTABLE  EN EL PERÚ.- &lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, como máximo órgano representativo de la Profesión, se convierte en la Entidad Certificadora, que tiene como función la evaluación de los Contadores Públicos con fines de Certificación y Recertificación de las competencias profesionales, que es el proceso mediante el cual reconoce formalmente las competencias profesionales demostradas por los Contadores en la evaluación de su desempeño Profesional.&lt;br /&gt;La Certificación  y Recertificación se traduce en la constancia que avala a los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridos para el ejercicio de la profesión, de tal forma que el Contador Público Colegiado  pueda cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según estándares definidos o requerimientos de calidad esperados por el sector productivo (mercado laboral).&lt;br /&gt;En la evaluación no solamente se deben tener en cuenta los conocimientos teóricos sino también que tan capaces son los Contadores de aplicar estos conocimientos de manera analítica, practica contribuyendo al desarrollo y solución de problemas cotidianos que se puedan presentar.&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación del Contador Público en el Perú, son normados por el Reglamento de Certificación y Recertificación Profesional del Contador Público Colegiado emitido por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú el 30 de abril del 2009 y que fue publicado en el diario oficial El Peruano el 25 de mayo del 2009.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PROCESO DE RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO CERTIFICADO.-&lt;br /&gt;Según lo dispuesto en el artículo N° 16 del Reglamento de Certificación y Recertificación del Contador Público Colegiado, vigente en el País, existen dos modalidades para la Recertificación Profesional:&lt;br /&gt;a.- La Actualización Profesional Continua o Permanente.- Mediante la cual el Contador Público Colegiado Certificado, acreditará mediante los documentos o certificados respectivos, la capacitación permanente que haya realizado durante los cuatro años posteriores a su Certificación Profesional,  los cuales serán verificados y se les asignará el respectivo puntaje establecido en las tablas I, II, III y IV que se encuentran en el Reglamento correspondiente.&lt;br /&gt;b.- El Examen Único de Competencias.- Es la prueba escrita de los cursos designados en las directivas respectivas, para demostrar el conocimiento adquirido en el desarrollo de la actividad profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El proceso de Recertificación Profesional del Contador Público Colegiado Certificado se realiza cada cuatro años, a partir de la Certificación o Recertificación Profesional. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La actualización continua o permanente, es el proceso que consiste en la revisión y evaluación de los documentos que acreditan dicha actualización Profesional, en eventos académicos organizados únicamente  por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y/o de los Colegios Regionales o Departamentales de Contadores Públicos, o en las Instituciones educativas inscritas y reconocidas por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú para otorgar diplomas o certificados válidos para la Recertificación Profesional,  de conformidad con las Tablas de Puntaje respectivas que consideran:&lt;br /&gt;Tabla I.-  Certámenes de la Profesión, que tiene 100 puntos como máximo.&lt;br /&gt;Tabla II.-  Post Grados y Segunda Especialidad, que tiene 40 puntos como máximo.&lt;br /&gt;Tabla III.-  Actividad Institucional, que tiene 15 puntos como máximo.&lt;br /&gt;Tabla IV.-  Otras Actividades, que tiene 15 puntos como máximo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El puntaje mínimo para obtener la Recertificación Profesional mediante la Actualización Continua o Permanente es de 70 (setenta) puntos en el periodo de vigencia de los cuatro años posteriores a la Certificación o Recertificación respectiva.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados Certificados, pierden definitivamente el derecho de la Recertificación Profesional mediante la modalidad de la Actualización Continua o Permanente, si en uno de los cuatro años de vigencia de la Certificación o Recertificación Profesional  no alcanzara un mínimo de 10 (diez) puntos, en cuyo caso para obtener la Recertificación Profesional se tendrán que someter al Examen Único de Competencias (EUC), debiendo obtener en dicho examen la nota mínima de 13 puntos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;                                                   Cusco, 2 de agosto del 2011.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC. Miguel Angel Alatrista Gironzini&lt;br /&gt;Contador Benemérito del Perú&lt;br /&gt;Contador Símbolo del Cusco.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-4948027521033182758?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/4948027521033182758/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/08/recertificacion-profesional-del.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/4948027521033182758'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/4948027521033182758'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/08/recertificacion-profesional-del.html' title='RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO CERTIFICADO'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-3589385441191827187</id><published>2011-07-09T16:13:00.000-07:00</published><updated>2011-07-09T16:42:32.154-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ética JDCCPP'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Código de Etica'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Normas de Ética'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ética IFAC'/><title type='text'>COMPARACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC VIGENTE DESDE EL 1/01/ 2011 CON EL CÓDIGO DE ÉTICA VIGENTE DE LA JDCCPP</title><content type='html'>JUNTA DE DECANOS DE COLEGIOS DE CONTADORES PUBLICOS DEL PERÚ&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;         COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÉTICA Y EJERCICIO PROFESIONAL&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;        COMPARACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC VIGENTE DESDE EL &lt;br /&gt;           1/01/2011 CON EL CÓDIGO DE ÉTICA VIGENTE DE LA JDCCPP&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;   &lt;br /&gt;CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO PERUANO CONCORDANTE CON EL CÓDIGO DE ÉTICA DE   LA  IFAC  VIGENTE DESDE EL 01/01/2011&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ANTECEDENTES:&lt;br /&gt;1. En cumplimiento de la Resolución Nro. 21 del XVIII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú,  realizado en la ciudad de Huaraz el año 2002, la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú (JDCCPP),  después de haber analizado y discutido en sucesivas asambleas generales extraordinarias, el proyecto del código de ética,  elaborado por el CPCC Miguel A. Alatrista Gironzini,  aprobó por unanimidad el Nuevo Código de Ética del Contador Público Peruano, emitiéndose la Resolución Nro. 013-2005-JDCCPP, de fecha 4 agosto 2005.&lt;br /&gt;2. La IFAC,  mediante su Comisión de Ética,  redactó un código de ética para el uso de los contadores profesionales de todo el mundo, el mismo que fue aprobado por la Federación Internacional de Contadores (IFAC),  el que entró en vigencia desde el 30 de junio del 2006.&lt;br /&gt;3. Al haberse emitido, el Código de Ética de la IFAC para su utilización a nivel mundial desde el 30 de junio del 2006,  y encontrándose vigente nuestro Código de Ética desde el 4 de agosto del 2005, el XX Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú, realizado en la ciudad de Puno el año 2006, mediante  Resolución Nro. 10,  designó una comisión conformada  por cuatro  decanos, para el estudio y adecuación del Código de Ética vigente en el Perú, al Código de Ética de la IFAC.&lt;br /&gt;4. Con fecha 06 de marzo del 2007,  el CPCC Miguel A. Alatrista Gironzini, elaboró y presentó el “Proyecto del Código de Ética del Perú Concordante con el Código de Ética de la IFAC”;  cuya conclusión,  fue la incorporación de los cinco principios fundamentales señalados en el Código de Ética del IFAC. El proyecto presentado fue aprobado por unanimidad  en Asamblea General Extraordinaria de la JDCCPP realizada en el Colegio de Contadores Públicos de Ica,  el día 15 de junio del 2007, habiéndose incorporado al Código de Ética vigente desde el 4 de agosto del 2005,  como “Título Preliminar” los cinco principios fundamentales dados por la IFAC en su Código de Ética 2006”&lt;br /&gt;5. El Código de Ética de la IFAC del 2006,  estaba  dividido en tres partes:&lt;br /&gt;La parte A, que establece los principios fundamentales de la Ética Profesional para los Contadores  Profesionales,  y proporciona un marco conceptual para la aplicación de estos principios.&lt;br /&gt;La parte B y C, ilustra como debe ser aplicado  el marco conceptual en situaciones específicas. Proporciona ejemplos de salvaguardas que podrían ser apropiadas  para eliminar o reducir las amenazas  a los principios  fundamentales. Por lo tanto,  la parte  B y C  del Código de Ética de la IFAC, viene a ser los ejemplos  para poder evitar las amenazas de cumplimiento de los principios de Ética.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ESTUDIO DEL CÓDIGO DE ETICA VIGENTE EN EL PERÚ&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional  del Contador Público Peruano,  se encuentra vigente desde el 04 de agosto del 2005, en cumplimiento a la Resolución Nro. 013-2005-JDCCPP.&lt;br /&gt;A este Código de Ética Profesional,  se incorporó los cinco principios fundamentales enunciados por la IFAC,   por acuerdo  en Asamblea de la JDCCPP,  el 15 de junio del 2007.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público  Peruano, consta de cinco títulos, once capítulos, cuatro sub capítulos, un título preliminar, tres disposiciones finales  y una disposición transitoria.&lt;br /&gt;Este Código de Ética, contiene el marco conceptual,  que requieren los contadores públicos  para identificar, evaluar y direccionar  su actuación profesional.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano,  contiene   un conjunto de normas que tienen  por objetivos,  el orientar su actuación profesional.&lt;br /&gt;El Código,  regula el ejercicio profesional del Contador Público, tanto en forma independiente como en relación de dependencia, siéndole aplicable a cualquiera que sea la forma que adopte la actividad profesional y la forma de la retribución que perciba; así mismo, norma las relaciones  profesionales con sus colegas de la orden.&lt;br /&gt;El Código de Ética, dispone que el Contador Público,  debe actuar con probidad y buena fé, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando todas las normas del Código de Ética en todos sus actos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ESTUDIO DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC &lt;br /&gt;El Código de  Ética de la IFAC, establece requerimientos éticos para los contadores profesionales.&lt;br /&gt;La Junta de la IFAC, ha establecido el Comité de Ética de la IFAC, para desarrollar y emitir bajo su propia autoridad, estándares éticos de alta calidad y otros pronunciamientos, para el uso de los contadores profesionales en todo el mundo.&lt;br /&gt;a) El Código de Ética, promulgado por la IFAC, entró en vigencia el 30 de junio de 2006, éste Código se encontraba dividido en tres partes: &lt;br /&gt;La parte A, establece los cinco principios fundamentales de la ética profesional para los contadores profesionales, y proporciona un marco conceptual para la aplicación de estos principios.&lt;br /&gt;Las partes B y C, ilustran con ejemplos, cómo debe de ser aplicado el marco conceptual  en situaciones específicas de las salvaguardas,  para contraponerse a las amenazas en el cumplimiento de los principios  fundamentales.&lt;br /&gt;El Código de Ética de la IFAC versión 2006, contenía:&lt;br /&gt;Parte A: Aplicación general del Código&lt;br /&gt;Parte B: Los contadores profesionales en la práctica pública&lt;br /&gt;Parte C: Los contadores profesionales en los negocios&lt;br /&gt;Tanto la parte B como la parte C, contienen ejemplos de las amenazas y salvaguardas a los principios de Ética. La parte B, contiene la sección 290 llamada “Independencia – Compromisos de Aseguramiento”, que está diseñada para la auditoría a los estados financieros, que contiene ejemplos para evitar las amenazas a los principios fundamentales, cuando se trata de la auditoría  a los estados financieros.&lt;br /&gt;b) El Código de Ética Versión 2006 de la IFAC, fue revisada por el Consejo de Normas Contables de IESBA en julio del 2009, y que fue aprobado por la IFAC para su implementación, cuya vigencia rige desde el 01 de Enero del 2011.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional para los contadores profesionales del mundo de la IFAC versión 2009, contiene tres partes:&lt;br /&gt;Parte A: Aplicación General del Código.- Contiene la Introducción y los Principios Fundamentales, los que están normados en la Sección 100 hasta la Sección 150, en los cuales se encuentran nominados los cinco principios fundamentales de la Ética.&lt;br /&gt;Parte B: Los Contadores Profesionales en la Práctica Pública.- Contiene algunos ejemplos, de circunstancias que crean amenazas en la práctica profesional y las salvaguardas, que se pueden tomar en cuenta para observar los principios fundamentales de la Ética, abarcan desde la Sección  200  hasta la  Sección 280,  y  la Sección 290 de la Independencia de los Compromisos de Auditoría y Revisión de Trabajos de Aseguramiento de los Estados Financieros;  y la Sección 291 de la Independencia de  Otros Compromisos de Garantía que No Sean Auditoría Ni Trabajos de Revisión a los Estados Financieros.&lt;br /&gt;Parte C: Los Contadores Profesionales en los Negocios.- Que, contiene algunos ejemplos de circunstancias que crean amenazas para los contadores profesionales, donde el contador puede ser empleado, socio, director, y  las salvaguardas para amparar los principios de la Ética, abarcan desde la Sección 300 hasta la Sección 350.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;COMPARACION DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC 2011 CON EL CÓDIGO DE ETICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO PERUANO&lt;br /&gt;1. El Código de Ética de la IFAC versión 2011 IESBA, está compuesto por tres partes:&lt;br /&gt;En la Parte A, establece cinco principios fundamentales de la Ética Profesional,  proporcionando un marco conceptual para la aplicación de estos principios.&lt;br /&gt;En la Parte B y en la Parte C, ilustran cómo debe ser aplicado al marco conceptual de la Parte A, en situaciones específicas. En estas partes B y C, proporcionan ejemplos de salvaguarda,  que podrían ser apropiados para dirigir las amenazas en el cumplimiento  de los principios fundamentales de la Ética Profesional de los Contadores Profesionales.&lt;br /&gt;2. El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, que se encuentra vigente, contiene el marco conceptual que requieren los contadores públicos peruanos para identificar, evaluar y direccionar su actuación profesional, dentro de un marco adecuado,  ante la sociedad.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Peruano, contiene un conjunto de normas dispuestas en cincuentinueve artículos, tres disposiciones finales y una disposición transitoria, que tienen por objetivo, orientar la actuación profesional,  dentro de los marcos del honor, dignidad y capacidad profesional, actuando con probidad y buena fe, en todos sus actos.&lt;br /&gt;Además, de éste conjunto de normas dispuestas en el Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, también se encuentra, un título preliminar, incorporando los cinco principios fundamentales de la Ética Profesional, dispuesto por el Código de Ética Profesional de la IFAC en la Parte A de su Código de Ética 2009.&lt;br /&gt;Por lo expuesto, debemos afirmar que el Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, cumple con todo lo enunciado y propuesto en la Parte A del Código de Ética de la IFAC versión IESBA 2009,  vigente desde el 01 de Enero del 2011.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ASPECTOS NO CONSIDERADOS EN EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA  JDCCPP  Y QUE SE ENCUENTRAN CONTENIDOS EN EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC 2011.&lt;br /&gt;Al haber emitido la IFAC su Código de Ética Profesional,  en tres partes diferenciadas, podemos distinguir,  que la Parte A, se encuentra plasmado en forma equivalente en el Código de Ética Profesional de la JDCCPP, ya que la misma, contiene los cinco principios fundamentales de la Ética dispuesto por la IFAC, y además, contiene las normas para el cumplimiento de estos principios.&lt;br /&gt;Las partes B y C del Código de Ética Profesional de la IFAC, constituye la  serie de ejemplos que se presentan como amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales de la ética,  y la forma en que se podría aplicar las salvaguardas respectivas a las amenazas presentadas, no se encuentran consideradas en el Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, ya que nuestro Código genera normativas,  de acuerdo al sistema imperante en nuestro país.&lt;br /&gt;Las partes B y C, del Código de Ética Profesional de la IFAC 2009, no contiene normas. Por tanto,  no puede formar parte del Código de Ética propiamente dicho por razones obvias.&lt;br /&gt;Las amenazas y salvaguardas del Código de Ética Profesional de la IFAC, considerados en forma de ejemplos en las partes B y C de su Código del 2009, vienen a ser recomendaciones y/o medidas preventivas aplicables en el ejercicio de la profesión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;RECOMENDACIONES&lt;br /&gt;1. La JDCCPP, debe disponer la difusión a nivel nacional del Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, que debe estar a cargo y responsabilidad de los colegios regionales, e incorporados en sus página WEB.&lt;br /&gt;2. La JDCCPP, debe disponer la difusión y conocimiento de todos los contadores públicos del Perú, de las partes B y C del Código de la IFAC, conocido también como amenazas y salvaguardas a los principios éticos, esta debe estar a cargo y responsabilidad de los colegios regionales, debiendo publicarse en la página WEB de todos los colegios y de la JDCCPP.&lt;br /&gt;3. La JDCCPP, debe disponer en cumplimiento a la tercera disposición final del Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, que el Comité Técnico Nacional de Ética y Ejercicio Profesional,  tenga que efectuar la difusión y supervisión del Código de Ética Profesional;  para lo cual, la JDCCPP,  debe disponer que en todo congreso nacional de la orden y en toda convención nacional, los colegios regionales designados para dichos eventos, programen una conferencia magistral al inicio del evento, a cargo del comité en ejercicio.&lt;br /&gt;4. La JDCCPP, debe disponer la realización de una convención nacional de ética y ejercicio profesional a la brevedad posible, y con asistencia obligatoria de los integrantes de los comités de ética de todos los colegios regionales, para homogenizar la interpretación de las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;5. La JDCCPP, debe disponer que la próxima Convención Nacional  de Auditoría, programe por lo menos, una conferencia magistral, sobre los “Principios Éticos del Auditor” y otra conferencia magistral, sobre “Los Compromisos de Auditoría”, lo que se encuentra dispuesto en la Sección 290 del Código de Ética de la IFAC, vigente desde el 01 de Enero 2011.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Puno-Perú, 01-02 Julio 2011 &lt;br /&gt;&lt;br /&gt; EL COMITÉ  TÉCNICO NACIONAL DE ÉTICA Y EJERCICIO PROFESIONAL DE LA JDCCPP:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC Antonio Espillico Chique&lt;br /&gt;SECRETARIO &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC José Tomas Salas Chavez&lt;br /&gt;VOCAL&lt;br /&gt;               &lt;br /&gt;CPCC MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;PRESIDENTE&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-3589385441191827187?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/3589385441191827187/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/07/comparacion-del-codigo-de-etica-de-la.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3589385441191827187'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3589385441191827187'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/07/comparacion-del-codigo-de-etica-de-la.html' title='COMPARACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA IFAC VIGENTE DESDE EL 1/01/ 2011 CON EL CÓDIGO DE ÉTICA VIGENTE DE LA JDCCPP'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-3054434310246536158</id><published>2011-01-24T07:33:00.000-08:00</published><updated>2011-01-24T07:37:11.290-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Enseñanza de la Ética Contable'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Como enseñar Ética a los Contadores'/><title type='text'>ENSEÑANZA DE LA ÉTICA EN LA FACULTAD DE CONTABILIDAD</title><content type='html'>ENSEÑANZA DE LA ÉTICA EN LA FACULTAD DE CONTABILIDAD.&lt;br /&gt;En los últimos años Docentes Contadores Públicos han enfatizado la necesidad de incluir cursos de ética profesional en el currículo de  formación del Contador Público. &lt;br /&gt;Se afirma que la enseñanza de la Ética Profesional  Contable podría contribuir efectivamente a la formación de valores y de habilidades de relaciones interpersonales de los Contadores Públicos, para lo cual señalan cinco objetivos principales de la enseñanza de la Ética Profesional Contable:&lt;br /&gt;1.-  Permitir la identificación y el examen crítico de las propias convicciones morales de los hoy estudiantes y luego  futuros Contadores Públicos.&lt;br /&gt;2.- Enseñar a reconocer los aspectos humanos y éticos de la práctica contable.&lt;br /&gt;3.- Entregar los conocimientos y los fundamentos filosóficos, sociales y  legales a los estudiantes de las Ciencias Contables, futuros profesionales.&lt;br /&gt;4.- Fomentar el empleo de estos conocimientos en el razonamiento profesional.&lt;br /&gt;5.- Desarrollar las habilidades de interacción personal necesarias para una práctica profesional humanista. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Queremos destacar aquí la importancia del primero de estos objetivos, puesto que nuestra experiencia Docente en la  Facultad de Ciencias Contables y Financieras de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, nos ha confirmado su eficacia pedagógica y su contribución al logro de los otros cuatro objetivos enunciados, hemos comprobado el estímulo que supone para los alumnos darse cuenta de sus propias inconsistencias y confrontar sus valores con los de otras personas que les exijan fundamentar su postura. &lt;br /&gt;Una de las formas en que la discusión de problemas éticos en pequeños grupos  parece estimular la maduración ética de los alumnos es por la  vía de la confrontación de ideas y de la exposición a la forma de argumentación propuesta por personas en distintos niveles de maduración moral.&lt;br /&gt;De este modo sostenemos que el estudio de la ética es capaz de demostrar que las habilidades de razonamiento moral no solo son enseñables, sino también medibles.&lt;br /&gt;De acuerdo con este enunciado, proponemos  que enseñar la Ética Profesional Contable determina una diferencia real en las habilidades de razonamiento moral de los alumnos cuando se supera ese umbral. Pero es evidente que no basta con que los alumnos aprendan a razonar, la enseñanza de la ética busca, además, fomentar ciertas actitudes y comportamientos. &lt;br /&gt;En este contexto parece relevante precisar el significado de los conceptos de enseñar, educar y formar.&lt;br /&gt;Enseñar, es la tarea de conducir al entendimiento de nuevos contenidos. Educar, en cambio, implica orientar la voluntad hacia un objetivo dado, se trata, entonces, de un trabajo planificado que entrena día a día la voluntad para hacer posible la consecución del objetivo.&lt;br /&gt;Más profundo es el significado del concepto de Formar,  mientras las otras dos actividades se dirigen a las capacidades del hombre, la tarea de formar se dirige a la sustancia misma de la persona, para configurarla con un ideal de vida. &lt;br /&gt;En épocas como la actual, en la que  algunos profesionales de las Ciencias Contables, tienden a olvidar a la persona humana en la relación Contador Cliente, es necesario actualizar la discusión de si es o no necesaria la enseñanza de la ética  contable en las universidades, y si fuera  necesaria, ¿cómo hacerlo?. &lt;br /&gt;Indudablemente no sería suficiente que el estudiante apruebe a veces memorísticamente un Curso de Ética que por sí solo no siempre lleva a la interiorización de principios éticos que están dados para la Profesión Contable, ya que estos cursos de Ética son generales y son impartidos casi siempre por Docentes que tienen otra formación profesional.&lt;br /&gt;En una adecuada relación cliente Contador, el cliente elige al Contador Público para tomar sus servicios profesionales, y su autonomía concede al Contador Público el asesorar y dirigir la contabilidad del cliente.&lt;br /&gt;La conducta del Contador Público en esta relación debiera ser lo esencial en la formación del futuro Contador Público, de tal forma que el perfil del profesional egresado consistiría en estar capacitado para actuar apropiadamente, esto es, éticamente, al atender los requerimientos profesionales de una persona, población, país, además de un cúmulo de conocimientos que lo capacitan técnica e intelectualmente en las Ciencias Contables.&lt;br /&gt;Desde el primer día, desde el primer contacto con la Facultad de  Ciencias Contables  y Financieras  y en cada uno de sus actos hasta egresar de la Facultad, el futuro Contador Público tiene que ubicar sus acciones en el contexto de la ética y los valores morales como un aspecto de la filosofía de su vida, deberá recibir los conocimientos necesarios en una asignatura de Ética Profesional orientada necesariamente a la Profesión e impartida por Docentes Contadores Públicos especializados en Ética.&lt;br /&gt;Finalizada ésta asignatura, la acción educativa tendría que haber logrado en el futuro profesional una actitud responsable frente a la profesión. Tanto al estudiar  como al hablar, o al considerar cada problema observado en un  cliente o en una población, esa actitud no puede ser otra que la de razonar científicamente, basándose en evidencias, y la de proceder de acuerdo con ese conocimiento adquirido y la responsabilidad que debe poner en cada una de las actividades diarias que desarrolle sean profesionales o no.&lt;br /&gt;En la universidad, proceder con responsabilidad sería desarrollar el hábito del autoaprendizaje dirigido por los docentes, hecho oportunamente cada día de acuerdo a la programación, en forma de lectura y razonamiento crítico, y con el hábito de no sólo hacer lo que debemos hacer, en forma mediocre o por la obligación adquirida o elegida, sino de hacerlo bien.&lt;br /&gt;En el caso concreto de los estudiantes de las Facultades de Ciencias Contables y Financieras, la universidad tiene la función de proporcionar  a su egresado una formación integral humanista y técnica que le permita entre muchas de sus funciones como profesional el presentar la información financiera en forma transparente y confiable.&lt;br /&gt;Sin embargo, dentro de la formación del  futuro Contador Público en la universidad referente a la ética se observa una visión limitada y su enseñanza se reduce a una porción escasa de tiempo durante sus estudios.&lt;br /&gt;De acuerdo a los objetivos de la profesión de Contador Público, en ésta carrera se forman profesionales  con la suficiente capacidad para: analizar, registrar y controlar todas las operaciones contables, con el fin de elaborar, verificar e interpretar los estados financieros y a su vez determinar la situación financiera de las mismas. Proporcionar una serie de informaciones  contables, para ser utilizada como una herramienta, en la toma de decisiones administrativas, financieras y planeación de utilidades, y a la vez, hacer cumplir las disposiciones y obligaciones legales y tributarias con conocimiento actualizado y ética profesional.&lt;br /&gt;Al concluir la carrera profesional, el egresado de Ciencias Contables, deberá estar capacitado para desempeñar sus actividades en las áreas de especialización, según sea su elección.&lt;br /&gt;El contenido del currículo moderno que debe implementarse en las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades ha de ser amplio, con profundidad de las materias que abarca. Es lógico que la secuencia de cursos dentro del currículo deberá de ser consistente con las metas y objetivos previamente identificados. Los tópicos y materias a cubrir deben ser agrupados en áreas con propiedades y características comunes.&lt;br /&gt;No podemos dejar de incluir al considerarse la armonización curricular, las siguientes cinco habilidades profesionales las que representan aspectos importantes para todo estudiante:&lt;br /&gt;1.-  Capacidad de poder comunicarse oralmente y por escrito.-  Esto implica la habilidad de articular con confianza ideas orales y de poder escribir clara, concisa y lógicamente comunicaciones profesionales bien estructuradas.&lt;br /&gt;2.-  La capacidad de pensar y de razonar en una forma crítica.-  Es decir, poseer la habilidad de presentar argumentos lógicos y reconocer argumentos falsos. Esto incluye el talento de identificar en una situación de hecho las presunciones inherentes, implicaciones y conclusiones, y distinguir hechos de opiniones.  &lt;br /&gt;3.-  Competencia en las relaciones interpersonales.-  Esto presume la habilidad de trabajar efectivamente con otras personas, empleando aspectos tales como motivación, cooperación y negociación a los efectos de organizar tareas y de delegar responsabilidades cuando  es necesario.&lt;br /&gt;4.-  Aprendizaje durante toda la vida.-  Esto se refiere a la necesidad que tiene el egresado de desarrollar un amplio marco de referencia intelectual para poder interpretar nuevas ideas.  El conocer los procesos necesarios para localizar y obtener información nueva, con una activa participación en el cambio como parte natural del crecimiento tanto personal como profesional. &lt;br /&gt;5.-  Un profundo concepto ético de la vida y de la profesión.-  El currículo deberá de hacer énfasis de la importancia de la conducta ética en la vida, los negocios y la práctica de la profesión. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Contador Público  egresado de la universidad debe de reconocer que tiene una obligación ética tanto con la empresa como con el público en general.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado, se debe integrar dentro de los postulados de la  curricula de estudios de la profesión Contable del país.&lt;br /&gt;En la actualidad la Profesión Contable en el Perú cuenta con un Nuevo Código de Ética Profesional que fue aprobado por unanimidad en la asamblea general extraordinaria de la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, realizado en Arequipa del 2 al 4 de agosto del 2005, habiéndose  emitido la Resolución Nº 013-2005-JDCCPP. del 4 de agosto para su implementación y cumplimiento a nivel nacional.&lt;br /&gt;En Asamblea General de la JDCCPP. Realizada en Ica  del 14 al 16 de junio del 2007, se incorporó al Código de Ética, los Principios Fundamentales de la Ética enunciados por la IFAC, para que sea concordante con el Código de Ética de ésta Entidad Mundial.  &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-3054434310246536158?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/3054434310246536158/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/01/ensenanza-de-la-etica-en-la-facultad-de.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3054434310246536158'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3054434310246536158'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/01/ensenanza-de-la-etica-en-la-facultad-de.html' title='ENSEÑANZA DE LA ÉTICA EN LA FACULTAD DE CONTABILIDAD'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-5556849051925563105</id><published>2011-01-24T07:25:00.000-08:00</published><updated>2011-01-24T07:31:35.462-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Como enseñar la Ética en la Universidad'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Enseñanza de la Ética'/><title type='text'>ENSEÑANZA DE LA ÉTICA EN LA UNIVERSIDAD</title><content type='html'>ENSEÑANZA DE  LA  ÉTICA  EN  LA UNIVERSIDAD.- &lt;br /&gt;La Universidad  es el punto de partida de toda Profesión y por lo tanto la que forma a los futuros Profesionales de las diferentes áreas del conocimiento.  &lt;br /&gt;La Universidad debe ser un lugar de enseñanza del más alto nivel para que sus egresados puedan desempeñar una función profesional en la vida, lo que ocurre después de ella ya no es figurado ya que uno se encuentra realmente  en la vida práctica.&lt;br /&gt;Cuando se  concluye los estudios en la Universidad se ha recibido ya una sólida formación y se ha adquirido una determinada cultura, que puede llevar a sus egresados con algo de sensibilidad a diferenciar lo bueno de lo malo.  Es en ella donde las personas terminan de formarse (entendiendo por formación lo básico para empezar la vida profesional) y empezar a madurar como personas, es por decirlo de alguna manera él ultimo lugar para enseñar o aprender ciertas actitudes, virtudes o valores,  entiéndase  que en la Universidad  es indispensable hablar de ética, pero no solo como apuntes teóricos, sino encauzando dicha teoría hacia las diferentes profesiones que existe en ella.&lt;br /&gt;Por ejemplo para  ejercer  la Profesión de Contador Público, se debe tener presente que en su respectivo  Colegio Profesional existe un Código de Ética al que deben atenerme y respetar en su totalidad, pero  también se debe tener claro desde la Universidad la importancia que supone el respeto al Código de Ética para el   desarrollo correcto de la carrera profesional que se esta siguiendo.&lt;br /&gt;En la Universidad  es donde se debe empezar a entender la valía del término deontología y su aplicación , desarrollándolo después en la vida laboral teniendo siempre presente el Código que tiene la actividad profesional que se va ejercer.&lt;br /&gt;Es esencial entender que respetar determinadas formas de comportamiento no supone ningún obstáculo para el desarrollo de la profesión, muy al contrario es la apertura como profesional que debo tener frente a la sociedad en su conjunto. Esto último  es muy importante que se entienda, ya que los métodos poco ortodoxos de comportamiento profesional, pueden dar a su protagonista un triunfo parcial, pero nunca le garantizarán un triunfo final en la práctica de su profesión.&lt;br /&gt;Cada día que pasa siempre se sigue aprendiendo, nuestro trabajo profesional nos  deparará  situaciones nuevas y si bien es cierto que nos debemos reciclar siempre en nuestros conocimientos, también lo debemos hacer en los principios éticos, ya que las situaciones nuevas que puedan surgir de acuerdo a la sociedad que avanza a un ritmo acelerado, necesitarán un tratamiento deontológico acorde a lo que el aspecto nuevo aprendido requiera.   La Deontología existente desde mucho tiempo atrás, en sus principios teóricos es valida en estos momentos, pero será distinta en cuanto a su aplicación a aspectos posteriores, por lo que es necesario actualizar los principios a los hechos novedosos. Los Códigos de Ética de los Colegios Profesionales deben estar a la altura de los acontecimientos de nuestro tiempo. &lt;br /&gt;Como se puede observar el proceso de formación deontológica es una escalera que lleva la misma dirección que la propia vida. No conviene subir de dos en dos o saltarse algún escalón,  ya que él hacerlo supone salirse del proceso normal, con el riesgo de fatigarnos o tropezar y caernos. Sigamos todos los pasos, todos son esenciales, la cadena es grande como tal, no suelta en eslabones, por lo tanto siempre debemos respetar el Código de Ética existente en el Colegio Profesional. &lt;br /&gt;La historia nos enseña que, desde siempre la ciencia y la ética han caminado juntas. Y nos dice también que la ética específica de la Profesión ha mostrado una tenaz tendencia a cristalizar en ciertas fórmulas, ya sean juramentos, promesas de honor, o códigos, los  principios de la filosofía moral, la que fue acrecentada con  la sabiduría práctica.&lt;br /&gt;Los Códigos éticos  empezaron por ser la esencia, lentamente destilada, de la experiencia práctica de los maestros, éstos iban seleccionando sus consejos, principios y normas según resistieran o no a la prueba decisiva de la práctica constante.&lt;br /&gt;De modo semejante, las primeras formulaciones modernas de la deontología fueron el resultado de probar, en la piedra del trabajo diario, qué normas ayudaban más a resolver las complejas relaciones de   los profesionales  con el público en general, el estado  y sus colegas.&lt;br /&gt;Fueron  los profesionales quienes, fijaron de común acuerdo, tras mucho debate y comprobación, qué requisitos de conocimiento, competencia y rectitud deberían reunir sus colegas antes de admitirles a trabajar en  una entidad determinada o a inscribirles en los registros de  los Colegios Profesionales.&lt;br /&gt;Modernamente, con la  institucionalización de los Colegios  Profesionales, la deontología hecha Código se hace más compleja.   Se puede afirmar que esos cambios la han dotado de, al menos, tres dimensiones: una primera, individual, que compromete la conducta personal de cada  uno de los profesionales, una segunda, corporativa, que afecta a la profesión organizada,   y una tercera,  pública, que incluye el ámbito social en el que es ejercida la profesión.  Esto significa que un código de ética tiene destinatarios múltiples, pues se dirige a cada profesional  individual, a la organización profesional, y a la sociedad.&lt;br /&gt;Existe una gran corriente entre algunas Autoridades y Docentes de las Universidades, que manifiestan que la formación de valores morales no debería ser considerada como parte de la misión específica de la Universidad, puesto que al llegar a este nivel educativo la mayor parte de las actitudes y puntos de vista de los alumnos ya estarían formados. &lt;br /&gt;Las Autoridades y Docentes de gran parte de las Universidades  afirman que, las instituciones educativas de nivel superior deberían limitarse a la instrucción, capacitación y especialización de sus alumnos en disciplinas académicas particulares de acuerdo a la demanda de las profesiones.&lt;br /&gt;Sin embargo, si aceptáramos que los alumnos de educación superior ya hubieran definido un sistema de valores determinado, hecho que por sí solo se desmiente al contemplar las actitudes que toman una gran parte de los estudiantes universitarios en su comportamiento diario con sus compañeros, docentes y administrativos, podemos concluir que todavía los estudiantes universitarios en un gran porcentaje no saben de  modo concreto cuales son los valores que deben mostrar en su accionar diario en la universidad  y fuera de ella, lo cual se refleja posteriormente en la práctica de la disciplina profesional que han escogido.  Así, por ejemplo, la forma más natural de aprender cómo se comporta en la práctica profesional un Contador Público que quiere ser honesto, será a través del contacto con sus Colegas profesionales. En otras palabras, el aprendizaje de los valores se da junto con el aprendizaje del papel profesional, aún cuando ello no se busque expresamente.&lt;br /&gt;Por otro lado, el acelerado avance del conocimiento y de la tecnología hace que lo que se aprende hoy pueda ser obsoleto mañana. Se requiere, por tanto, un permanente estudio y reciclaje para estar al día en un área del saber. Ello plantea la necesidad de que las instituciones de educación superior universitaria, junto con entregar los contenidos fundamentales y primordiales de la profesión, se preocupen de formar personas capaces de adaptarse al cambio y de acceder a las actuales fuentes de información con espíritu crítico y creador. &lt;br /&gt;Esa búsqueda permanente y crítica de la verdad exige autodisciplina y esfuerzo personal, poniendo así en juego virtudes y constituyéndose, por tanto, en un proceso de humanización, de perfeccionamiento y de elevación del hombre.&lt;br /&gt;Vemos, entonces, que las universidades  no pueden eximirse de la formación de virtudes o valores de sus alumnos, si pretenden ser exitosas en la formación de líderes, de personas capaces de comprometerse con el desarrollo del país y de su propia disciplina profesional.&lt;br /&gt;Es así como, tras un período en el que se pretendió excluir activamente la enseñanza de la ética de la educación universitaria, buscando una educación "valóricamente neutra", ha comenzado en muchos países europeos y americanos a surgir, en la segunda mitad del siglo XX, la tendencia a formalizar la enseñanza de la ética profesional al interior de las universidades. &lt;br /&gt;También se han hecho esfuerzos por establecer la metodología y los contenidos que efectivamente logren mejorar las habilidades de razonamiento moral y las destrezas en el análisis de los problemas ético contables en los estudiantes de las Ciencias Contables.&lt;br /&gt;Sin embargo, queda aún por precisar el real impacto que esto pueda tener en el desarrollo de actitudes y comportamientos éticos, puesto que en este campo intervienen no solo las habilidades intelectuales, sino también la voluntad y afectividad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿TIENE  SENTIDO  LA ENSEÑANZA  DE  LA  ÉTICA?- &lt;br /&gt;La idea de la universidad como institución educativa destinada no solo a elaborar y transmitir conocimientos académicos, sino sobre todo a formar personas, estuvo en el origen mismo de las Universidades. Su meta fundamental  era formar personas buenas en el sentido más amplio de la palabra. Sin embargo, la evolución histórica y la diversificación de las Universidades diluyeron este objetivo fundacional.  Se llegó, así, a enfatizar solo algunas de sus tareas específicas, como la producción científica o la formación de profesionales. Ello condujo a un vaciamiento ético de la educación superior universitaria, que obedece tanto a causas externas como internas. &lt;br /&gt;Como factores externos a las universidades, se puede señalar el contexto general de la educación contemporánea, que impregna nuestra cultura y cuestiona todas las metas que no sean medibles, visibles y cuantificables. También el desconocimiento del valor de la voluntad en la vida moral de la persona influye decisivamente en este sentido. &lt;br /&gt;Pero existen, además, algunos motivos internos por los que la institución universitaria se ha alejado de lo que fuera su misión original. Entre ellos está, la falta de unidad de criterios para afirmar que la universidad tenga como meta la formación integral de las personas (esto es, no solo la formación intelectual, sino también la formación afectiva, social y moral). &lt;br /&gt;A ello se suma que, en algunas de las universidades en las que la formación moral aparece como uno de sus objetivos primordiales, puede apreciarse una falta de coherencia entre su declaración de principios y lo que constituyen las políticas de docencia, los currículos y los programas de cursos, en los que estos objetivos de formación no se concretan o explicitan adecuadamente.&lt;br /&gt;Dificultades adicionales vienen dadas por el hecho de que en el éxito de la transmisión de los valores influyen decisivamente los modelos vivos de relaciones interpersonales que se establezcan al interior de una institución educacional universitaria, tanto entre los docentes, como entre los docentes y alumnos y entre los mismos alumnos. Esta enseñanza de la ética que ocurre principalmente a través del modelaje, es lo que se denomina el "currículo oculto" en la estructura de la educación superior universitaria.&lt;br /&gt;La manera de enseñar ética en las universidades es creando o profundizando en el estudiante los hábitos de su actuar con sentido de responsabilidad, y de emplear el método científico para los análisis que debe realizar durante el tiempo que curse la carrera profesional, hasta la conclusión de la misma.  Desde el primer contacto con la universidad, el estudiante tendría que encontrar ejemplos de orden, previsión, afabilidad, actitud seria de servicio, puntualidad, cumplimiento, y de dirigirse y respetar un ideal. &lt;br /&gt;Los Docentes y no docentes tendrían  que estar convencidos de que su  comportamiento y su actuar diario debe ser enseñando  con lo que hacen y dicen, ya que la mejor manera de enseñar Ética es con el ejemplo.&lt;br /&gt;Uno de los mayores retos que enfrentan en la actualidad las universidades en el Perú, es el compromiso de formar profesionales que sean portadores de una verdadera vocación de servicio a los demás con respeto a la dignidad humana. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CPCC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-5556849051925563105?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/5556849051925563105/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/01/ensenanza-de-la-etica-en-la-universidad.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5556849051925563105'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5556849051925563105'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2011/01/ensenanza-de-la-etica-en-la-universidad.html' title='ENSEÑANZA DE LA ÉTICA EN LA UNIVERSIDAD'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8752376139942515837</id><published>2010-04-20T10:25:00.000-07:00</published><updated>2010-04-23T08:37:09.805-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Educación Continua.'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Actualización Profesional'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='certificación del CPC'/><title type='text'>CERTIFICACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO.</title><content type='html'>Es necesario recordar,  que en  cumplimiento a lo normado en la Ley General de Educación del Perú  N° 28044, con fecha 19 de mayo del 2006 se promulgó la Ley N° 28740 llamada Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), que norma los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa.&lt;br /&gt;Esta Ley indica que,  El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación N° 28044, y promover su desarrollo cualitativo.&lt;br /&gt;Debemos tener presente que la Certificación,  Es el reconocimiento público y temporal de las competencias adquiridas y demostradas por las personas naturales, dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales, este  proceso se realiza mediante las normas dictadas por el Sineace como órgano operador, y luego de haber pasado satisfactoriamente la evaluación del desempeño profesional realizada y de acuerdo al correspondiente Reglamento, acción que está a cargo de  la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú como entidad certificadora y tal como indica el Decreto Ley N° 25892 que le reconoce la  calidad de máximo organismo representativo de la profesión Contable dentro del País y en el Exterior. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Debemos tener presente que a medida que transcurre el tiempo en el  ejercicio profesional se produce una brecha entre el conocimiento adquirido en la formación de pre-grado y los conocimientos vigentes  actuales, ello debido a que tanto el conocimiento como las técnicas evolucionan, cambian, modifican sus paradigmas y aumentan en complejidad. &lt;br /&gt;En éste sentido se hace indispensable que el profesional se actualice, perfeccione e implemente los avances científicos y tecnológicos mundiales que permitan la constante mejora de su desempeño profesional y por consiguiente la calidad de sus servicios.&lt;br /&gt;No sólo es necesario el conocimiento para un desempeño profesional eficiente, se requiere desarrollar además valores y habilidades que permitan hacer eficaz el conocimiento. &lt;br /&gt;Estos tres elementos (conocimiento, valores, habilidades) en su conjunto conforman las competencias profesionales que deben ser validadas tanto a nivel Nacional como Internacional por la profesión Contable a través de sus organismos representativos y  directrices de la Profesión, para lo cual fue necesario implementar el proceso de certificación y recertificación profesional.&lt;br /&gt;Es deber del Contador Público Colegiado asegurar su capacidad individual y ello dependerá de su habilidad y de la voluntad que tenga. Sin embargo, nuestras organizaciones profesionales encabezadas por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, tienen la responsabilidad de establecer las condiciones que les permita alcanzar estos niveles.&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación de la Competencia Profesional es una de las responsabilidades centrales que la sociedad asigna en nuestros días a los gremios nacionales o regionales  representativos de las profesiones, con especial énfasis en el caso de los Contadores Públicos, aunque no les es exclusivo.&lt;br /&gt;Se considera a una persona competente cuando su desempeño satisface a su entorno y deja conforme a los usuarios de su trabajo, además de  sus superiores, es el comportamiento explícito y abierto, observable por todos, que va más allá de la gran importancia que se da actualmente a  los  títulos y diplomas, ya que debemos tener siempre presente que él título no hace a un profesional sino el profesional hace mérito al título que tiene.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La crisis moral y de confianza en que vivimos en la actualidad en casi todo el mundo,  ha originado que se cuestionen cada día más las normas de contabilidad,  la efectividad de las auditorias,  el desempeño del contador,  auditor y perito, y los currículos de estudios de la profesión.  El efecto de estas preocupaciones en la mente del público en general ha perjudicado seriamente la credibilidad del reporte de los estados financieros y a la profesión contable en su integridad.&lt;br /&gt;Internacionalmente, los escándalos corporativos por fraudes financieros de empresas de notable importancia económica como Enron  de EE.UU., que costó la desaparición de la prestigiosa firma auditora Arthur Anderesen, y los recientes casos de Parlamat en Italia, entre otros, también han generado desconfianza en la información financiera que fluye a los mercados internacionales y ha dañado la imagen de los profesionales Contables en el ámbito Internacional, lo que obliga a una mayor rigurosidad y transparencia en el ejercicio profesional previa a una certificación y recertificación consciente y veraz a través de los Colegios Departamentales de Contadores Públicos del país, bajo la supervisión de la Junta de Decanos&lt;br /&gt;Debemos ser consientes que la formación universitaria aún presenta muchas limitaciones, lo que hace necesario un nuevo modelo de enseñanza superior, centrado en las relaciones del estudiante con su entorno y su rol frente a las instituciones y la sociedad, y para lo cual definitivamente es necesario implementar reformas con profundidad que conlleven a la ampliación del acceso, así como la renovación de los contenidos, métodos, practicas y medios de transmisión del saber, de tal forma que se articule el perfil educativo con el perfil profesional basándonos en la enseñanza de la Ética como norma que regule y oriente la actuación del nuevo profesional Contable.&lt;br /&gt;De esta forma y en tanto se produzca la creación de currículos educativos de contaduría propios, acorde con las demandas y las ofertas existentes en el medio y los estándares internacionales de educación para Contadores Públicos que velen por el interés de su sociedad, es necesario reforzar y complementar esta limitación actual de la formación universitaria, con procesos de actualización, capacitación y perfeccionamiento continuo lo que viene a ser  parte importante del Sistema de Certificación y Recertificación Profesional vigente en el Perú. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Debemos insistir que la Certificación, debe ser entendida como una herramienta que es administrada para contribuir a la obtención de niveles mínimos de competencia profesional, que se constituyan en garantías para los intereses de los usuarios de los servicios profesionales del Contador  Público y de la sociedad en su conjunto.&lt;br /&gt;Son muchas las ventajas  que ofrece la  certificación Profesional, sin embargo podemos anotar las siguientes:&lt;br /&gt;1.-El profesional acredita su experiencia y pericia, Es decir puede demostrar que posee los conocimientos suficientes, debidamente actualizados y la experiencia necesaria para desarrollar con alta calidad profesional las actividades propias de su profesión.&lt;br /&gt;2.-El usuario tiene la certeza de los servicios que  recibe, dado que se le garantiza la eficiencia de los  servicios contratados y la tranquilidad de trabajar con personal actualizado en los avances de la ciencia contable lo que le otorga una  reconocida calidad profesional.&lt;br /&gt;3.-Los Contadores Públicos pueden efectuar su  desempeño profesional en el mercado global, dado que facilita el acceso del profesional contable al mercado externo de servicios  profesionales, de tal forma que presta sus servicios más allá de las fronteras y actúa en una economía mundial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Sistema de Certificación de la Profesión Contable en el Perú se propone  alcanzar los objetivos siguientes:&lt;br /&gt;a.-  Elevar la calidad profesional de los Contadores Públicos en un entorno competitivo&lt;br /&gt;b.-   Establecer las bases de reciprocidad con otros  países, en materia de servicios profesionales relativos a la Contaduría Pública.&lt;br /&gt;c.-   Proteger el interés público o de la comunidad,  basándose en la prestación de servicios de excelencia&lt;br /&gt;e.-   Perfeccionar la conducta Ética del Contador Público en el ejercicio de las actividades profesionales  que realiza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación del Contador Público, son de suma importancia, ya que:&lt;br /&gt;1.- Avala la actualización Profesional continua.&lt;br /&gt;2.- Motiva a capacitarse.&lt;br /&gt;3.- Otorga prestigio Profesional y Personal.&lt;br /&gt;4.- Fortalece la credibilidad de su trabajo.&lt;br /&gt;5.- Amplia la visión Profesional.&lt;br /&gt;6.- Permite trabajar en mercados laborales restringidos a Contadores   Certificados. &lt;br /&gt;7.- Da seguridad a sus clientes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, como máximo órgano representativo de la Profesión, se convierte en la Entidad Certificadora, que tiene como función la evaluación de los Contadores Públicos con fines de Certificación de las competencias profesionales, que es el proceso mediante el cual reconoce formalmente las competencias profesionales demostradas por los Contadores en la evaluación de desempeño, Para lo cual publicó los estándares requeridos para la Certificación, incluyendo los objetivos, criterios e indicadores de evaluación que se tendrá en cuenta con fines de certificación, así como los requerimientos de evidencia documentaria o de otra índole y la descripción del proceso de evaluación que deberá seguir el interesado, estos parámetros se encuentran en el Reglamento de Certificación y Recertificación del 30 de abril del 2009 publicado en el diario El Peruano el 25 de mayo del 2009.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Certificación se traduce en la constancia que avala a los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridos para el ejercicio de la profesión, de tal forma que el Contador Público Colegiado  Certificado pueda cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según estándares definidos o requerimientos de calidad esperados por el mercado laboral, la cual es renovada cada cuatro años.&lt;br /&gt;En la evaluación no solamente se deben tener en cuenta los conocimientos teóricos sino también que tan capaces son los Contadores de aplicar estos conocimientos de manera analítica, practica contribuyendo al desarrollo y solución de problemas cotidianos que se puedan presentar. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;                                                        &lt;br /&gt;                                              MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;                                               CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;                                                CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PD.- Discurso pronunciado el 26 de marzo del 2010 en el Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios, con motivo de la  incorporación de los Contadores Públicos Colegiados Certificados.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8752376139942515837?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8752376139942515837/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/04/certificacion-del-contador-publico.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8752376139942515837'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8752376139942515837'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/04/certificacion-del-contador-publico.html' title='CERTIFICACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-4590034875612162489</id><published>2010-01-27T09:35:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:17:51.940-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Codigo de Etica'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Codigo Peruano.'/><title type='text'>CÓDIGO DE ÉTICA.</title><content type='html'>Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad.&lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales  fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce,   la defensa de los destinatarios de los servicios de nuestros profesionales y la función social que cumplen los Colegios profesionales así lo demanda.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público, está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, como profesión de formación científica y humanista, debe orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;Los órganos de dirección y representación de los Colegios Profesionales deben velar por el cumplimiento y aplicación del Código Deontológico, y para ello se hace muy necesario la mayor difusión del mismo entre sus agremiados.&lt;br /&gt;En conclusión, los códigos de Ética, son  las normas en que se expresan las ideas centrales de la conducta corporativa, de este modo los códigos ejercen una función regulativa y directiva al indicar los valores colectivos, los gestos diferenciadores, los compromisos colectivamente contraídos, los códigos desempeñan una función identificadora de la profesión ante la profesión misma.&lt;br /&gt;El código no sólo sirve para justificar y dar el debido tono a las censuras contra los Colegas que se desvían de la ética común.  El Código planea siempre sobre las relaciones interprofesionales, sobre las negociaciones de constitución de grupos, sobre los contratos de empleo, o sobre los pactos de arrendamiento de servicios, para garantizar que las relaciones profesionales así creadas se atengan, en su calidad técnica y moral, a las tradiciones del grupo, cumplen así una función defensiva y protectora.&lt;br /&gt;No se limitan los códigos éticos a ser algo interno a la profesión, puesto que son, a la vez e inseparablemente, una respuesta que la profesión da a la sociedad, actúan hacia fuera. La sociedad confiere a la corporación profesional  mucho poder y autoridad, cuando le adjudica, por ejemplo, el monopolio del ejercicio de la profesión.  &lt;br /&gt;El código, en cuanto a respuesta institucional, no trata sólo de los deberes del profesional hacia los particulares, sino también de las obligaciones que la profesión y cada uno de sus miembros tienen contraídas con la comunidad social.&lt;br /&gt;Si los códigos de conducta ética están vigentes, es también porque así lo reclama y exige la sociedad, pues las nuevas circunstancias crean y amplifican conflictos de mucho alcance y consecuencias, sobre los que la sociedad necesita que se fijen criterios éticos. De hecho, en toda sociedad moderna, existe un código de ética, y la razón es la misma, aunque más profunda, porque responde a una necesidad honda e inaplazable de los ciudadanos, por lo que los códigos de ética tienen una función social.&lt;br /&gt;La conexión de la profesión con la sociedad se realiza también gracias a la función disciplinaria de la deontología codificada. Para mantener el vigor de la normativa ética del código existe un sistema disciplinario que actúa dentro de la corporación profesional, pero que puede recurrir en su instancia última a los tribunales ordinarios de justicia &lt;br /&gt;En el contexto público, los códigos cumplen igualmente una importante función informativa, en razón de esta dimensión, el código debería estar al alcance de todos. En este sentido, se puede hablar de una función reveladora del código, en cuanto proclama ante todos, especialmente ante los clientes, los deberes que voluntariamente asumen los  profesionales. El código es un documento de gran valor social. &lt;br /&gt;Existen una serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño del profesional en su permanente relación con sus Colegas, Clientes y Público en general, las cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética, las que están elaboradas y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional, cuyo acatamiento y cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los Miembros de una Orden Profesional determinada.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional contiene la normatividad para nuestra actuación en todas las labores  que realizamos, y se ocupa de nuestra responsabilidad hacia la sociedad en general, el contratante de nuestros servicios, así como nuestro personal.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO EN EL PERÚ.- &lt;br /&gt;El 11 de setiembre de 1959 se promulgó la Ley N° 13253 llamada Ley de Profesionalización de Contadores.&lt;br /&gt;Esta Ley también da origen a la creación oficial de los Colegios de Contadores Públicos, disponiendo la Colegiación obligatoria para poder ejercer la Profesión, indica además que los Colegios de Contadores Públicos tienen la obligación de vigilar la observancia de las normas de Ética Profesional por parte de sus agremiados, para lo cual formularán y aprobarán su Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;El día 15 de enero del 2007  se promulga la Ley N° 28951 llamada  Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización del Contador Público y de Creación de los Colegios de Contadores Públicos. &lt;br /&gt;La Ley N° 28951, establece  como competencias del Contador Público: Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de las personas naturales y/o jurídicas del ámbito privado, público o mixto, formulando, autorizando y/o certificando los estados financieros.    Evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control.   Realizar auditoria financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a la profesión.  Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales.  Certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos contables de los libros o registros contables de las personas naturales y jurídicas.  Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable.  Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles educativos.  Ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio profesional.  Y Otras relacionadas con la profesión contable y sus especializaciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado, vigente a partir del 4de agosto del 2005,al que se agregó en junio del 2007 los cinco principios fundamentales del Código de Ética dispuesto por la IFAC.,  considera el análisis de aspectos generales donde se indica que:&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público debe ser observado por todos los Contadores Públicos Colegiados que ejerzan la profesión  a lo largo y ancho del territorio Peruano. &lt;br /&gt;La responsabilidad del Contador Público, no es exclusivamente satisfacer las necesidades de un cliente o empleador en particular, sino que es una responsabilidad de interés público, entendiendo por tal, el bien común de la comunidad de personas e instituciones a las cuales sirve el profesional.&lt;br /&gt;El ejercicio de la  Ciencia Contable constituye una profesión que tiene como objetivo satisfacer las necesidades de información sobre las organizaciones sociales de los distintos agentes de la sociedad, lo cual se logra mediante la cuantificación de hechos socio- económicos, a fin de producir información para controlar, planificar, medir y optimizar la gestión, para una efectiva y oportuna toma de decisiones. &lt;br /&gt;El Contador Público, como depositario de la confianza pública, "da fe" cuando suscribe un documento que expresa opinión sobre determinados hechos económicos pasados, presentes o futuros.&lt;br /&gt;El Contador Público tiene un papel importante en la sociedad. Los inversionistas, acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, además, del gobierno y público en general, confían en los Contadores  Públicos para tener una sólida información financiera y el consejo competente acerca de una variedad de materias en negocios e impuestos. La actitud y comportamiento de los Contadores Públicos al proporcionar tales servicios, tiene un impacto en el bienestar económico del país.&lt;br /&gt;El ejercicio de la profesión contable implica una función social especialmente a través de la fe pública que se otorga en beneficio de la confianza en las relaciones económicas entre el Estado y los particulares, o de éstos entre sí.&lt;br /&gt;La sociedad, en general, y las empresas, en particular, son unidades económicas sometidas a variadas influencias externas. El Contador Público, en el desarrollo de su actividad profesional, deberá utilizar en cada caso los métodos de análisis y evaluación más apropiados para la situación que se presenta, dentro de los lineamientos dados por la profesión y podrá, además, recurrir a especialistas diferentes a la Contaduría Pública y a la utilización de todos los elementos que la ciencia y la tecnología ponen a su disposición.&lt;br /&gt;En sus actuaciones el Contador Público debe considerar y analizar al usuario de sus servicios como ente económico independiente, observando en todos los      casos los Principios de: Integridad, Objetividad, Independencia, Responsabilidad, Confidencialidad, Respeto y Observancia de las disposiciones normativas y reglamentarias, Competencia y actualización profesional, Difusión y colaboración, Respeto entre Colegas, y Conducta Ética intachable.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los Principios Fundamentales de la Ética Profesional del Contador Público, los cuales deben cumplir en forma obligatoria todos los Contadores Públicos Colegiados del País,  son:&lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- El principio de Integridad impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales.  La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar  y  sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.&lt;br /&gt;El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.&lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad. &lt;br /&gt;5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones y  meritos que posee, o la experiencia obtenida.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.&lt;br /&gt;El Contador Público, debe  colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional, regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia.&lt;br /&gt;Manifiesta que  en el ejercicio profesional, el Contador Público Colegiado actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional. Y que  tiene la obligación de guardar el secreto profesional.&lt;br /&gt;Determina que el  Contador Público Colegiado en su condición de hábil, puede ejercer sus actividades profesionales  en forma independiente o dependiente, y de manera individual o asociada.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado no podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoria o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de dos años. Mientras dure su actuación como Contador no podrá actuar como auditor. &lt;br /&gt;Indica que el Contador Público Colegiado deberá determinar con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios antes de iniciar el trabajo, para lo cual deberá suscribir un Contrato de Locación de Servicios Profesionales.&lt;br /&gt;Puntualiza que la inobservancia de lo normado en el Código de Ética Profesional   constituye infracción, la cual será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma.  El Contador Público Colegiado, cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de una acción de descrédito para la profesión.&lt;br /&gt;Determina que los Órganos Institucionales encargados de velar por el cumplimiento de las Normas del  Código de Ética profesional del Contador Público Colegiado son  El Comité de Ética Profesional,  El Tribunal de Honor, y  El Consejo Directivo. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-4590034875612162489?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/4590034875612162489/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/codigo-de-etica.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/4590034875612162489'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/4590034875612162489'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/codigo-de-etica.html' title='CÓDIGO DE ÉTICA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-635636274498974828</id><published>2010-01-27T09:30:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:18:22.846-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ética Profesional'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ética.'/><title type='text'>ÉTICA PROFESIONAL.</title><content type='html'>La ética profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en  el cumplimiento de sus actividades Profesionales. &lt;br /&gt;A la Ética Profesional también se le conoce como  Deontología Profesional ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales y personales.&lt;br /&gt;El término Deontología proviene de la voz Deon, de donde  deonto significa obligación, deber;  y  logia expresa conocimiento, estudio.  Este término fue introducido por Bentham que lo utilizó para designar la doctrina de la moral en su conjunto. &lt;br /&gt;La deontología es la teoría de los deberes particulares propios de una profesión. &lt;br /&gt;Por tanto Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar. En un sentido etimológico, Deontología  hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes.&lt;br /&gt;La Deontología es  el conjunto sistemático de normas mínimas que un grupo de profesionales determinados establece y que refleja una concepción ética común o mayoritaria de sus miembros.  &lt;br /&gt;El concepto Deontología puede definirse como el conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social.  La deontología  implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;La deontología es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los Profesionales en sus relaciones con sus clientes, el estado y sus Colegas.  &lt;br /&gt;La deontología es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales, aún cuando muchas veces no estén codificados en una reglamentación jurídica.&lt;br /&gt;En este sentido, la deontología es la ética Profesional de las obligaciones prácticas, basadas en la acción libre de la persona, en su carácter moral, carentes de un control por parte de la legislación pública. La deontología es el cumplimiento de los deberes que a cada cual se le presentan según la posición que ocupe en la vida, y que están dados por el grado de compromiso y conciencia  moral que se tenga con respecto a la Profesión. &lt;br /&gt;Todo profesional tiende a pensar que su tarea es la más importante del mundo y que su servicio a la humanidad es irrenunciable. Pero en esto como en  todo, no es solo importante lo que pensemos nosotros sino también lo que piensan los demás. Dentro de las diferentes profesiones existen algunas que tienen mas claro su autentico papel de servicio a los seres humanos. &lt;br /&gt;El cliente al que se presta un servicio no es un objeto, sino alguien que tiene la última palabra de algo que le afecta. El profesional y su profesión tienen que aportar su conocimiento a la sociedad. La profesión se puede ver como trabajo, como carrera o como vocación o las tres cosas al tiempo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Existen cuatro principios fundamentales que vienen  a ser las normas esenciales  que todo Profesional debe tener siempre presente para ejercer con criterio técnico y ético  las actividades propias de su profesión, y estos son: &lt;br /&gt;1.- Independencia.-   La multiplicidad de deberes del  Profesional le impone una independencia  absoluta de criterio que está exenta de cualquier presión, principalmente de aquella que resulte de sus propios intereses o influencias exteriores. &lt;br /&gt;2•- Confianza.-  Las relaciones de confianza no pueden existir si hay alguna duda sobre la honestidad, la probidad, la rectitud y la sinceridad del  Profesional.&lt;br /&gt;3•- Secreto Profesional.-   Se debe respetar el secreto de cualquier información confidencial  trasmitida a él por su cliente que se refiera al propio cliente o a terceros en el marco de los asuntos de su  actividad profesional.&lt;br /&gt;4.- Incompatibilidades.-   El Código Profesional debe conciliar las posturas que puedan presentarse en el desarrollo de una actividad Profesional, señalando que la incompatibilidad debe ser solucionada respetando las normas que rigen en la jurisdicción donde ejerza.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Ética Profesional es la ética en sí aplicada al ejercicio de una Profesión y comprende los principios de la actuación moral de todos sus miembros, en las circunstancias peculiares en que sus deberes profesionales los colocan. Las personas que ejercen una Profesión en las que ofrecen sus conocimientos y habilidades al servicio de otros, tienen responsabilidades y obligaciones con todos los sectores y personas que confían en su trabajo, por lo que es imprescindible para estos Profesionales la aceptación y el cumplimiento de las Normas de Ética que regulan su relación con sus Clientes, Empleadores, Empleados, Estado y Público en general,  por lo que se hace necesario que exista un Código que contenga las normas generales de conducta aplicables a la práctica diaria de la Profesión.&lt;br /&gt;La Ética Profesional en conclusión, puede definirse como el conjunto de normas y principios asumidos voluntariamente por quienes ejercen una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social. La  Ética implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;La ética en líneas generales es la forma de lograr nuestros objetivos en la vida por el camino más correcto, respetando siempre los derechos de las demás, esas personas con las que nos toca convivir y con las que en su relación con nosotros, no solo importa el cuanto sino el cómo.&lt;br /&gt;La profesión tiene como finalidad el bien común o el interés público, nadie es profesional, para sí mismo, pues toda profesión tiene una dimensión social, de servicio a la comunidad, que se anticipa a la dimensión individual de la profesión, la cual es el beneficio particular que se obtiene de ella.  Resulta absurdo buscar el propio beneficio, sin importar el beneficio comunitario, porque lo que pase en cualquier colectividad siempre afectará para bien o para mal a todos sus integrantes.&lt;br /&gt;Al término profesión debe asociársele la idea de servicio, pues, al hablar de las profesiones, existe una conexión entre la práctica profesional y la vocación que se tenga hacia ella. &lt;br /&gt;Por eso en toda profesión existe un cumplimiento de deberes, dados  como manifestación del amor al prójimo y servicio a los demás (sentido ético). El predominio de los intereses egoístas y el afán de lucro, significan la manera de desvirtuar la profesión, y negarle el sentido ético de servicio.&lt;br /&gt;Todas las profesiones implican una ética, puesto que siempre se relacionan de una forma u otra con los seres humanos, unas de manera indirecta, que son las actividades que tienen que ver con objetos. Otras se relacionan de manera directa con los seres humanos, como son los casos de educadores, periodistas, psicólogos, médicos, abogados, Contadores, Economistas, etc. &lt;br /&gt;La ética de cada profesión depende del trato y la relación que cada profesional aplique a los casos concretos que se le puedan presentar en el ámbito personal o social. &lt;br /&gt;La profesión es aquella actividad del hombre con un fin y una función social específica. Es una capacidad cualificada con la que la persona, por medio de su actividad realiza su propia vocación dentro de un trabajo libremente elegido. Trabajo que determina su participación en  la vida social, que le sirve de medio de subsistencia y que lo valora positivamente en la vida económica del país. En virtud de su profesión, la persona ocupa una posición que le confiere deberes y derechos especiales.&lt;br /&gt;La responsabilidad se adquiere cuando el Profesional realiza una actividad, la responsabilidad profesional cae bajo la responsabilidad moral, sin excluir la posibilidad de una responsabilidad penal.&lt;br /&gt;El profesional  enfrenta dos formas de responsabilidad: La personal y la social.  &lt;br /&gt;La responsabilidad personal obliga al profesional a adoptar una actitud decidida hacia él  mediante el estudio y la investigación, debe ser cuidadoso de su formación técnica y humanística deberá  poseer un perfil moral definido para poder interpretar correctamente las diversas situaciones que se le presentan en el trabajo profesional. Su nivel de responsabilidad profesional vendrá determinado por el aprovechamiento y constancia en el estudio y la lucha contra la rutina diaria, para que no se desvanezca su papel de servidor de la comunidad y evitar así en caer en claudicaciones científicas o éticas.&lt;br /&gt;La responsabilidad social es una lógica consecuencia de la responsabilidad personal.  Lo fundamental de la responsabilidad social se encuentra en el respeto a las personas con las que trata, cuya dignidad no puede nunca supeditarse a ninguna autoridad o legislación atentatoria contra la misma, dignidad que es forzoso respetar por encima de todo.&lt;br /&gt;La ética profesional puede considerarse desde dos puntos de vista: el especulativo y el práctico.&lt;br /&gt;Desde el punto de vista especulativo,  analiza los principios fundamentales de la moral individual y social y los pone de relieve en el estudio de los deberes profesionales.&lt;br /&gt;Desde el punto de vista práctico,  establece a través de normas o reglas de conducta el orden necesario para establecer el bien común. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-635636274498974828?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/635636274498974828/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/etica-profesional.html#comment-form' title='1 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/635636274498974828'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/635636274498974828'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/etica-profesional.html' title='ÉTICA PROFESIONAL.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>1</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8421394539846157195</id><published>2010-01-27T09:24:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:18:55.305-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='ética'/><title type='text'>ÉTICA.</title><content type='html'>Según Aristóteles cada investigación, así como cada acción y cada elección, están hechas con un fin  que nos parece bueno y deseable.&lt;br /&gt;Los fines de las actividades humanas son múltiples y algunos de ellos son deseados solamente  en vista de fines superiores como por ejemplo deseamos la buena salud.&lt;br /&gt;Pero debe existir un fin supremo que es deseado por sí mismo. Si los otros fines son bienes, este es el bien supremo del cual dependen los otros, y Aristóteles no duda que este fin sea la felicidad.&lt;br /&gt;¿Pero en que consiste la felicidad para el hombre? &lt;br /&gt;Para responder esta pregunta se debe determinar la misión propia del hombre. Cada  hombre es feliz cumpliendo bien su misión, más la misión propia del hombre es la vida de la razón. Así el hombre será solo feliz si vive según la razón, y esta vida es la virtud.&lt;br /&gt;Los bienes exteriores, como la riqueza el poder o la belleza, pueden, con su presencia, facilitar la vida o volverla más difícil con su ausencia, más no pueden determinarla. &lt;br /&gt;La virtud y la maldad dependen solamente de los hombres. El hombre, desde luego, no escoge el fin que está en él por naturaleza como la luz que lo lleva a juzgar correctamente y escoger el bien verdadero. Más la virtud depende precisamente de la elección de los medios que se hace en vista del bien supremo. Es, pues, libre para el hombre, puesto que en el hombre, además de la parte racional existe la parte apetitiva, que aún careciendo de razón puede ser dominada y dirigida por ella, así hay dos virtudes fundamentales: la primera consiste en el mismo ejercicio de la razón, por lo cual es llamada intelectiva o racional, la otra consiste en el dominio de la razón sobre los impulsos sensibles que determina las buenas costumbres y por eso se llama virtud moral.&lt;br /&gt;La virtud moral consiste en la capacidad de escoger el justo medio, adecuado a nuestra naturaleza, tal como es determinado por la razón. El justo medio excluye los dos extremos viciosos, que pecan uno por exceso y otro por defecto. Esta capacidad de elección es un poder que se perfecciona y refuerza con el ejercicio. Sus diferentes aspectos constituyen las varias virtudes éticas.&lt;br /&gt;El valor, que es el justo medio entre la cobardía y la temeridad, determina lo que debemos o no debemos temer. &lt;br /&gt;La templanza, que es el justo medio entre la intemperancia y la insensibilidad, se refiere al uso moderado de los placeres.&lt;br /&gt;La liberalidad, que es el  justo medio entre la avaricia y la prodigalidad, concierne al uso prudente de las riquezas. &lt;br /&gt;La magnanimidad, que es el justo medio entre la vanidad y la humildad, concierne a la correcta opinión de sí mismo.&lt;br /&gt;La mansedumbre, que es el justo medio entre la irascibilidad y la indolencia, concierne a la ira.&lt;br /&gt;La virtud ética principal es la justicia, en un sentido más general, es decir, como conformidad a las leyes, la justicia no es una virtud particular, más bien la virtud íntegra y perfecta. En efecto el hombre que respeta todas las leyes es el hombre completamente virtuoso. &lt;br /&gt;La virtud intelectiva o dianoética, es propicia del ser racional, comprende la ciencia, el arte, la prudencia, la inteligencia, la sabiduría.&lt;br /&gt;La ciencia, es la capacidad demostrativa que tiene por objeto lo que no puede suceder diferentemente de como sucede, es decir, lo necesario y lo eterno. &lt;br /&gt;El arte,  es la capacidad acompañada de razón de producir algún objeto.&lt;br /&gt;La prudencia, es la capacidad unida a la razón de obrar en forma conveniente frente a los bienes humanos.&lt;br /&gt;La inteligencia,  es la capacidad de comprender los primeros principios de todas las ciencias que precisamente por ser principios no forman parte de la misma ciencia. &lt;br /&gt;La sabiduría,  es el grado más alto de la ciencia y sirve no solo para deducir los principios, sino juzgar su misma verdad.  &lt;br /&gt;Mientras la prudencia se refiere a las cosas humanas y consiste en el juicio sobre la conveniencia, oportunidad y utilidad. La sabiduría se refiere a las cosas más altas y universales.&lt;br /&gt;Este contraste de sabiduría y prudencia, es el reflejo en el campo de la ética  de la actitud filosófica fundamental de Aristóteles, este contraste no existía para Platón para quien la sola prudencia humana es la ciencia suprema que tiene por objeto el bien como principio del ser. &lt;br /&gt;Pero para Aristóteles el ser ha alcanzado su autonomía frente al bien, por eso indica que la sabiduría  consiste en la plena posesión de la ciencia en sus principios y conclusiones, no tiene nada que ver con la prudencia que es el conocimiento de los valores humanos.   El contraste entre la prudencia y la sabiduría, es el contraste entre el filosofar humano que es la meta de Platón, y la filosofía como ciencia que es la meta de Aristóteles.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La palabra ética proviene del griego éthikós que a su vez proviene del vocablo ethos que significa  costumbre,  modo de ser,  o  carácter, en cuanto a la forma de vida adquirida por el hombre. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los profesionales en sus relaciones con sus clientes y sus Colegas, es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales.&lt;br /&gt;Se dice que la Ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios.&lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.&lt;br /&gt;A menudo confundimos la moral con la Ética, pero debemos recordar que moral es el conjunto de reglas, valores, prohibiciones y tabúes procedentes desde fuera del hombre, es decir que le son inculcados o impuestos por la política, las costumbres sociales, la religión  o las ideologías. En cambio la ética siempre implica una reflexión teórica sobre cualquier moral, una revisión racional y crítica sobre la validez de la conducta humana. La Ética es parte de la filosofía que trata de la moral y las obligaciones del hombre.&lt;br /&gt;Por lo tanto, la ética al ser la justificación racional de la moral, determina que los ideales o valores proceden a partir de la propia deliberación del hombre. Mientras que la moral es un asentimiento de las reglas dadas, la ética es un análisis crítico de esas reglas. Por eso se dice que la Ética es la filosofía de la moral, si se entiende a la filosofía como un conjunto de conocimientos racionales establecidos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La ética puede definirse como la ciencia  normativa de la rectitud de los actos humanos  según principios racionales. Esta definición se explica racionalmente de la siguiente manera:&lt;br /&gt;1. - La Ética como Ciencia.- &lt;br /&gt;La ética es el conocimiento que se preocupa por el fin al que debe dirigirse la conducta humana y de los medios que sirvan para alcanzar ese fin. &lt;br /&gt;2. -El Carácter Normativo de la Ética.- &lt;br /&gt; La ética es una racionalización del comportamiento humano, es decir, un conjunto de principios o enunciados dados por la luz de la razón y que iluminan el camino acertado de la conducta. Por eso los principios éticos tienen una dimensión imperativa, pues son mandatos u órdenes que nos damos para movernos en la realización de actos que mejoren nuestra condición humana. &lt;br /&gt;3. - La Rectitud de la Ética.- &lt;br /&gt;La ética busca que los actos humanos se orienten hacia la rectitud. Con esto se indica el estudio de aquellos actos que contribuyen al perfeccionamiento humano. La rectitud puede entenderse como la concordancia entre nuestras acciones con la verdad o el bien, y significa la pauta apropiada para el desarrollo de nuestra naturaleza. &lt;br /&gt;4. - Los Actos Humanos como Objeto de Estudio de la Ética.-  &lt;br /&gt;Los actos humanos son una ordenación hacia las virtudes y los valores. Por consiguiente, consideramos que no sólo la razón y la voluntad  son los dos aspectos que caracterizan el acto específicamente humano, existen otras dimensiones del ser humano que, con la práctica de determinadas virtudes y valores, lo perfeccionan de manera integral.&lt;br /&gt;5. - La Ética como Indagación de los Principios Racionales.-  &lt;br /&gt;Cuando se habla de que la ética busca la rectitud de los actos humanos, es decir, que éstos sean conformes con lo bueno, lo verdadero,  etc., es porque la ética especula sobre todo aquello que se oculta detrás de los hechos o las apariencias. Por eso la ética intenta adherirse a principios que expliquen los actos humanos según un punto de partida, un fundamento o una causa. &lt;br /&gt;                  &lt;br /&gt;El objeto de estudio de la Ética está constituido por los  actos humanos, los que se clasifican en  actos conscientes y voluntarios, los mismos que afectan a otros seres humanos, a determinados grupos sociales, o a la sociedad en su conjunto. &lt;br /&gt;La Ética trata de descubrir sus principios generales, que aunque parte de datos empíricos, o sea de la existencia de un comportamiento moral efectivo, no debe mantenerse al nivel de una simple descripción o registro, sino que deberá trascender con sus conceptos, hipótesis y teorías.  Es por ello que en cuanto al conocimiento científico, la ética  ha de aspirar a la racionalidad y objetividad más plena y a la vez debe de proporcionar conocimientos sistemáticos  y metódicos hasta donde sea posible su verificación.&lt;br /&gt;Una de las características importantes  de los problemas éticos es, su generalidad; y esto los distingue de los problemas morales de la vida cotidiana, que son los que se plantean en  las situaciones concretas. Al respecto, la ética puede contribuir a fundamentar o justificar cierta forma de comportamiento moral.&lt;br /&gt;La tarea fundamental de la ética es la de explicar, esclarecer o investigar una realidad dada produciendo los conceptos fundamentales.&lt;br /&gt;La ética es teoría, investigación o explicación de un tipo de experiencia humana, o forma de comportamiento de los hombres, el de la moral, pero considerado en su totalidad, diversidad y variedad.&lt;br /&gt;La ética consiste en  explicar  lo que ha sido o es, y no  en simplemente  describir. No le corresponde emitir juicios de valor acerca de la práctica moral de otras sociedades, o de otras épocas, en nombre de una moral absoluta y universal, pero sí tiene que explicar la razón de ser de esa diversidad  y de los  cambios de moral,  es decir  ha de esclarecer el hecho de que los hombres hayan recurrido a comportamientos  diferentes e incluso opuestos.&lt;br /&gt;El hombre como ser de naturaleza social que forma parte de comunidades que  tienen un sistema de necesidades y objetivos establecidos,  posee una serie de cualidades que lo distinguen de otros hombres, peculiaridades que le dan una personalidad y carácter  que varían de persona a persona y que lo hacen reaccionar ante las influencias externas de manera particular.&lt;br /&gt;La ética es una parte de la filosofía, de ahí que su método y características de investigación  hayan de concordar con ésta disciplina&lt;br /&gt;Al ser la ética parte de la filosofía, no puede dejar de tener nunca como fondo la concepción filosófica del hombre que nos da una visión total de éste como ser social, histórico y creador. &lt;br /&gt;Toda la serie de conceptos que la ética maneja de un modo específico, como los de libertad, necesidad, valor, conciencia, socialidad, entre otros, presuponen un esclarecimiento filosófico previo.&lt;br /&gt;La ética se halla estrechamente vinculada a la filosofía, en su problemática que se desprende del acto moral como algo real y concreto, que al aplicársele los criterios filosóficos, habrá de ser fundamentado, esclareciéndose sus estructuras y relaciones esenciales.&lt;br /&gt;Asimismo, al ser la ética parte de la filosofía, la ética habrá de tener un carácter de universalidad, mediante el cuál será capaz de abarcar su objeto, el acto moral, como un todo, enfocándolo a la vez desde todas las perspectivas que la razón le dicte, buscando con ello un concepto abstracto y general, pero al mismo tiempo concreto y particular. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La virtud es aquella capacidad humana que permite a la persona incorporar lo valioso dentro de sí, por lo tanto la virtud y el valor son coincidentes.   Existen en el hombre cuatro virtudes fundamentales que lo habilitan para el ejercicio de sus facultades: el entendimiento es habilitado por la virtud de la prudencia o capacidad de acierto,  la voluntad es orientada por la virtud de la justicia,  las tendencias sensibles que surgen en el hombre ante el bien arduo son reguladas por la virtud de la fortaleza , y las tendencias sensibles ante los bienes placenteros son controladas por la virtud de la templanza.  &lt;br /&gt;Diversos autores coinciden en señalar que las virtudes o valores básicos del ser humano son: la prudencia, la fortaleza, la templanza, la Justicia, la solidaridad, la autenticidad, la fidelidad, la bondad, el agradecimiento, la responsabilidad, la libertad, la amistad, la belleza, la paz, la laboriosidad. Además a estos, nosotros debemos agregar la honestidad, la responsabilidad,  la integridad y el respeto a la dignidad de las personas.  &lt;br /&gt;Se pueden distinguir tres clases de problemas éticos: los problemas éticos fundamentales, los  problemas éticos capitales, y los problemas éticos concretos. &lt;br /&gt;El problema ético fundamental, consiste en explicar, esclarecer o investigar una realidad dada produciendo los conceptos de los problemas capitales y concretos.&lt;br /&gt;Los problemas éticos capitales, al igual que el problema ético fundamental se caracterizan por su generalidad y su propósito es formar un marco referencial de los problemas éticos concretos.&lt;br /&gt;Los problemas éticos concretos, se caracterizan por su urgencia, particularidad e inmediatez  y entre estos se considera a la ética profesional. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8421394539846157195?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8421394539846157195/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/etica.html#comment-form' title='1 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8421394539846157195'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8421394539846157195'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2010/01/etica.html' title='ÉTICA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>1</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-890621466160018009</id><published>2009-10-12T09:27:00.000-07:00</published><updated>2010-02-05T18:22:40.639-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Normas de Ética del Auditor'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Código de Ética del Auditor'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='El Auditor y la Ética.'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Principios Éticos'/><title type='text'>PRINCIPIOS  ÉTICOS  DEL  AUDITOR</title><content type='html'>ÉTICA.¬&lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.  &lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios. &lt;br /&gt;Según Aristóteles, en el hombre, hay dos virtudes fundamentales, la primera consiste en el mismo ejercicio de la razón por lo cual es llamada intelectiva o racional, y la otra consiste en el dominio de la razón sobre los impulsos sensibles que determina las buenas costumbres y por eso se llama virtud moral.&lt;br /&gt;La virtud moral consiste en la capacidad de escoger el justo medio adecuado a nuestra naturaleza, tal como es determinado por la razón.  &lt;br /&gt;La virtud ética principal es la justicia, en el sentido más general, es decir, de conformidad a las leyes, es la virtud integra y perfecta. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA PROFESIONAL.¬ &lt;br /&gt;La Ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en el cumplimiento de sus actividades laborales y en sus relaciones con sus clientes, el estado, y sus colegas. &lt;br /&gt;La Ética Profesional, puede definirse como el conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social, lo que implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CÓDIGO DE ÉTICA.¬  &lt;br /&gt;Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y la vigilancia de las normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad. &lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de las Ciencias Contables en general, y que como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad. &lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado del Perú, vigente, consta de 1 Título Preliminar, 5 Títulos, 59 Artículos, 3 Disposiciones Finales, 1 Disposición transitoria. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA DEL CONTADOR PÚBLICO.¬&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Publico, en su Titulo Preliminar, enuncia los Principios fundamentales de la Ética Profesional, disponiendo que el Contador Público Colegiado, debe cumplir obligatoriamente estos  Principios los que se encuentran  en concordancia con el Código de Ética de la IFAC. y son: &lt;br /&gt;1.¬ INTEGRIDAD.-  &lt;br /&gt;El Contador Público debe ser sincero, justo y honesto en todas sus relaciones profesionales.&lt;br /&gt;El Contador Público debe ser probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;El Contador Público no debe estar asociado a informes, rendiciones, comunicaciones u otra información que contengan un material falso.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- &lt;br /&gt;El Contador Público no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros eliminen sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros. &lt;br /&gt;3.– COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.-  &lt;br /&gt;El Contador Público tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales actualizados en el nivel apropiado para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en los desarrollos actuales de la práctica, legislación y técnicas existentes. &lt;br /&gt;El Contador Público debe actuar diligentemente y de acuerdo a las técnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios profesionales.&lt;br /&gt;Un servicio profesional competente requiere el ejercicio de un juicio sensato en la aplicación de los conocimientos y habilidades profesionales. &lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.-  &lt;br /&gt;El Contador Público debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios y no debe revelar esta información a terceros que no cuenten con la debida autoridad a menos que exista un derecho o deber legal o profesional para revelarla. &lt;br /&gt;La información confidencial obtenida como resultado de las relaciones profesionales o de negocios no debe ser usada por el Contador Público para obtener beneficios personales o para terceros. El Contador Público debe mantener la confidencialidad incluso en el ambiente social o familiar.&lt;br /&gt;5. – COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- &lt;br /&gt;El Contador Público debe cumplir con los reglamentos y leyes relevantes y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;En la publicidad y promoción de su trabajo y de ellos mismos, los Contadores Públicos no deben desprestigiar a la profesión, deben ser honestos y sinceros y no deben realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones y méritos que poseen, o la experiencia obtenida, o realizar referencias desacreditadoras o comparaciones con el trabajo de otros Colegas. &lt;br /&gt;El Contador Público en la práctica profesional no debe comprometerse con ningún negocio, ocupación o actividad que dañe o pueda dañar la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión y como consecuencia sea incompatible con la prestación de sus servicios profesionales, debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado, antes de aceptar un compromiso especifico con un cliente, el Contador Público debe considerar si su aceptación podría crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales. &lt;br /&gt;El Contador Público, debe tratar a sus Colegas con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía y debe colaborar con ellos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRINCIPIOS  ÉTICOS DEL AUDITOR.¬&lt;br /&gt;Debemos recordar, que el AUDITOR, es la persona profesional capacitada y experimentada, que tiene como función el revisar, examinar y evaluar, los resultados obtenidos en la gestión administrativa y financiera de un ente económico, con el fin de informar o dictaminar sobre ellos, realizando las observaciones y recomendaciones pertinentes para mejorar la eficacia y eficiencia de la entidad.&lt;br /&gt;También se puede decir que el Auditor, es la persona encargada de realizar un análisis sobre el funcionamiento de una organización, para luego emitir su opinión, esta labor lo puede realizar en forma independiente o mediante la conformación de una sociedad de Auditoria.&lt;br /&gt;El Auditor, debe tener  necesariamente, una sólida cultura general, los conocimientos técnicos y la actualización profesional adecuada, la capacidad de trabajo en equipo multidisciplinario, la creatividad, la independencia de criterio, la mentalidad y visión integradora.&lt;br /&gt;El rol del Auditor,  en la economía del  país, debe ser protagónico y dinámico, considerando que la situación financiera de las empresas tanto publicas como privadas revelan sus actividades económicas en los estados financieros los mismos que son objeto de exámenes que tiene relación con auditorias externas, internas, operativas y otras especiales, cuyos resultados son dados a conocer mediante los informes o dictámenes.&lt;br /&gt;La entidad que contrata a un Auditor y los usuarios de los Estados Financieros de dicha entidad, depositan su confianza en la opinión profesional que él emite porque consideran que es una opinión versada que ha sido emitida además, por un profesional íntegro. &lt;br /&gt;En resumen, no basta que el Auditor sea Idóneo, además tiene que ser  Ético.&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;Sin dejar de lado los Principios Fundamentales de la Ética Profesional del Contador Publico, enunciados en nuestro Código de Ética en concordancia con el Código de Ética de la IFAC, y sin que esta formulación implique un orden jerárquico de acatamiento, el Auditor, debe reconocer además como sus principios y valores, los siguientes:&lt;br /&gt;1.¬  Beneficio del auditado.&lt;br /&gt;El auditor debe brindar recomendaciones que permitan mejorar el rendimiento de  la empresa auditada. Tales recomendaciones no deben violentar las leyes y normas vigentes.&lt;br /&gt;2.¬ Calidad.&lt;br /&gt;El auditor actúa a su leal saber y entender, Si no hay elementos para sustentar una opinión, debe expresarlo, El auditor puede pedir opinión a otros profesionales cuando así estime conveniente.&lt;br /&gt;3.¬ Capacidad.&lt;br /&gt;El auditor debe estar capacitado para su labor; debe estar al día en cuanto a conocimientos profesionales y técnicos.&lt;br /&gt;Es importante fortalecer la certificación profesional.&lt;br /&gt;4.¬ Comportamiento profesional&lt;br /&gt;El auditor debe transmitir sus juicios y opiniones sin hacer exageraciones y sin atemorizar a su cliente.&lt;br /&gt;Debe tener claridad acerca de sus carencias. Si pide apoyo a profesionales externos, ha de hacerlo explícito en su informe. Las conclusiones propias deben estar marcadas como tales, para distinguirlas de las otras que haya obtenido de su consulta a otros profesionales.&lt;br /&gt;5.¬  Concentración en el trabajo.&lt;br /&gt;El auditor debe evitar que un exceso de trabajo supere sus posibilidades de concentración y precisión. &lt;br /&gt;6.¬ Confianza y Transparencia en el trabajo.&lt;br /&gt;Debe resolver las dudas que tenga el auditado. Establecer un diálogo sobre cualquier aspecto que pueda ser conflictivo.&lt;br /&gt;Debe poner sus resultados en un lenguaje que permita ser leído y comprendido por el auditado. Puede solicitar la presencia de algún trabajador de su cliente para expresarle cuestiones específicas o bien, para brindarle explicaciones con un mayor nivel profesional y técnico.&lt;br /&gt;7.¬ Criterio propio.&lt;br /&gt;El auditor debe elegir la forma de ejecución de la auditoria con su propio criterio. No deberá permitir que haya influencia de otras personas, especialmente para ir en una dirección diferente a la que él elija como la mejor alternativa de desarrollo de su trabajo.&lt;br /&gt;8.¬ Discreción&lt;br /&gt;La discreción de cualquier dato, por elemental que parezca, es uno de los principios fundamentales de la auditoria.&lt;br /&gt;Aun cuando haya transcurrido mucho tiempo del evento, debe abstenerse de dar a conocer información de los trabajos que haya realizado.&lt;br /&gt;9.¬ Formación continuada&lt;br /&gt;La formación o educación continua del auditor debe seguir  todo el tiempo, y debe estar de  acuerdo con los cambios científicos y tecnológicos.&lt;br /&gt;10.¬ Fortalecimiento y respeto de la profesión&lt;br /&gt;El cobro de servicios que significa el valor del trabajo del auditor, no debería estar por abajo del esfuerzo de cualquier auditor, ni debería ser abusivo.&lt;br /&gt;Si los honorarios son muy bajos, el auditor compite deslealmente con los otros colegas. &lt;br /&gt;Al ser integrante de un grupo profesional de auditoria, debe promover el respeto mutuo y deberá evitar la confrontación con los colegas. También está obligado a denunciar comportamientos indebidos.&lt;br /&gt;11.¬ Independencia.&lt;br /&gt;El auditor ha de tener autonomía en su trabajo. Es la garantía de que los intereses del auditado se asumen con objetividad debe rechazar criterios con los que no esté de acuerdo. &lt;br /&gt;En su informe, tiene el derecho y la obligación de escribir todo lo que le parezca pertinente y sus recomendaciones tienen que estar encaminadas al bien del auditado, buscando evitar perjuicios al mismo, aun cuando reciba solicitudes en esa dirección.&lt;br /&gt;12.¬ Información suficiente&lt;br /&gt;El informe de auditoria debe contener toda la información necesaria y suficiente que sea pertinente para resolver las preguntas iniciales que constituyen el objetivo de la auditoria.&lt;br /&gt;Ha de garantizar la exactitud de sus observaciones. El auditor debe ser responsable de lo que escribe y debe evitar anécdotas insustanciales. Debe explicar la metodología y basarse en ella para emitir sus juicios. No hay reserva en esto.&lt;br /&gt;13.¬ Integridad moral.&lt;br /&gt;El auditor debe ser honesto, leal y diligente en el desempeño de su misión, debe ajustarse a las normas morales, de justicia y probidad y  evitar participar voluntariamente o no, o ser cómplice de actos de corrupción personal o de terceras personas.&lt;br /&gt;El auditor no deberá, bajo ninguna circunstancia, aprovechar los conocimientos adquiridos de la entidad que audita para utilizarlos en contra del auditado o de terceras personas relacionadas con el mismo &lt;br /&gt;14.¬ Legalidad.&lt;br /&gt;El auditor no debe emplear sus conocimientos para asesorar en el incumplimiento de la ley, debe respetar las leyes vigentes en el país.&lt;br /&gt;15.¬ Precisión &lt;br /&gt;La conclusión debe ser emitida solamente cuando el auditor esté convencido de la viabilidad de sus propuestas.&lt;br /&gt;En las conclusiones, debe ser crítico y ha de hacer notar los eventos que pudieran haber afectado la calidad y fiabilidad de la auditoria. No deben quedar ambigüedades por el hecho de evadir la respuesta.&lt;br /&gt;Debe hacer notar las partes que fueron evaluadas exhaustivamente y las que hayan sido parcialmente abordadas, o bien, que hayan sido trabajadas por terceros.&lt;br /&gt;16.¬ Responsabilidad&lt;br /&gt;El auditor es absolutamente responsable de la auditoria y del contenido de su informe o dictamen.&lt;br /&gt;En la medida en que es libre, y por encima de sus conveniencias personales, debe responder de forma hábil, eficiente, y adecuada, haciéndose cargo, ante la comunidad de sus propios actos o de los actos de terceros cuando corresponda a su equipo de trabajo.&lt;br /&gt;17.¬ Secreto profesional&lt;br /&gt;Éste es un principio común en todas las profesiones, pero para el auditor es especialmente importante. Solamente puede revelar información si se le requiere por orden judicial.&lt;br /&gt;El secreto profesional se extiende a todos los integrantes del equipo del auditor los que son responsables solidarios con el auditor.&lt;br /&gt;18.¬ Veracidad&lt;br /&gt;Además de las conclusiones que puedan ser sustentadas con certeza, el auditor debe exponer hechos que, con cierto nivel de subjetividad, puedan darse por válidos con una probabilidad muy alta, siempre que no haya evidencia en sentido contrario.&lt;br /&gt;No distorsionará lo que a su leal entendimiento se presente como un hecho relevante, procurando a este efecto poseer un cabal conocimiento de las circunstancias que rodean a la tarea.&lt;br /&gt;19.¬ Dignidad.-  &lt;br /&gt;Deberá considerar a cada persona como a un semejante, con un accionar libre que le posibilite trascender a través de los otros. El auditor al actuar, dará lo mejor de sí, poniendo en funcionamiento todo su potencial, acorde a lo que los demás esperan de él, de modo que resulte merecedor de respeto y estima.&lt;br /&gt;20.¬ Transparencia.-   &lt;br /&gt;El auditor actuará de manera que su proceder y conclusiones puedan en todo momento someterse al juicio crítico de sus pares y demás interesados.&lt;br /&gt;21.¬ Vocación de servicio.- &lt;br /&gt;Como forma de reconocer la condición social del ejercicio profesional, el auditor deberá poner en práctica el espíritu de servicio en aras del bien común, más allá de cualquier recompensa. &lt;br /&gt;22.¬ Justicia y equidad.-  &lt;br /&gt;Dado que la justicia y la equidad están en la base de todo ordenamiento social pacífico y todo desarrollo armónico, y que cada ser humano posee su propia concepción del bien y la felicidad, el auditor deberá considerar el derecho a lograrlo, respetando lo que pertenece a cada uno. Del mismo modo considerará las condiciones de equidad que posibiliten practicar la justicia.&lt;br /&gt;23.¬ Solidaridad y tolerancia.- &lt;br /&gt;En su tarea reconocerá el carácter social de la persona humana. Por esto, tendrá en cuenta en su vida profesional las necesidades y la dignidad del otro, y respetará su punto de vista independientemente de que lo comparta o no, apelando al diálogo para lograr consensos. &lt;br /&gt;24.¬ Respeto por el orden jurídico.  &lt;br /&gt;El auditor actuará de acuerdo con las reglas del ordenamiento jurídico. Cuando su convicción personal o el interés de quien contrate sus servicios le indique que alguna norma jurídica es injusta o inadecuada, aconsejará recurrir a las vías que el propio ordenamiento prevée para su revisión, inaplicación o anulación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Contraloría General de la Republica, mediante la resolución de Contraloría N• 077¬ 99¬ CG. Del 7 de julio de 1999, aprobó el Código de Ética del Auditor Gubernamental del Perú, para el personal de la Contraloría, Los Órganos de Auditoria Interna de las Entidades Publicas, y las Sociedades de Auditoria que realicen trabajos en las Entidades Publicas.&lt;br /&gt;Este Código de Ética del Auditor Gubernamental, fija como  Normas mínimas de conducta, la Actitud de servicio, la Calidad de servicio, el Compromiso con el País, la Cordialidad, el Cuidado y esmero profesional, la Independencia Objetividad e imparcialidad, la Probidad administrativa, la Reserva o confidencialidad, el Tecnicismo, la Vocación por la verdad y la transparencia. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PD.¬ Conferencia disertada en la III Convención&lt;br /&gt;Nacional de Auditoria.¬  AUDITA  2009,&lt;br /&gt;Cusco, 8 de octubre del 2009.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-890621466160018009?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/890621466160018009/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/10/principios-eticos-del-auditor.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/890621466160018009'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/890621466160018009'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/10/principios-eticos-del-auditor.html' title='PRINCIPIOS  ÉTICOS  DEL  AUDITOR'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-1376969835850051364</id><published>2009-09-15T16:08:00.002-07:00</published><updated>2009-09-15T16:14:42.773-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ley de Actualización Profesional'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ley de Profesionalización del C.P.'/><title type='text'>PROFESIONALIZACIÓN  DEL  CONTADOR  PÚBLICO</title><content type='html'>Debemos recordar que el 11 de setiembre de 1959 se promulgó la Ley N° 13253 llamada Ley de Profesionalización de los Contadores, la cual norma que los  Contadores Públicos pueden efectuar y  autorizar toda clase de balances, peritajes y tasaciones, y que como actividad privativa de la Profesión pueden realizar auditorias con fines judiciales y administrativos.  &lt;br /&gt;Esta Ley también da origen a la creación oficial de los Colegios de Contadores Públicos en los lugares donde ejerzan la Profesión  10  o más Contadores Públicos,  disponiendo la Colegiación obligatoria para poder ejercer la Profesión, indica además que los Colegios de Contadores Públicos tienen la obligación de vigilar la observancia de las normas de Ética Profesional por parte de sus agremiados, procurando el mejoramiento de la Profesión y la ayuda mutua entre sus asociados.&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;El 26 de agosto de 1960 se promulga el Decreto Supremo N° 28 HC, que viene a ser el Reglamento de la Ley N° 13253, disponiendo que en la Capital de cada Departamento donde ejercen la Profesión 10 o más Contadores Públicos, se organizará un Colegio de Contadores Públicos, teniendo entre sus fines el promover el ejercicio de la Profesión conforme a la Ética propendiendo al adelanto de la Ciencia Contable, cooperando en asuntos de la especialidad con los Poderes Públicos y entidades privadas.&lt;br /&gt;Entre las atribuciones conferidas a los Colegios de Contadores están el formular sus Estatutos y Reglamentos Internos, organizar y llevar la matrícula obligatoria de sus Miembros, formular el Código de Ética Profesional vigilando la observancia de sus normas, y velar por el mejoramiento de la Profesión.   &lt;br /&gt;Este Decreto Supremo, reconoce como función privativa de la Profesión el intervenir en calidad de Auditores o Peritos técnicos contables en procedimientos de índole judicial o administrativo. Indica además que el ejercicio de la Profesión Contable se puede realizar de manera individual o asociada y en forma independiente como dependiente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es necesario recordar que el origen para la dacion de la Ley N’ 13253, se debe al trabajo tesonero de un grupo de Contadores Públicos y Estudiantes de las Ciencias Contables, que formaron y  organizaron Colegios de Contadores en los Departamentos de Lima, Trujillo, Cusco, Arequipa, quienes en forma conjunta desplegaron esfuerzos para exigir al Gobierno Central la dacion de la Ley de creación de los Colegios de Contadores y reconocimiento a la Profesión Contable, por este motivo el Gobierno del Dr. Manuel Prado emitió el 11 de setiembre de 1959, la Ley de Profesionalización del Contador.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Después de 47 años y 4 meses de vigencia de la Ley N° 13253, y ante el clamor de la Profesión Contable de todo el País  para que se actualice la Ley de Profesionalización del Contador de acuerdo a los avances e innovaciones de la Ciencia Contable, el día 15 de enero del 2007, se promulga la Ley N° 28951 llamada  Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización del Contador Público y de Creación de los Colegios de Contadores Públicos, después de haber asistido y participado en discusiones  y debates Publico que duraron varios años.&lt;br /&gt;La Ley N° 28951, establece  como competencias del Contador Público: Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de las personas naturales y/o jurídicas del ámbito privado, público o mixto, formulando, autorizando y/o certificando los estados financieros.    Evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control.   Realizar auditoria financiera, tributaria, exámenes especiales y otros inherentes a la profesión.  Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales.  Certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos contables de los libros o registros contables de las personas naturales y jurídicas.  Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable. Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles educativos.  Ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio profesional.  Y Otras relacionadas con la profesión contable y sus especializaciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como podemos notar la Ley N° 28951, amplia las competencias o actividades profesionales que pueden realizar los Contadores Públicos Colegiados como actividades privativas de la Profesión, las que se encontraban limitadas en la Ley N° 13253.  &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Esta Ley N’ 28951,  indica que los Colegios de Contadores Públicos son instituciones autónomas con personería de derecho público interno, y  que tienen su sede en la capital de cada Departamento o Región del País, cuyos fines son: Velar por el prestigio, desarrollo y competencias de la profesión.   Fomentar el estudio, la actualización, capacitación permanente y la especialización de sus miembros.   Cautelar el ejercicio profesional y su defensa, dentro de estrictos criterios éticos y legales denunciando el ejercicio ilegal de la profesión.   Velar por el respeto y cumplimiento de las normas de Ética Profesional.   Promover la investigación relacionada con la Profesión Contable.   Promover el espíritu de solidaridad  y el bienestar de sus Colegiados y de sus familias.  Promover la vinculación entre sus miembros.    Prestar  asesoramiento a los organismos públicos, cuando les sean requeridos formalmente.   Brindar orientación profesional mediante campañas coordinadas con los organismos competentes del Estado.  y Otros establecidos en su estatuto, dentro del marco de la Constitución y la ley.&lt;br /&gt;La Ley indica como  Atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos: Formular su Estatuto y su Reglamento Interno.  Organizar y llevar el padrón de sus miembros y su Registro de Sociedades de Auditoría. Organizar y llevar el registro de los miembros de la orden colegiados, por especialidades, para efectos de la Certificación y Recertificación.  Formular, aprobar y difundir el Código de Ética Profesional y vigilar la observancia de sus normas.   Supervisar la calidad de los servicios prestados a la sociedad por los Contadores Públicos Colegiados.   Emitir opinión en la formulación de los planes curriculares universitarios para la formación académico profesional del Contador Público.  Y Otras atribuciones fijadas en su estatuto, dentro del marco de la Constitución y la ley. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La  Ley  N’ 28951, reconoce el día 11 de setiembre de todos los años como el Día del Contador Público.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt; El artículo N° 14 de la Ley N° 28951, deroga a partir del día 16 de enero del 2007, el artículo 2, el primer párrafo del artículo N°4, y los artículos:&lt;br /&gt;5,7,8,9 de la Ley N° 13253, relacionados al Contador Público, en lo referente al Título Profesional,  las competencias o actividades Profesionales, y  la organización de los Colegios Profesionales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las Bodas de Oro de la dacion de la Ley N’ 13253, que se celebra hoy día  11 de setiembre del 2009, encuentra a la Profesión Contable, con una nueva Ley de Profesionalización del Contador Publico,  la encuentra avocada en la Certificación y Recertificacion de los Contadores Públicos Colegiados, y con un Código de Ética Profesional concordante con los Principios Fundamentales de Ética promulgados por la IFAC como máximo Órgano Mundial de la Profesión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Ley N° 28951 en su artículo N° 13,  establece que La Certificación y Recertificación de los Contadores Públicos Colegiados a nivel nacional, está a cargo de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, en su calidad de máximo organismo representativo de la Profesión Contable dentro del País y en el exterior.&lt;br /&gt;En cumplimiento a lo dispuesto en éste artículo y en concordancia con la Ley General de Educación N° 28044, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa N° 28740;  la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú en  asamblea general extraordinaria del 16 de diciembre del 2006, acordó dar inicio a la Certificación de los Contadores Públicos Colegiados de todo el País,  la misma que  actualmente se encuentra en pleno proceso a partir del 1 de julio del 2007, la que es normada por los respectivos Reglamentos, primero como Certificación Extraordinaria y ahora como Certificación y Recertificacion del Contador Publico Colegiado.&lt;br /&gt;La Certificación del Contador Público Colegiado, tiene como Objetivos el elevar la calidad Profesional en un entorno competitivo.   Proteger el interés público o de la comunidad basándose en la prestación de servicios de excelencia.  Perfeccionar la conducta Ética del Contador Público en el ejercicio de las actividades profesionales que realiza.  Establecer las bases de reciprocidad con otros países en materia de servicios profesionales.&lt;br /&gt;La Certificación del Contador Público Colegiado, es de suma importancia ya que avala la actualización profesional continua. Motiva a la capacitación. Otorga prestigio profesional y personal. Fortalece la credibilidad de su trabajo profesional. Amplia la visión profesional.  Da seguridad a sus clientes.  Permite trabajar en mercados laborales externos restringidos a Contadores Certificados.&lt;br /&gt;La Certificación del Contador Público Colegiado, busca evaluar los conocimientos, habilidades y conductas, que en su conjunto forman las Competencias Profesionales de los Contadores Públicos, y en función a un perfil o estándar  declararlos  competentes o incompetentes para la función &lt;br /&gt;Profesional que van a desempeñar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Uno de los principales objetivos  que persigue la Certificación del Contador Público Colegiado, es la de perfeccionar la Conducta Ética de los Miembros de la Orden.&lt;br /&gt;Debemos recordar que la Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de  actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú con fecha 4 de agosto del 2005  emitió  la Resolución Nº 013-2005-JDCCPP., aprobando por unanimidad el nuevo Código de Ética Profesional del Contador Publico  Colegiado para su implementación obligatoria a nivel Nacional  a partir de dicha fecha. En Asamblea General de la JDCCPP. realizada en Ica con fecha 15 de  junio del 2007, se incorporó al Código de Ética, los Principios Fundamentales de la Ética enunciados por la IFAC, para que sea concordante con el Código de Ética de ésta Entidad Mundial. &lt;br /&gt;En el título Preliminar del Código de Ética Profesional del Contador Publico Peruano, se considera los Principios Fundamentales de la Ética Profesional, concordante con el Código de Ética de la IFAC., los cuales deben cumplir en forma obligatoria todos los Contadores Públicos Colegiados del País, y son:&lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- Todo Contador Público Colegiado, debe ser justo y honesto en sus relaciones profesionales.  La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar  y  sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.&lt;br /&gt;El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.&lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad. &lt;br /&gt;5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.&lt;br /&gt;El Contador Público, debe  colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Debemos tener presente que el Contador Público Colegiado, eje  central de toda organización económica, debe ser el artífice que interprete y solucione los requerimientos de los usuarios,  que dicte las pautas y organice la información, interactuando con los  ejecutivos de la empresa, de manera tal que la información solicitada por ellos, conlleve el valor agregado de ser útil para la toma de decisiones acertada y oportuna. Porque las decisiones de las que depende el futuro de una organización no deben ser solamente acertadas, ya que una buena decisión que llega tarde es tan inadecuada como una mala decisión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Debemos señalar que la Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 008/97/EF/93.01 de fecha 26 de enero de 1997, precisa las obligaciones de los Contadores Públicos en el ejercicio de la prestación de sus servicios profesionales.&lt;br /&gt;Al respecto, el Artículo 10 de la norma citada señala que es obligación del Contador Público, en el ejercicio de sus funciones dependientes, cuando  prepare la información contable, observar bajo estricta responsabilidad y criterio profesional la correcta aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas Internacionales de Contabilidad, reconocidas por la profesión en los Congresos Nacionales de Contadores Públicos y oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad, las leyes en general que son pertinentes y el Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;Asimismo, la precitada norma señala, en su Articulo 20, que es obligación del Contador Público cuando actúe en función independiente de su profesión, como Contador, asesor o consultor, Auditor o Perito, sea elaborando, examinando y/o dictaminando la información financiera, cumplir además con las Normas Nacionales e Internacionales de Auditoría, reconocidas por la profesión en los Congresos Nacionales de Contadores Públicos, con la evaluación de la aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y observando las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;                                                              &lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERU.&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pd.-  Discurso pronunciado en el Colegio de Contadores Públicos de Madre de Dios el 11 de setiembre del 2009, en la ceremonia central de las Bodas de Oro de la Ley de Profesionalización N° 13253 y el Dia del Contador Público.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-1376969835850051364?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/1376969835850051364/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/profesionalizacion-del-contador-publico.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/1376969835850051364'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/1376969835850051364'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/profesionalizacion-del-contador-publico.html' title='PROFESIONALIZACIÓN  DEL  CONTADOR  PÚBLICO'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-1012069019158008266</id><published>2009-09-01T16:29:00.001-07:00</published><updated>2010-02-02T19:20:37.301-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Codigo Peruano .'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Etica Contable'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Codigo de Etica'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Etica del C.P.'/><title type='text'>CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO PERUANO</title><content type='html'>ÉTICA.- &lt;br /&gt;La palabra ética proviene del griego éthikós que a su vez proviene del vocablo ethos que significa  costumbre,  modo de ser,  o  carácter, en cuanto a la forma de vida adquirida por el hombre. &lt;br /&gt;La ética puede definirse como la ciencia normativa de la rectitud de los actos humanos según principios racionales. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los profesionales en sus relaciones con sus clientes y sus Colegas, es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales.&lt;br /&gt;Se dice que la Ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios.&lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.&lt;br /&gt;La ética es una parte de la filosofía, de ahí que su método y características de investigación hayan de concordar con ésta disciplina.&lt;br /&gt;Al ser la ética parte de la filosofía, no puede dejar de tener nunca como fondo la concepción filosófica del hombre que nos da una visión total de éste como ser social, histórico y creador. Toda la serie de conceptos que la ética maneja de un modo específico, como los de libertad, necesidad, valor, conciencia, sociabilidad, entre otros, presuponen un esclarecimiento filosófico previo.&lt;br /&gt;Diversos autores coinciden en señalar que las virtudes o valores básicos del ser humano son: la prudencia, la fortaleza, la templanza, la Justicia, la solidaridad, la autenticidad, la fidelidad, la bondad, el agradecimiento, la responsabilidad, la libertad, la amistad, la belleza, la paz, la laboriosidad. Además a estos debemos agregar la honestidad, la responsabilidad,  la integridad y el respeto a la dignidad de las personas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ÉTICA PROFESIONAL.-      &lt;br /&gt;La ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en  el cumplimiento de sus actividades Profesionales. &lt;br /&gt;A la Ética Profesional también se le conoce como  Deontología Profesional ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales y personales.&lt;br /&gt;Por tanto Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar. En un sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes.&lt;br /&gt;La Deontología es  el conjunto sistemático de normas mínimas que un grupo de profesionales determinados establece y que refleja una concepción ética común o mayoritaria de sus miembros.  &lt;br /&gt;El concepto Deontología puede definirse como el conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social.  La deontología implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;La deontología es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los Profesionales en sus relaciones con sus clientes, el estado y sus Colegas.  La deontología es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales, aún cuando muchas veces no estén codificados en una reglamentación jurídica.&lt;br /&gt;En este sentido, la deontología es la ética Profesional de las obligaciones prácticas, basadas en la acción libre de la persona, en su carácter moral, carentes de un control por parte de la legislación pública. La deontología es el cumplimiento de los deberes que a cada cual se le presentan según la posición que ocupe en la vida, y que están dados por el grado de compromiso y conciencia moral que se tenga con respecto a la Profesión. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL CÓDIGO DE ÉTICA.- &lt;br /&gt;Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad.&lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales  fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce,   la defensa de los destinatarios de los servicios de nuestros profesionales y la función social que cumplen los Colegios profesionales así lo demanda.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú con fecha 4 de agosto del 2005  emitió  la Resolución Nº 013-2005-JDCCPP., aprobando por unanimidad el nuevo Código de Ética Profesional del Contador Publico  para su implementación obligatoria a nivel Nacional  a partir de dicha fecha.&lt;br /&gt;En Asamblea General de la JDCCPP. Realizada en ICA del 14 al 16 de junio del 2007, se incorporó al Código de Ética, los Principios Fundamentales de la Ética enunciados por la IFAC, para que sea concordante con el Código de Ética de ésta Entidad Mundial. &lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado del Perú, consta de 1 Título Preliminar, 5 Títulos, 59 Artículos, 3 Disposiciones Finales, 1 Disposición Transitoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO PRELIMINAR.&lt;br /&gt;DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;Dispone que el Contador  Público Colegiado, deberá cumplir obligatoriamente los Principios Fundamentales siguientes:&lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- El principio de Integridad impone sobre todo Contador Público Colegiado, la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales.&lt;br /&gt;La Integridad obliga a que el Contador Público Colegiado, sea probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.- El Contador Público Colegiado, no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros elimine sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.- COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- El Contador Público Colegiado, tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales en el más alto nivel, para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en la práctica, técnicas y legislación vigente.&lt;br /&gt;El mantenimiento de la Competencia Profesional requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.&lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- El Contador Público Colegiado, debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, y no debe revelar esa información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tomar todas las medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales obtiene asesoría o apoyo, respeten el deber de Confidencialidad. &lt;br /&gt;5.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.- El Contador Público Colegiado, debe cumplir en forma obligatoria las leyes y reglamentos, y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe ser honesto y sincero y no debe realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones que posee, o la experiencia obtenida.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe tratar a su Colega con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía.&lt;br /&gt;El Contador Público, debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos, para la consecución de un mismo fin. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TITULO I&lt;br /&gt;DEL ALCANCE, APLICACIÓN Y NORMAS GENERALES DE ÉTICA PROFESIONAL&lt;br /&gt;El Código regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia, siéndole aplicable a cualquiera que sea la forma que adopte su actividad profesional y/o la forma o naturaleza de la retribución que perciba, en forma obligatoria. Asimismo, norma las relaciones profesionales del Contador Público Colegiado con sus colegas de profesión.&lt;br /&gt;En el ejercicio profesional, el Contador Público Colegiado actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las normas del Código de ética en todos sus actos.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que actúe tanto en función independiente como en relación de dependencia, asumirá responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes, declaraciones juradas, etc., que estén refrendados por él.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado  tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, excepto aquella información requerida por las autoridades jurisdiccionales competentes por mandato de la Ley.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO II&lt;br /&gt;DEL CAMPO DE LA PROFESIÓN&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado en su condición de hábil, puede ejercer sus actividades profesionales:&lt;br /&gt;a) En relación de dependencia.&lt;br /&gt;b) En forma independiente&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que ejerza sus actividades profesionales en relación de dependencia deberá fomentar permanentemente la conciencia tributaria de su empleador y, asimismo, mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas del servicio profesional que presta.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que ejerza en forma independiente la profesión, no expresará su opinión profesional sobre los estados financieros o sobre cualquier otra información financiera complementaria, si el examen de dichos estados o información no ha sido practicado por él, o bajo su supervisión.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado no podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoria o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de dos años. Mientras dure su actuación como Contador no podrá actuar como auditor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO III&lt;br /&gt;DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y ANUNCIO DE SERVICIOS PROFESIONALES&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado deberá determinar con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios, para lo cual deberá tener en cuenta las labores o funciones a realizar, la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa y otros factores de acuerdo a las circunstancias, de manera que, por exceso o por defecto, dichos honorarios no resulte lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación. Consecuentemente, evitará toda controversia con sus clientes acerca de sus honorarios.&lt;br /&gt;Los Contadores Públicos Colegiados para la prestación de sus servicios, en todos los casos, deberán suscribir un Contrato de Locación de Servicios Profesionales, en el que deberá establecerse en forma expresa sus obligaciones, responsabilidades, el monto de sus honorarios y la fecha en que deberán ser pagados los mismos. Los honorarios profesionales deberán ser fijados con arreglo al arancel mínimo aprobado por cada Colegio Regional (Departamental).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO IV&lt;br /&gt;DE LAS INFRACCIONES AL CÓDIGO DE ÉTICA Y SANCIONES&lt;br /&gt;La inobservancia de lo normado en el Código de Ética Profesional constituye infracción, la cual será sancionada de acuerdo con la gravedad de la misma, sin perjuicio de lo expresamente tipificado como infracción en el presente Código.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de una acción de descrédito para la profesión.&lt;br /&gt;Comete infracción grave el Contador Público Colegiado que valiéndose de su función o cargo que desempeña, obtenga algún tipo de beneficio personal o a favor de terceros en forma directa o indirecta.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado que infrinja este Código de Ética Profesional será sancionado por el Colegio de Contadores Públicos de la respectiva Región (departamento).&lt;br /&gt;Para la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la infracción cometida, evaluándola de acuerdo a la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión de Contador Público.&lt;br /&gt;Según la gravedad de la falta cometida por el Contador Público, la sanción podrá consistir en:&lt;br /&gt;a) Amonestación verbal.&lt;br /&gt;b) Amonestación escrita.&lt;br /&gt;c) Suspensión temporal en el ejercicio de la profesión entre uno y veinticuatro meses.&lt;br /&gt;d) Expulsión y cancelación definitiva de la matrícula en el Registro del respectivo Colegio de Contadores Públicos.&lt;br /&gt;Las sanciones contenidas en el presente Código por las infracciones cometidas son de carácter administrativo institucional, independientemente de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TÍTULO V&lt;br /&gt;DE LOS ORGANOS INSTITUCIONALES&lt;br /&gt;Los Órganos Institucionales encargados de velar por el cumplimiento de las Normas del presente Código de Ética profesional del Contador Público son:&lt;br /&gt;a) El Comité de Ética Profesional.&lt;br /&gt;b) El Tribunal de Honor.&lt;br /&gt;c) El Consejo Directivo.&lt;br /&gt;El Comité de Ética Profesional es el órgano institucional encargado de evaluar, calificar, investigar y resolver en primera instancia administrativa las denuncias presentadas por infracción a las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;El Tribunal de Honor es el órgano institucional encargado de resolver los recursos impugnativos de apelación interpuestos contra las resoluciones emitidas por el Comité de Ética Profesional. Resuelven en segunda y última instancia administrativa y sus resoluciones tienen el carácter de definitivas; no siendo, en consecuencia, objeto de recurso impugnativo alguno.&lt;br /&gt;El Consejo Directivo es el órgano institucional encargado del cumplimiento de las resoluciones expedidas por el Comité de Ética Profesional y el Tribunal de Honor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICIONES FINALES&lt;br /&gt;El presente Código de Ética Profesional entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por la Asamblea General Extraordinaria de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, realizada en la ciudad de Ica los días 14 y 15 de junio de 2007; quedando derogadas las normas del Código del Ética Profesional anterior.&lt;br /&gt;Los Colegios de Contadores Públicos Regionales (Departamentales) adecuarán sus Estatutos y/o Reglamentos Internos a lo dispuesto en el artículo 54º del Presente Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores públicos del Perú, conformará una Comisión Nacional de Ética y Ejercicio Profesional integrada por Tres (03) Presidentes de los Comités Permanentes Normativos de Ética y Ejercicio Profesional, los mismos que serán designados por la Asamblea de los Consejos Macro regionales. Tendrán como función &lt;br /&gt;la difusión y supervisión del respeto y cumplimiento de las normas del Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DISPOSICION TRANSITORIA&lt;br /&gt;Los procesos que estuvieran en curso bajo las normas del Código de Ética Profesional anterior, deberán continuar bajo dichas normas hasta la culminación de los mismos. &lt;br /&gt;                                                   &lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO &lt;br /&gt;    &lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-1012069019158008266?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/1012069019158008266/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/etica.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/1012069019158008266'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/1012069019158008266'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/etica.html' title='CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO PERUANO'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8260269936003010923</id><published>2009-09-01T15:44:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:21:11.606-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Proteccion del Codigo de Etica'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Salvaguardas y Amenazas'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Cumplimiento del Codigo de Etica.'/><title type='text'>AMENAZAS Y SALVAGUARDAS AL CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO</title><content type='html'>AMENAZAS Y SALVAGUARDAS AL CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONTADOR PUBLICO, EN CONCORDANCIA CON EL  CODIGO DE ETICA DE LA IFAC.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En las circunstancias en que opera el Contador Público, podrían existir amenazas específicas en el cumplimiento de los principios fundamentales. Es imposible definir todas las situaciones que producen tales amenazas y especificar la acción mitigadora que sea apropiada. Además, la naturaleza de los contratos y trabajos asignados son variados y consecuentemente pueden existir distintas amenazas, requiriendo la aplicación de diversas salvaguardas.  El Marco Conceptual que requieren los Contadores Públicos para identificar, evaluar y direccionar tales amenazas para el cumplimiento de los principios fundamentales, debe favorecer al interés público, más allá de cumplir meramente con un conjunto específico de reglas que podrían ser arbitrarias. &lt;br /&gt;Ésta parte del Código proporciona un marco  conceptual,  para ayudar a los Contadores Públicos a identificar, evaluar y responder a las amenazas en el cumplimiento de los principios fundamentales. Si las amenazas identificadas no son claramente irrelevantes, el Contador Público debe, donde sea apropiado, aplicar salvaguardas para eliminar dichas amenazas o reducirlas a un nivel aceptable, donde no se vea comprometido el cumplimiento de los principios fundamentales. Si el contador público no puede adoptar las salvaguardas apropiadas debe declinar o suspender el servicio profesional específico involucrado, o cuando sea necesario desvincularse del cliente (en el caso de un contador público independiente) o de la entidad empleadora (en el caso de un contador público dependiente).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Muchas AMENAZAS recaen en las siguientes categorías:&lt;br /&gt;(a) Amenazas de beneficio personal, las cuales ocurren como resultado de intereses financieros u otros de un contador público o de sus familiares  más cercanos.&lt;br /&gt;(b)Amenazas de auto revisión, las cuales ocurren cuando un criterio previo necesita ser revaluado por el contador público responsable de ese criterio.&lt;br /&gt;(c)Amenazas de mediación, las cuales pueden ocurrir cuando un contador público apoya una posición u opinión a tal punto que su objetividad pueda verse comprometida. &lt;br /&gt;(d)Amenazas de familiaridad, las cuales podrían ocurrir cuando la relación es muy cercana, lo que puede determinar que el contador público se  vuelva muy comprensivo hacia los intereses de otros y pierde independencia mental; y &lt;br /&gt;(e)Amenazas de Intimidación, las cuales podrían ocurrir cuando un contador público puede ser disuadido de actuar objetivamente mediante amenazas, reales u evidenciables.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las SALVAGUARDAS que podrían eliminar o reducir tales amenazas a un nivel aceptable recae en las dos categorías siguientes:&lt;br /&gt;(a) Salvaguardas creadas por la profesión, legislación o   reglamentación; y &lt;br /&gt;(b) Salvaguardas en el ambiente laboral.&lt;br /&gt;a.- Las Salvaguardas creadas por la profesión, legislación o reglamentación incluyen, pero no están restringidas por: &lt;br /&gt;• Requerimiento para el ingreso a la profesión tales como educación,  formación y experiencia.&lt;br /&gt;• Requerimientos de desarrollo profesional continuo.&lt;br /&gt;• Regulaciones del Gobierno Corporativo.&lt;br /&gt;• Normas profesionales.&lt;br /&gt;• Supervisión profesional o reglamentaria y procedimientos disciplinarios.&lt;br /&gt;• Revisión externa por terceros legalmente autorizados, de los informes, rendimientos, comunicaciones e informaciones producidas por el contador público.&lt;br /&gt;Ciertas salvaguardas pueden incrementar la probabilidad de identificar o evitar un comportamiento anti ético. Tales salvaguardas, pueden ser creadas por la profesión contable, la legislación, reglamentación o un organismo empleador, podrán incluir, pero no se restringirán a: &lt;br /&gt;• Un sistema efectivo de quejas, bien publicitado, operado por el    organismo empleador, la profesión o el órgano regulador, que permita a los colegas, empleadores y público en general dirigir su atención hacia un comportamiento no profesional o anti ético.&lt;br /&gt;• El deber establecido explícitamente de informar sobre el incumplimiento de cualquier requerimiento ético.&lt;br /&gt;La naturaleza de las salvaguardas que se aplicaran variará dependiendo de las circunstancias. En el ejercicio del juicio profesional, un contador público podría concluir como inaceptables, que terceras partes prudentes e informados razonablemente, tengan conocimiento de toda la información relevante, incluyendo la importancia de las amenazas y de las salvaguardas aplicadas.&lt;br /&gt;b.- Las salvaguardas en el ambiente laboral, Las  salvaguardas en el ambiente laboral comprenden salvaguardas generales de la Firma y salvaguardas específicas para el  compromiso. Un contador público debe ejercer su juicio profesional para determinar cual es la mejor acción frente a una amenaza identificada. En el ejercicio del juicio profesional un contador público debe considerar a terceras partes razonables e informadas que, teniendo conocimiento de toda información relevante, incluyendo la importancia de la amenaza y las salvaguardas aplicadas, serían razonablemente aceptables. Estas consideraciones podrían estar afectadas por temas tales como la importancia de la amenaza, la naturaleza del  compromiso y la estructura de la Firma.&lt;br /&gt;Las  salvaguardas generales de la Firma en el ambiente laboral podrían incluir:&lt;br /&gt;• Liderazgo de la Firma que pone en relieve la importancia del cumplimiento con los principios fundamentales.&lt;br /&gt;• Liderazgo de la Firma que establece las expectativas que los miembros del equipo de aseguramiento actuarán  en favor del interés público.&lt;br /&gt;• Políticas y procedimientos para implementar y monitorear el control de calidad de los  compromisos.&lt;br /&gt;• Políticas documentadas respecto a la identificación de amenazas en el cumplimiento con los principios fundamentales, la evaluación de la importancia de éstas amenazas y la identificación y aplicación de las salvaguardas correspondientes para eliminarlas, o reducir aquellas que no sean claramente  insignificantes, a un nivel aceptable. &lt;br /&gt;• Las Firmas que realizan  compromisos de aseguramiento, deben documentar las políticas de independencia fundamentalmente respecto a la identificación de amenazas a la independencia, la evaluación de la importancia de estas amenazas y la evaluación y aplicación de salvaguardas para eliminar, o reducir las amenazas que no son claramente  insignificantes, a un nivel aceptable.&lt;br /&gt;• Políticas y procedimientos internos sobre el cumplimiento con los principios fundamentales, que deben estar debidamente documentados. &lt;br /&gt;• Políticas y procedimientos que permitan la identificación de intereses o relaciones entre la Firma o un miembro del equipo del  compromiso y los clientes.&lt;br /&gt;• Políticas y procedimientos para monitorear y, si fuera necesario, para administrar los ingresos recibidos de cada cliente.&lt;br /&gt;• Utilizar diferentes equipos de socios y de  compromisos con niveles de información separados para proporcionar servicios a clientes de aseguramiento y no-aseguramiento.&lt;br /&gt;• Políticas y procedimientos para prohibir a los individuos que nos sean miembros del equipo de aseguramiento que ejerzan una influencia inapropiada en el resultado del compromiso. &lt;br /&gt;• Comunicación oportuna de las políticas y procedimientos de la Firma, incluyendo cualquier cambio ocurrido, en el nivel de socios y de miembros del equipo de profesionales, así como del entrenamiento y enseñanza adecuada de dichas políticas y procedimientos.&lt;br /&gt;• Designación de un gerente senior para que se responsabilice de la supervisión y adecuado funcionamiento del sistema de control de calidad de la Firma.&lt;br /&gt;• Informar a los socios y al equipo técnico sobre aquellos clientes de confianza y las entidades relacionadas  con ellos sobre  los cuales debe mantenerse independencia.&lt;br /&gt;• Un mecanismo disciplinario que promueva el cumplimiento de las políticas y procedimientos. &lt;br /&gt;• Publicar las políticas y procedimientos para fomentar y autorizar al personal para comunicar a los niveles  superiores dentro de la firma cualquier tema relacionado con el cumplimiento con los principios fundamentales que concierne a cada uno.&lt;br /&gt;Las  salvaguardas para  compromisos específicos relacionados con el ambiente laboral podrían incluir:&lt;br /&gt;• Involucrar a un contador público adicional para revisar el compromiso realizado o de lo contrario tener  el asesoramiento necesario.&lt;br /&gt;• Consultar a terceras partes independientes, tales como a un Comité de Directores Independientes, a una institución profesional reguladora u otro contador público.&lt;br /&gt;• Discutir los asuntos éticos con aquellos funcionarios del cliente con jerarquía plena. &lt;br /&gt;• Revelar a aquellos funcionarios con jerarquía plena del cliente la naturaleza de  los servicios prestados y los montos de los honorarios acordados.&lt;br /&gt;• Involucrar a otra firma para que realice o vuelva a realizar parte del  compromiso.&lt;br /&gt;•    Rotar al personal sénior del equipo de aseguramiento. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;RESOLUCIÓN  ÉTICA  DE CONFLICTOS.-&lt;br /&gt;En la evaluación del cumplimiento de los principios fundamentales, un contador público podría requerir la resolución de un conflicto antes de la aplicación de los principios fundamentales.&lt;br /&gt;Al iniciar un proceso formal o informal de resolución de un conflicto, un contador público debe considerar, individualmente o junto con otros, como parte del proceso de resolución, lo siguiente:&lt;br /&gt;(a) Hechos importantes; &lt;br /&gt;(b) Aspectos éticos involucrados;&lt;br /&gt;(c) Principios fundamentales relacionados al tema en cuestión;&lt;br /&gt;(d) Procedimientos internos establecidos; y&lt;br /&gt;(e) Cursos de acción alternativos.&lt;br /&gt;Teniendo en cuenta estos puntos, un contador público debe determinar el curso de acción apropiado que sea consistente con los principios fundamentales identificados. También debe medir las consecuencias de cada curso de acción posible. Y si el tema permanece sin resolver, debe consultar con otra persona apropiada dentro de la firma o del organismo empleador, solicitando la ayuda correspondiente para llegar a una resolución.&lt;br /&gt;El contador público podría determinar que, bajo esas circunstancias, es mejor retirarse del equipo de trabajo del compromiso o asignado específicamente, o retirarse completamente del compromiso, de la firma o del organismo empleador.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.- LOS CONTADORES PÚBLICOS EN LA PRACTICA DE SERVICIOS INDEPENDIENTES EN FORMA PERSONAL O EN SOCIEDAD.&lt;br /&gt;Un contador público independiente no debe comprometerse con ningún negocio, ocupación o actividad que dañe o pueda dañar la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión y como consecuencia sea incompatible con la prestación de sus servicios profesionales.&lt;br /&gt;El cumplimiento de los principios fundamentales puede estar potencialmente amenazados por un amplio rango de circunstancias. Muchas de estas amenazas caen en las siguientes categorías:&lt;br /&gt;(a) Interés personal;  (b) Auto revisión;  c) Mediación; (d) Familiaridad;          (e) Intimidación.&lt;br /&gt;La naturaleza e importancia de las amenazas pueden diferenciarse dependiendo de si estas se originan en la prestación de servicios a un cliente de Auditoría de Estados Financieros, un cliente de aseguramiento que no sea de auditoría de estados financieros o un cliente que no sea de aseguramiento. &lt;br /&gt;Los ejemplos de circunstancias que podrían crear amenazas de Interés personal a un contador público en la  práctica independiente,  están  incluidos, pero no están limitados por:&lt;br /&gt;•     Un interés financiero en un cliente o mantener un conjunto de intereses financieros con un cliente.&lt;br /&gt;• Dependencia indebida de los honorarios totales de un cliente.&lt;br /&gt;• Tener una relación de negocios muy cercana con el cliente.&lt;br /&gt;• Preocupación acerca de la posibilidad de perder al cliente.&lt;br /&gt;• Empleo potencial  con un cliente.&lt;br /&gt;• Honorarios contingentes relacionados con un  compromiso de aseguramiento.&lt;br /&gt;•   Un préstamo de o para un cliente de aseguramiento o para alguno de sus directores o ejecutivos.&lt;br /&gt;Los ejemplos de circunstancias que podrían crear amenazas de auto revisión incluyen, pero no están limitadas por:&lt;br /&gt;• El descubrimiento de un error importante durante la re-evaluación del compromiso de un contador público independiente.&lt;br /&gt;• Información sobre una operación en el sistema financiero después de haber estado involucrado en su diseño o implementación.&lt;br /&gt;• Haber preparado los datos originales para ser utilizados en la generación de los registros que son objeto del  compromiso.&lt;br /&gt;• Un miembro del equipo de aseguramiento es o ha sido recientemente, director o funcionario del cliente.&lt;br /&gt;• Un miembro del equipo de aseguramiento es, o ha sido recientemente, empleado del cliente, en una posición que ejerce influencia directa e importante sobre el tema que  es objeto del  compromiso.&lt;br /&gt;• Prestar servicios a un cliente que afecte directamente al tema sujeto al compromiso de aseguramiento.&lt;br /&gt;Los Ejemplos de circunstancias que podrían crear amenazas de mediación, incluyen, pero no se limita a:&lt;br /&gt;• Promocionar la venta de acciones de una entidad que cotiza en bolsa que además es un cliente de auditoría de estados financieros.&lt;br /&gt;• Actuar como defensor en nombre de un cliente de aseguramiento en litigios o disputas con terceras partes.&lt;br /&gt;Los Ejemplos de circunstancias que podrían crear amenazas de familiaridad, incluyen, pero no están limitados a:&lt;br /&gt;• Algún miembro del equipo a cargo del  compromiso tiene relación familiar cercana o inmediata con un director o ejecutivo del cliente.&lt;br /&gt;• Algún miembro del equipo a cargo del  compromiso tiene relación familiar cercana o inmediata con un empleado del cliente que ejerce una influencia directa e importante sobre el tema  objeto del  compromiso.&lt;br /&gt;• Un antiguo socio de la firma es director o ejecutivo del cliente o un empleado en una posición que ejerza una influencia directa y significativa sobre el tema  objeto del  compromiso.&lt;br /&gt;• Aceptación de obsequios o de un trato preferencial del cliente, a menos que su valor sea claramente insignificante.&lt;br /&gt;• Una antigua asociación del personal senior con el cliente de aseguramiento.&lt;br /&gt;Los Ejemplos de circunstancias que podrían crear amenazas de intimidación incluyen, pero no están limitados a:&lt;br /&gt;• Ser amenazado con ser  despedido o  reemplazado  en las relaciones del  compromiso con el cliente.&lt;br /&gt;•    Ser amenazado con iniciar litigios.&lt;br /&gt;• Ser presionado para reducir inapropiadamente el alcance del compromiso para reducir los honorarios.&lt;br /&gt;Un contador público independiente también podría encontrar  ciertas circunstancias específicas que originan amenazas únicas en el cumplimiento con uno o más de los principios fundamentales. Tales amenazas únicas obviamente no pueden ser categorizadas. En una relación profesional o de negocios, un contador público independiente debe estar siempre alerta a dichas circunstancias y amenazas.&lt;br /&gt;Las  salvaguardas que podrían eliminar o reducir las amenazas a un nivel aceptable se clasifica en dos grandes categorías:&lt;br /&gt;(a) Salvaguardas creadas por la profesión, legislación o reglamentación,    y&lt;br /&gt;(b) Salvaguardas en el ambiente laboral.&lt;br /&gt;Dependiendo de la naturaleza del  compromiso, un contador público independiente puede confiar también en las salvaguardas que el cliente haya puesto en ejecución. Sin embargo, no es posible confiar solamente de tales salvaguardas para reducir las amenazas a un nivel aceptable.&lt;br /&gt;Las salvaguardas dentro de los sistemas y procedimientos del cliente pueden incluir las siguientes:&lt;br /&gt;• Cuando un cliente contrata los servicios de una firma independiente para realizar un  compromiso, las personas designadas para  dicho compromiso, que no sea de la gerencia, deben ser ratificadas o aprobadas.&lt;br /&gt;• El cliente cuente con empleados competentes con experiencia y antigüedad para tomar decisiones directivas. &lt;br /&gt;• El cliente ha implementado procedimientos internos que aseguran elecciones objetivas al encargar un  compromiso de no aseguramiento.&lt;br /&gt;• El cliente cuente con una apropiada estructura de gobierno corporativo que provee supervisión y comunicación apropiada respecto a los servicios que presta una firma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.1.- DESIGNACIÓN DEL PROFESIONAL.-  ACEPTACIÓN DEL CLIENTE.&lt;br /&gt;Antes de aceptar la relación con un nuevo cliente, un contador público independiente debe considerar si  esa aceptación podría crear alguna amenaza al cumplimiento  de los principios fundamentales. Podrían crearse amenazas potenciales a la integridad y al comportamiento profesional, por ejemplo, asuntos cuestionables relacionados con el cliente (propiedades, negocios y actividades). Asuntos del cliente que, si fueran conocidos, podrían amenazar el cumplimiento con los principios fundamentales incluyendo, por ejemplo, participación del cliente en actividades ilegales (tales como el lavado de dinero), deshonestidad o prácticas cuestionables de presentación de informes financieros. Cuando no sea posible reducir las amenazas a un nivel aceptable, un contador público independiente debe declinar iniciar una relación con el cliente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.2.  ACEPTACIÓN DEL COMPROMISO.-&lt;br /&gt;Un contador público independiente debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado. Antes de aceptar un  compromiso especifico con un cliente, un contador público independiente debe considerar si su aceptación podría crear alguna amenaza al cumplimiento con los principios fundamentales. Por ejemplo, existe la amenaza del interés personal que podría afectar a la competencia profesional y al debido cuidado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.3. CAMBIOS EN LA ACEPTACIÓN DEL COMPROMISO.- &lt;br /&gt;Un contador público independiente, a quien se le pide que reemplace a otro contador público independiente, o a quien se está considerando hacer una oferta para un  compromiso que actualmente está siendo asumido por otro contador público independiente, debe determinar si hay alguna razón, profesional o de otro tipo, para no aceptar el  compromiso, tal como alguna circunstancia que amenace el cumplimiento con los principios fundamentales. Por ejemplo, podría haber una amenaza a la competencia profesional y al debido cuidado, si un contador público independiente acepta el  compromiso antes de conocer todos los hechos pertinentes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.4.  SEGUNDA OPINIÓN.- &lt;br /&gt;En situaciones en que un contador público independiente, es solicitado para que emita una segunda opinión sobre la aplicación de normas o principios de contabilidad, auditoría, presentación de informes, otras normas o principios sobre circunstancias o transacciones especificas, por o en nombre de una compañía o entidad que no es su  cliente, podría dar lugar a amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Por ejemplo, tales amenazas podrían afectar a la competencia profesional y al debido cuidado, en circunstancias en que la segunda opinión no estaría basado en el mismo conjunto de hechos que estuvieron disponibles al contador, o están basados en evidencias inadecuadas. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2. 5.  HONORARIOS Y OTROS TIPOS DE REMUNERACIONES.- &lt;br /&gt;Cuando se negocian los servicios profesionales, un contador público independiente podrá cotizar sus honorarios como lo estime apropiado. El hecho de que un contador público independiente pueda cotizar sus honorarios menos que otro no es propiamente anti ético. Sin embargo, podría producir amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales que surjan del nivel de honorarios establecidos. Por ejemplo, se crea una amenaza de interés personal a la competencia profesional y al debido cuidado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.6.  COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES.-&lt;br /&gt;Cuando un contador público independiente, solicita trabajo mediante publicidad u otras formas de comercialización, podrían estar afectado por amenazas potenciales al cumplimiento de los principios fundamentales. Por ejemplo, se crean amenazas al interés propio y al cumplimiento del principio de conducta profesional, si los servicios, los logros o los productos, son comercializados de una manera inconsistente con aquellos principios. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.7.  CUSTODIA DE ACTIVOS DE CLIENTES.-&lt;br /&gt;Un contador público independiente, no debe asumir la custodia de dinero, valores  y u otros activos de un cliente, a menos que le sea permitido por la ley y, si fuera así, se estaría dando cumplimiento a un deber legal impuesto al contador público independiente, para manejar dichos activos. La tenencia de activos de un cliente crea amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales; por ejemplo, existe una amenaza al interés propio y a la conducta profesional que podría amenazar a la objetividad, por la tenencia de activos de un cliente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.8.  OBJETIVIDAD EN TODO SERVICIO.-&lt;br /&gt;Un contador público independiente, debe considerar si existen amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales a la objetividad al prestar sus servicios profesionales, tales como, el tener intereses en, o relaciones con, un cliente o sus directores, gerentes o empleados. Por ejemplo, una amenaza sobre la confianza a la objetividad de un hecho, podría ser creada por un familiar o una persona muy cercana o por relación de negocios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.9.  INDEPENDENCIA, COMPROMISOS DE ASEGURAMIENTO.-&lt;br /&gt;En caso de que un compromiso de aseguramiento sea de interés público, se requiere que los miembros del equipo de aseguramiento, de la firma y, cuando sea aplicable, de la red de firmas, sean independientes del cliente de aseguramiento. Los compromisos de aseguramiento están diseñados para incrementar el grado de confianza de los usuarios esperados sobre los resultados de la evaluación o medición del tema en cuestión en contra de los criterios.  En un compromiso de aseguramiento, el contador público en el ejercicio público, expresa una conclusión. Esta conclusión está  diseñada para incrementar el grado de confianza de los usuarios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.10.  ENFOQUE CONCEPTUAL DE LA INDEPENDENCIA.- &lt;br /&gt;Los miembros del equipo de aseguramiento, de firmas y de la red de firmas, deben considerar la aplicación del marco conceptual para identificar las relaciones de los miembros del equipo de aseguramiento, de la firma, y de la red de firmas, con el cliente del aseguramiento, y considerar si las relaciones entre los individuos que no pertenecen al equipo de aseguramiento y al cliente de aseguramiento, podrían crear amenazas a la independencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.11. DISPOSICIONES APLICABLES  A CLIENTES DE ASEGURAMIENTO.&lt;br /&gt;Si un miembro del equipo de aseguramiento, o un miembro de su familia inmediata, tiene un interés financiero en un cliente de aseguramiento, la amenaza de interés personal creado sería tan importante que las únicas salvaguardas disponibles para eliminarla o reducirla a un nivel aceptable seria eliminar el interés financiero directo antes de que la persona se vuelva miembro del equipo de aseguramiento. Por ejemplo, una herencia, un regalo, o como resultado de una fusión de negocios, un interés financiero directo o indirecto de importancia de un cliente de aseguramiento, podría crear una amenaza de interés personal a la independencia. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.12.  DISPOSICIONES APLICABLES A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Si una Firma, o la red de Firmas, tienen un interés financiero en un cliente de auditoría de estados financieros, las amenazas de interés personal creadas serían tan importantes que ninguna salvaguarda podrían reducir las amenazas a un nivel aceptable. La disposición del interés financiero sería la única acción apropiada para permitir a la Firma realizar el trabajo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.13. DISPOSICIONES APLICABLES A CLIENTES DE ASEGURAMIENTO QUE NO SEAN DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Si una Firma tiene un interés financiero directo en un cliente de aseguramiento que no sea auditoría de estados financieros, la amenaza al interés personal creada sería tan importante que ninguna salvaguarda podría reducirla a un nivel aceptable. En consecuencia, la disposición del interés financiero sería la única acción apropiada para permitir a la Firma realizar el compromiso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.14.  CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS QUE COTIZAN EN LA BOLSA DE VALORES.&lt;br /&gt;Usar el mismo socio encargado de un compromiso o la misma persona encargada del “Compromiso de Revisión del Control de Calidad” en una auditoría de estados financieros, durante un periodo prolongado, puede crear una amenaza a la familiaridad o confianza. Esta amenaza es particularmente importante en el contexto de la auditoria de los estados financieros de una entidad que cotiza en la bolsa de valores, se deben aplicar las salvaguardas necesarias, en tales situaciones, para reducir tal amenaza a un nivel aceptable. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.15.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS DE NO ASEGURAMIENTO A CLIENTES DE ASEGURAMIENTO.&lt;br /&gt;Las Firmas tienen disposiciones tradicionales para sus clientes de aseguramiento y clasifica sus servicios de no-aseguramiento para que sean compatibles con sus habilidades y experiencia. Los clientes valoran los beneficios que derivan de tener a estas Firmas, por que tienen mejor conocimiento de sus negocios, aplican sus conocimientos y habilidades, y pueden responsabilizarse de otras áreas. Además, las disposiciones tradicionales de los servicios de no-aseguramiento dan siempre un buen resultado a que el equipo de aseguramiento obtenga la información apropiada respecto a los negocios y operaciones del cliente de aseguramiento, lo cual es muy provechoso para realizar el compromiso de aseguramiento. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.16. PREPARACIÓN DE REGISTROS CONTABLES Y ESTADOS FINANCIEROS. &lt;br /&gt;Asistir a un cliente de auditoría de estados financieros en temas tales como preparación de registros contables o estados financieros podría constituir pérdida de independencia en caso de que los estados financieros sean auditados posteriormente por la Firma. Por consiguiente, el personal de la Firma no debería proveer tal ayuda. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.17.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS DE IMPUESTOS A UN CLIENTE DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.  &lt;br /&gt;En muchas jurisdicciones, la Firma puede ser solicitada para prestar servicios de impuestos a un cliente de auditoría de estados financieros. Los servicios de impuestos comprenden una amplia gama de situaciones, incluyendo el cumplimiento de normas tributarias, planeamiento tributario, asesoramiento tributario y asistencia en la solución de impugnaciones tributarias. En general tales servicios no se consideran que amenazan a la independencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.18.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS DE AUDITORIA INTERNA A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Se podría crear una amenaza de auto revisión cuando una Firma, o red de Firmas, prestan servicios de auditoría interna a un cliente de auditoría de estados financieros. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.19.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS DE TECNOLOGÍA INFORMÁTICA A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS. &lt;br /&gt;La prestación de servicios por la Firma o la red de Firmas, a un cliente de auditoría de estados financieros, que involucre el diseño y puesta en marcha de un sistema de tecnología informática de información financiera que serán usados para generar información que forme parte de los estados financieros de un cliente, puede crear una amenaza de auto revisión a menos que se hayan adoptado las salvaguardas apropiadas y sean puestas en práctica, asegurándose de que el cliente de auditoría reconozca su responsabilidad para establecer y monitorear el sistema de control interno.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.20.  DESIGNACIONES DE PERSONAL TEMPORAL A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS. &lt;br /&gt;Las  designaciones de personal de una Firma, o la red de Firmas, a un cliente de auditoría de estados financieros puede crear amenazas de auto revisión, cuando la persona esta en posición de influir en la preparación de las cuentas de los estados financieros del cliente. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.21.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS DE APOYO EN LITIGIOS A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Los servicios de apoyo en litigios podrían incluir actividades como actuar como testigo pericial, calcular indemnización por daños y perjuicios aproximados u otras cantidades que pueden ser cuentas por cobrar o pagar que provienen de un litigio o disputas legales, y ayudar a la alta dirección a documentarlo y a su recuperación, todo lo relacionado con la disputa o el litigio. Una amenaza de auto revisión puede ser creada cuando los servicios prestados de soporte en el litigio, a un cliente de auditoría de estados financieros, incluyó la estimación de un posible resultado que afecte las cantidades y revelaciones que han sido reflejados en los estados financieros. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.22.  DISPOSICIONES PARA PRESTAR SERVICIOS LEGALES A CLIENTES DE AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Los servicios legales abarcan una amplia gama y diversos rangos de áreas, incluyendo los servicios corporativos y comerciales a clientes, tales como contratos de asesoramiento, en litigios, en fusiones, en dar consejos para las adquisiciones y mantenimientos de equipos, y para la prestación de asistencia al departamento legal del cliente. La prestación de servicios legales por una Firma, o la red de Firmas, a una entidad que sea un cliente de auditoría de estados financieros, podría causar amenazas de auto revisión y a la defensa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.23.  CONTRATACIÓN DE ADMINISTRADORES EJECUTIVOS.&lt;br /&gt;La contratación de administradores ejecutivos para un cliente de aseguramiento, que puedan afectar  la información de tema en cuestión del compromiso de aseguramiento, podría crear amenazas, actuales o futuras, al interés personal, a la familiaridad y a la intimidación. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.24.  FINANZAS CORPORATIVAS Y ACTIVIDADES SIMILARES.&lt;br /&gt;La prestación de servicios de finanzas corporativas, asesoría o asistencia a un cliente de aseguramiento, podría causar amenazas a la mediación y de la auto revisión. En el caso de ciertos servicios de finanzas corporativas, las amenazas a la independencia creadas podrían ser tan importantes que ninguna salvaguarda podría aplicarse para reducirlas a un nivel aceptable. Por ejemplo, promocionar, realizar transacciones, o financiar la compra venta de acciones del cliente del aseguramiento no es compatible con prestar servicios de aseguramiento. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.25.  HONORARIOS Y PRECIOS.&lt;br /&gt;Cuando los honorarios totales acordados con un cliente del aseguramiento, representan una proporción importante de los honorarios totales de una Firma, la dependencia sobre ese cliente o grupo de clientes y la preocupación sobre la posibilidad de perder el cliente podría crear amenazas al interés personal. Una amenaza al interés personal también podría crearse cuando los honorarios generados por el cliente del aseguramiento representan una proporción importante del ingreso de un socio individual. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.26.  OBSEQUIOS Y HOSPITALIDAD.&lt;br /&gt;Aceptar obsequios y hospitalidad de un cliente de aseguramiento, puede crear amenazas a la independencia y  no podrán ser reducidas a un nivel aceptable con ninguna salvaguarda aplicada. Por consiguiente, una Firma o un miembro del equipo de aseguramiento no debe aceptar tales obsequios u hospitalidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.27.  LITIGIOS ACTUALES O AMENAZAS DE LITIGIOS.&lt;br /&gt;Cuando existe un litigio, o parece ser probable que ocurra, entre la Firma o un miembro del equipo del aseguramiento y el cliente de aseguramiento, podrían crearse amenazas al interés personal o a la intimidación. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.-  LOS CONTADORES  PÚBLICOS EN  SERVICIOS  DEPENDIENTES.-&lt;br /&gt;Los Contadores  Públicos en  las empresas pueden ser   individual o conjuntamente, responsables de la preparación del informe financiero y de otras informaciones, cuyas organizaciones empleadoras y terceras partes  pueden realmente confiar en ellos.  También pueden ser  responsables de proporcionar  asesoramiento efectivo y competente sobre administración financiera  y algunos temas relacionados con  las empresas. Un contador  público en  la empresa podría ser un empleado asalariado, un socio, director (ejecutivo o no), un propietario administrador, un voluntario u otro trabajador para una  o más  organizaciones empleadoras. La forma legal de relacionarse con la organización empleadora, si existiera,  no  tiene relación con las responsabilidades éticas, las cuales son obligatorias para el contador  público en  la empresa. Un contador  público en  las empresas tiene la responsabilidad adicional de promover  los propósitos legítimos de su organización empleadora.  &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.1.  CONSULTAS A OTRO CONTADOR  PÚBLICO.&lt;br /&gt;En circunstancias donde el contador  público en  la empresa crea  que el comportamiento poco ético o las acciones  de terceros podrían continuar ocurriendo dentro de la organización empleadora, el contador  público en  la empresa debe considerar la necesidad de solicitar consejo legal. En esas situaciones extremas, donde todas las salvaguardas disponibles han sido agotadas y no es posible reducir las amenazas a un nivel aceptable, un contador  público en  la empresa podría llegar a la conclusión de que sería apropiado renunciar a la organización empleadora.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.2.  CONFLICTOS POTENCIALES. &lt;br /&gt; El contador  público de  una empresa tiene la  obligación profesional  de obedecer los principios fundamentales. Sin embargo, a veces puede ocurrir  que sus responsabilidades con la organización empleadora y las obligaciones  profesionales   de obedecer los principios fundamentales  estén en conflicto. Normalmente, un contador  público en  la empresa debe respaldar los objetivos legítimos y éticos establecidos por el empleador, y las reglas y  procedimientos a favor de esos objetivos. Sin embargo,  cuando el acatamiento  de los principios fundamentales  sea amenazado, el contador  público en  la empresa debe considerar una respuesta   a tales circunstancias. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.3.  PREPARACIÓN Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN.&lt;br /&gt;Los contadores  públicos en  las empresas, están frecuentemente involucrados en la preparación y divulgación de  información que podrían hacerse pública  o ser usada  por terceros dentro o fuera de la organización empleadora. Un contador  público en  la empresa debe preparar o presentar tal información de manera precisa, sincera, oportuna y con independencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.4.  EXPERIENCIA SUFICIENTE.&lt;br /&gt;El principio fundamental de la competencia  profesional y el debido cuidado   requiere que un contador  público en  la empresa  sólo deba  emprender  tareas importantes, para las cuales tiene o puede obtener  suficiente entrenamiento específico o  experiencia técnica&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.5.  INTERESES FINANCIEROS.&lt;br /&gt;Los contadores  públicos en  las empresas podrían tener interés financiero o podrían conocer el interés financiero de miembros familiares cercanos, que podrían, en ciertas circunstancias, aumentar las amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales. Por ejemplo, amenazas   de  interés personal a la objetividad o a la confidencialidad, que podrían crearse a través de la existencia de un motivo y oportunidad para manipular información sobre los precios para obtener ganancias financieras. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;3.6.  ESTÍMULOS.&lt;br /&gt;Un contador público en la empresa o un miembro familiar cercano o inmediato podrían recibir una oferta atractiva. Las ofertas atractivas podrían tener varias formas, incluyendo obsequios, hospitalidad, trato preferencial y atraer inapropiadamente para hacer amistad o prestar lealtad. Las ofertas o incentivos, pueden crear las amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8260269936003010923?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8260269936003010923/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/amenazas-y-salvaguardas-al-codigo-de.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8260269936003010923'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8260269936003010923'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/09/amenazas-y-salvaguardas-al-codigo-de.html' title='AMENAZAS Y SALVAGUARDAS AL CODIGO DE ETICA DEL CONTADOR PUBLICO'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8826663990896131206</id><published>2009-08-17T14:14:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:21:58.914-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='OCI.'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='El Auditor'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Auditoria'/><title type='text'>AUDITORIA  INTERNA</title><content type='html'>La Auditoría es una función privativa del Contador Público Colegiado, y su ejercicio esta sujeto a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), aprobadas en los diferentes Congresos Nacionales de la Profesión.&lt;br /&gt;La Auditoría Interna, es una variante especializada de la Auditoría General, aplicada a una determinada Entidad, y es entendida como la acción para el logro y superación de los objetivos y metas trazadas por la organización.&lt;br /&gt;La Auditoría Interna es una herramienta de gestión que apoya a la alta Dirección de la Entidad, calificando y evaluando el grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economicidad con que se manejan los recursos institucionales, así como el cumplimiento de las normas legales y los lineamientos de política y planes de acción, evaluando ademas la eficiencia de los sistemas administrativos y de control, para de esta manera coadyuvar al logro de los propósitos fundamentales de la organización.&lt;br /&gt;La Auditoría Interna, tiene como función fundamental detectar en forma oportuna los errores, irregularidades y desviaciones para evaluarlas y recomendar las medias correctivas inherentes a cada caso.&lt;br /&gt;La Auditoría Interna evalúa los resultados obtenidos en un período considerándolos en función a la efectividad, eficiencia y economía, de los cuales depende la productividad de la Entidad.&lt;br /&gt;La Auditoría Interna y los Exámenes Especiales en la Entidad Estatal, se realizan aplicándo las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), y las Normas de Auditoría Gubernamental (NAGU), y vienen a constituir el Control Interno Posterior que es ejecutado por el Organo de Auditoría Interna de la Entidad.&lt;br /&gt;El proceso de la Auditoría Interna comprende las etapas de: Planificación, Ejecución y Elaboración del Informe. Se inicia con la formulación del respectivo Programa o Plan de Trabajo y culmina con la remisión del Informe al Titular de la Entidad y un ejemplar a la Contraloría General de la República.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS.-&lt;br /&gt;La Auditoría Interna, tiene como objetivos principales:&lt;br /&gt;1. Apoyar a la alta Dirección de la Entidad, en sus esfuerzos por promover el mejoramiento de la gestión, la eficiencia operacional y la adhesión a las políticas que se señalen.&lt;br /&gt;2. Propiciar que la ejecución de sus acciones se ajuste al ordenamiento legal normativo que regula el funcionamiento de la entidad.&lt;br /&gt;3. Comprobar que el manejo de los recursos humanos, materiales y/o financieros, se ejecute en términos eficientes, eficaces y económicos, así como, que las metas y objetivos de la organización se cumplan con efectividad.&lt;br /&gt;4. Promover la existencia y funcionamiento de controles internos contables y administrativos que permita la protección de los recursos y/o bienes institucionales y que permita contar con información contable, suficiente, pertinente y oportuna.&lt;br /&gt;5. Propiciar el autocontrol y promover la probidad administrativa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;FUNCIONES.-&lt;br /&gt;La Auditoría Interna cumple las siguientes funciones:&lt;br /&gt;1.- Evaluar en forma permanente, el funcionamiento de los controles internos establecidos por la Administración y recomendar las medidas que signifiquen mejorar su efectividad. Lo anterior, puede derivar en una evaluación general del sistema de control interno y/o de áreas específicas, e incluso, de aspectos constitutivos del control, como la organización, los procedimientos, los métodos, los sistemas de información y el personal.&lt;br /&gt;2.- Examinar el grado de cumplimiento de los objetivos y políticas, así como, las metas de corto, mediano y largo plazo, señalados por la Dirección Superior y/o que emanen del proceso de planificación pertinente. Para cumplir este propósito, es fundamental que las directivas se encuentren claramente establecidas, con la existencia de un sistema de información confiable, que permita conocer oportunamente los avances y ejecuciones.&lt;br /&gt;3. Evaluar, cualitativa y cuantitativamente, los medios y formas de generación de información para el proceso de toma de decisiones.&lt;br /&gt;4. Determinar el grado de economía y eficiencia con que se utilizan los recursos de la entidad, considerando aspectos técnicos, criterios económicos, sociales y culturales existentes.&lt;br /&gt;5. Promover la adopción de instrumentos de autocontrol (metas, indicadores, etc.) en las unidades operativas de la organización de la entidad.&lt;br /&gt;6. Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, registro y control, que generen resultados oportunos y veraces.&lt;br /&gt;7. Establecer el grado de implementación de las medidas preventivas y/o correctivas provenientes de las evaluaciones realizadas (auditorías anteriores).&lt;br /&gt;8. Desarrollar las funciones de supervisión y auditoría prescritas en el Plan anual, y elaborar los informes respectivos y hacer llegar al Titular de la entidad, y un ejemplar a la Contraloría General de la República.&lt;br /&gt;9. Analizar la percepción externa (público, etc.) mediante un estudio y seguimiento de quejas o denuncias que incidan en el funcionamiento de la entidad, sobre aspectos que se espera que la entidad deba realizar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRINCIPIOS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;El Principio de Auditoría, es una verdad fundamental, osea la principal ley y doctrina.&lt;br /&gt;Los Principios de la Auditoría son las verdades o doctrinas básicas que indican los objetivos de la Auditoría y sugieren la forma en que se alcanzan los mismos.&lt;br /&gt;Las Normas de Auditoría, son los requisitos relativos a la personalidad del Auditor y al trabajo que desempeña, que se derivan de la naturaleza profesional de su actividad en la Auditoría y de sus características específicas. Entre estas tenemos las Normas Personales, Las Normas relativas a la ejecución del trabajo, y las Normas relativas a la Información y el Dictamen.&lt;br /&gt;Los Procedimientos de Auditoría, son los pasos a seguir en el desarrollo mismo de la Auditoría y estos deben ser planificados con anticipación pero no perdiendo su nivel de flexibilidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;DIFERENCIAS ENTRE AUDITORIA Y CONTROL.-&lt;br /&gt;Las diferencias que podemos anotar entre la Auditoría y el Control, son las siguientes:&lt;br /&gt;1.- La Auditoría es un examen, evaluación, estudio, revisión o investigación.&lt;br /&gt;El control es un plan de organización que suministra una división conveniente de la responsabilidad funcional.&lt;br /&gt;2.- La Auditoría es sistemática y planeada.&lt;br /&gt;El control es un sistema de autorizaciones y procedimientos adecuados que suministre un control razonable sobre los activos, pasivos, ingresos y egresos.&lt;br /&gt;3.- La Auditoría está dirigida por un Contador Público Colegiado.&lt;br /&gt;El control esta dado por la Gerencia de la empresa.&lt;br /&gt;4.-La Auditoría es objetiva e independiente.&lt;br /&gt;El control son todas las medidas coordinadas dentro de la entidad.&lt;br /&gt;5.- La Auditoría se efectúa con el fin de llegar a una conclusión o formar una opinión sobre la confiabilidad de lo examinado.&lt;br /&gt;El control son prácticas sòlidas que deben seguirse en el desempeño de las funciones de cada una de las operaciones de la entidad.&lt;br /&gt;6.- La Auditoría es un examen que ocurre después de llevado a cabo las transacciones.&lt;br /&gt;El control se lleva a cabo en el transcurso de las operaciones que efectúa la entidad.&lt;br /&gt;7.- La Auditoría esta muy relacionada con el control porque en base a ella se puede determinar la confiabilidad que se va a depositar en él al momento del examen.&lt;br /&gt;8.- La Auditoría nos permite medir el logro de las metas programadas determinando si han sido obtenidas de manera eficaz y eficiente.&lt;br /&gt;El control es un sistema por el cual se hace efectiva la administración de la entidad.&lt;br /&gt;9.- La Auditoría es la herramienta importante del Sistema Nacional de Control.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR EN EL ASPECTO LEGAL.-&lt;br /&gt;El Auditor antes de iniciar un trabajo profesional debe suscribir un Contrato por escrito, mediante el cual pacta el tipo de servicios que se compromete a prestar a un cliente, en este contrato se debe especificar la tarea a realizar, el tiempo para efectuarlo, los honorarios profesionales y su forma de pago, etc.&lt;br /&gt;El problema de la responsabilidad legal de un Auditor, se puede presentar por lo siguiente:&lt;br /&gt;1.- Responsabilidad por incumplimiento de contrato.&lt;br /&gt;2.- Responsabilidad por negligencia y fraudes.&lt;br /&gt;3.- Responsabilidad bajo las leyes de valores bursátiles.&lt;br /&gt;4.- Responsabilidad ante los Accionistas.&lt;br /&gt;5.- Responsabilidad por los Estados Financieros.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EL ORGANO DE AUDITORIA INTERNA.-&lt;br /&gt;Es la Oficina de Control Interno de la Entidad, responsable de la fiscalización de sus operaciones económicas, financieras y administrativas.&lt;br /&gt;Depende jerárquicamente del Titular de la Entidad o Alta Dirección, y funcionalmente de la Contraloría General de la República.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;FUNCIONES DEL ORGANO DE AUDITORIA INTERNA.-&lt;br /&gt;El Organo de Auditoría Interna de la Entidad tiene como Objetivos:&lt;br /&gt;1.- Evaluar la correcta utilización de los recursos públicos, verificándo el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.&lt;br /&gt;2.- Determinar la razonabilidad de la Información Financiera.&lt;br /&gt;3.- Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos, con relación a los recursos asignados y al cumplimiento de los Planes y Programas aprobados por la Entidad.&lt;br /&gt;4.- Recomendar medidas para promover mejoras en la gestión de la Entidad.&lt;br /&gt;5.- Fortalecer el Sistema de Control Interno de la Entidad.&lt;br /&gt;6.- Asesorar a los diferentes órganos de la Entidad, en lo que le corresponde.&lt;br /&gt;7.- Realizar Auditorías y Exámenes Especiales a la Entidad, a fin de recomendar las medidas correctivas pertinentes.&lt;br /&gt;8.- Verificar la aplicación de dispositivos legales, sobre programación, ejecución y evaluación del Presupuesto de la Entidad.&lt;br /&gt;9.- Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo de corto y mediano plazo.&lt;br /&gt;10- Efectuar el seguimiento de los procesos administrativos, para dar cumplimiento a las normas legales pertinentes.&lt;br /&gt;11- Planificar y efectuar exámenes de control en los asuntos administrativos de la Entidad.&lt;br /&gt;12.- Efectuar el seguimiento y evaluación de la aplicación de las medidas correctivas a efecto de superar las observaciones anotadas en acciones de control anteriores.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;RESPONSABILIDAD DEL OAI.-&lt;br /&gt;El Organo de Auditoría Interna, es responsable de:&lt;br /&gt;1.- Planificar, programar y ejecutar exámenes y evaluaciones posteriores de las actividades de la entidad, en sus aspectos presupuestario, económico, financiero, patrimonial, normativo, operacional y de gestión, ejerciendo un control integral e integrado fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia.&lt;br /&gt;2.- Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de Control Interno incorporado a la organización de la entidad, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ACCIONES DEL OAI.-&lt;br /&gt;El Organo de Auditoría Interna, debe cumplir las siguientes acciones:&lt;br /&gt;1.- Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna, de acuerdo a las Normas Generales de Control Interno y la Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.&lt;br /&gt;2.- Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.&lt;br /&gt;3.- Remitir el Plan Anual de Auditoría Interna al máximo organismo de la entidad para su discusión y luego a la Contraloría General de la República para su aprobación final.&lt;br /&gt;4.- Participar en la definición de normas y procedimientos a efecto de establecer en acuerdo con la alta Dirección de la entidad, el Sistema de Control Interno y posteriormente efectuar su seguimiento.&lt;br /&gt;5.- Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.&lt;br /&gt;6.- Verificar el cumplimiento de políticas, programas y proyectos de investigación, formación superior, capacitación y documentación e información.&lt;br /&gt;7.- Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, financieros, y legales.&lt;br /&gt;8.- Verificar si las operaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.&lt;br /&gt;9.- Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información contable y los estados financieros.&lt;br /&gt;10.- Determinar la precisión de las registraciones y las medidas de resguardo tomadas para protegerlo.&lt;br /&gt;11.- Realizar informes periódicos al Titular de la Entidad, sobre las auditorías y otros controles practicados, y en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.&lt;br /&gt;12.- Remitir un ejemplar de los informes y auditorías realizadas a la Contraloría General de la República.&lt;br /&gt;13.- Remitir informes al Titular de la entidad y a la Contraloría General de la República sobre el seguimiento a las recomendaciones y observaciones realizadas en anteriores exámenes.&lt;br /&gt;14.- Informar sobre los temas que el Directorio y la Contraloría General de la República lo requieran.&lt;br /&gt;15.- Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.&lt;br /&gt;16.- Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ACCIONES EN LA AUDITORIA OPERACIONAL.-&lt;br /&gt;•Asistir en la formulación de la planificación global y anual, y de las auditorías especificas en materia de control de la gestión operacional de las políticas, programas y proyectos desarrollados por la Entidad.&lt;br /&gt;•Proponer normas y procedimientos en materia de control interno orientadas a garantizar la aplicación de los principios de eficacia, eficiencia y economía en la gestión de las políticas, programas y proyectos de investigación, formación superior, capacitación y documentación e información, efectuando el seguimiento posterior a su adopción.&lt;br /&gt;•Ejecutar auditorías de desempeño operacional de acuerdo con el Plan Anual de Auditoría, programando la aplicación de los métodos y procedimientos más adecuados en cada caso.&lt;br /&gt;•Elaborar informes sobre las actividades desarrolladas, formulando recomendaciones y/u observaciones y efectuando el seguimiento y verificación de las correcciones.&lt;br /&gt;•Tomar parte en la definición de normas y procedimientos del sistema de control interno, y posteriormente efectuar su seguimiento.&lt;br /&gt;•Coordinar las acciones de auditoría implementadas, supervisando la aplicación del modelo de control integral e integrado de las actividades de la entidad en sus aspectos presupuestario, económico, financiero, patrimonial, operacional y de gestión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ACCIONES EN LA AUDITORIA FINANCIERA.-&lt;br /&gt;•Asistir en la formulación de la planificación global y anual y de las auditorías específicas en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.&lt;br /&gt;•Proponer normas y procedimientos en materia de control interno de compras y contrataciones, personal, ejecución presupuestaria, tesorería, registración contable, bienes inmuebles y equipos, producción y existencia de materiales, y mantenimiento y reparaciones, efectuando el seguimiento posterior a su adopción.&lt;br /&gt;•Ejecutar auditorías financieras de acuerdo con el Plan Anual de Auditoría, programando la aplicación de los métodos y procedimientos más adecuados en cada caso.&lt;br /&gt;•Elaborar los informes sobre las actividades desarrolladas, formulando recomendaciones y/u observaciones y efectuando el seguimiento y verificación de las mismas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8826663990896131206?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8826663990896131206/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/memoria-de-gestion-institucional-2004.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8826663990896131206'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8826663990896131206'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/memoria-de-gestion-institucional-2004.html' title='AUDITORIA  INTERNA'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' 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el registro y la interpretación de las situaciones económicas que se presentan en las empresas, originadas por los diferentes cambios de su patrimonio.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD.- &lt;br /&gt;La Contabilidad es de suma importancia en el mundo de los negocios, ya que sirve como termómetro para medir la mala o la buena gestión que se haya realizado en la empresa, la misma que se refleja, al finalizar el ejercicio económico, mediante el resultado que se haya obtenido.&lt;br /&gt;La Contabilidad como ciencia, nace en 1494 en Génova-Italia, cuando Lucas Pacciolo publica su obra titulada" La Teoría Matemática de la Partida Doble en Sumas Aritméticas y Geométricas", y enuncia por primera vez el principio fundamental de la Contabilidad y de la Partida Doble, cuando dice: " No hay Deudor sin Acreedor, ni Acreedor sin Deudor".&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CLASIFICACION DE LA CONTABILIDAD.-&lt;br /&gt;La Contabilidad se clasifica en dos grandes grupos:&lt;br /&gt;- CONTABILIDAD PRIVADA.- Es aquella que tiene por objeto el registro y control de las operaciones que realizan las empresas de propiedad particular. Las empresas privadas a su vez pueden ser de Personas Naturales y de Personas Jurídicas. &lt;br /&gt;Las empresas de personas naturales, son aquellas cuya propiedad depende de una sola persona.&lt;br /&gt;Las Empresas de personas jurídicas, son aquellas cuya propiedad depende de dos o más personas.&lt;br /&gt;La Contabilidad Privada, se sub-divide en:&lt;br /&gt;a.- Contabilidad Comercial.- Es aquella que controla las operaciones que realizan las empresas dedicadas a la compra-venta de un producto o artículo determinado.&lt;br /&gt;b.- Contabilidad Industrial o de Costos.- Es la que controla las operaciones de las empresas dedicadas a la transformación de la materia prima en productos elaborados.&lt;br /&gt;C.- Contabilidad de Empresas Extractivas.- Es aquella que tiene por objeto el control de las operaciones realizadas por las empresas que explotan algún bien existente en la naturaleza para realizar su actividad económica.&lt;br /&gt;D.- Contabilidad de Servicios.- Es aquella cuyo objeto es el control de las operaciones de las empresas dedicadas a la prestación de servicios.&lt;br /&gt;E.- Contabilidad Bancaria o de Seguros.- Es la que controla las operaciones realizadas por las entidades bancarios o las entidades aseguradoras, mediante la prestación de sus servicios.&lt;br /&gt;- CONTABILIDAD PUBLICA.- Esta Contabilidad tiene como objetivo el control y registración de las operaciones efectuadas por las entidades del sector publico nacional.&lt;br /&gt;La Contabilidad Pública, llamada también Gubernamental se basa en un plan de cuentas especial que sirve para controlar las operaciones realizadas por las entidades estatales mediante la utilización del Presupuesto de Ingresos y Egresos dados por el Gobierno Central. &lt;br /&gt;La Contabilidad puede tener una tercera clasificación, que se conoce como CONTABILIDAD MIXTA, que controla las operaciones de las empresas para-estatales, osea aquella que tiene una parte de su capital privado y la otra parte del capital del Estado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRINCIPIOS GENERALES DE LA CONTABILIDAD.-&lt;br /&gt;Los Principios Generales en los que se basa la Contabilidad son:&lt;br /&gt;1. - EQUIDAD.- Es el principio que debe aplicar el Contador en todo momento, y es la igualdad en el trato a todos los que intervienen en la operación.&lt;br /&gt;2.- PARTIDA DOBLE.- Es la ecuación contable que se aplica con la intervención del deudor y del acreedor.&lt;br /&gt;3.- ENTE.- Viene a constituir la empresa, donde los propietarios son considerados como terceros.&lt;br /&gt;4. - BIENES ECONOMICOS.- Son los bienes materiales e inmateriales que poseen valor económico.&lt;br /&gt;5. - MONEDA COMUN DENOMINADOR.- Es la representación monetaria del País.&lt;br /&gt;6. - EMPRESA EN MARCHA.- Es cuando la empresa es reconocida para su funcionamiento.&lt;br /&gt;7. - VALUACIÓN AL COSTO.- Es el precio de compra o de producción de los bienes.&lt;br /&gt;8. - PERIODO.- Es el lapso de tiempo en que se mide la gestión económica, por lo general es de un año.&lt;br /&gt;9.- OBJETIVIDAD.- Los cambios de los Activos o Pasivos se deben medir objetivamente y en moneda nacional.&lt;br /&gt;10- REALIZACIÓN.- El registro debe ser efectuado a la realización de la operación.&lt;br /&gt;11- PRUDENCIA.- Es cuando se debe elegir entre dos valores, se debe tomar en cuenta el más bajo.&lt;br /&gt;12.- UNIFORMIDAD.- Los principios optados deben ser los mismos de un período a otro.&lt;br /&gt;13.- IMPORTANCIA RELATIVA.- Se debe actuar con sentido práctico, aplicando el mejor criterio.&lt;br /&gt;14.- EXPOSICIÓN.- Los Estados Financieros deben contener toda la información necesaria para la toma de decisiones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;LA PARTIDA DOBLE.- &lt;br /&gt;Es el sistema o parte del conocimiento del que se vale la Contabilidad para registrar las operaciones que se originan en el comercio o la producción.&lt;br /&gt;Se llama Partida Doble, porque sus principios demuestran que en toda operación debe existir por lo menos un acreedor y un deudor. En otros términos se puede decir que la suma de los Cargos debe ser igual a la suma de los Abonos.&lt;br /&gt;La relación matemática de equivalencia de la Partida Doble se representa por medio de las cuentas de valores o bienes, donde ACTIVO menos PASIVO es igual a CAPITAL.&lt;br /&gt;El Activo, son todos los bienes y valores que son de propiedad de la empresa.&lt;br /&gt;El Pasivo, viene a constituir todas las deudas u obligaciones de la empresa a favor de terceros.&lt;br /&gt;El Capital, viene a ser la diferencia entre el Activo y el Pasivo, osea lo que le queda a la empresa para seguir realizando sus operaciones, después de pagar las deudas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA PARTIDA DOBLE.- &lt;br /&gt;La Partida Doble tiene principios fundamentales que deben ser tomados en cuenta en cada operación que realiza la empresa, y estos son:&lt;br /&gt;1.- No hay deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor.&lt;br /&gt;2.- La persona o cuenta que recibe, debe a la persona o cuenta que entrega.&lt;br /&gt;3.- Todo lo que entra debe a todo lo que sale.&lt;br /&gt;4.- Toda entrada debe ser equivalente a la salida.&lt;br /&gt;5.- Todas las cosas deben salir con la misma denominación con que entraron.&lt;br /&gt;6.- Las pérdidas son siempre deudoras y las ganancias acreedoras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PLAN DE CUENTAS.-&lt;br /&gt;Mediante la Resolución de CONASEV.Nº 006-84-EFC. Del 15 de febrero de 1984, se crea el Plan Contable General Revisado, que entra en vigencia en forma obligatoria a partir del 1 de enero de 1986, para todas las empresas en el Perú.&lt;br /&gt;Este Plan Contable, considera la utilización de cinco grupos de cuentas que participan en la registración contable de las operaciones efectuadas por cualquier tipo de empresa. Y se clasifica en la siguiente forma:&lt;br /&gt;1.- Cuentas de Balance.- Clase 1 a 5.&lt;br /&gt;2.- Cuentas de Gestión.- Clase 6 a 7.&lt;br /&gt;3.- Cuentas de Resultados.- Clase 8.&lt;br /&gt;4.- Cuentas Analíticas de Explotación.- Clase 9.&lt;br /&gt;5.- Cuentas de Orden.- Clase 0.&lt;br /&gt;1.- CUENTAS DE BALANCE.- Son aquellas que intervienen en la confección del Inventario General y del Balance General de la empresa. Estas cuentas representan los Activos, los Pasivos y el Patrimonio que tiene la empresa en el proceso económico de sus operaciones.&lt;br /&gt;Se llaman Cuentas de Balance porque representan las variaciones que existen dentro de un ejercicio económico de los bienes y valores que posee la empresa que son los Activos, y las obligaciones a favor de terceras personas que son los Pasivos, contando además con el Patrimonio, Reservas y Resultados Acumulados.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Balance, se clasifican en:&lt;br /&gt;Clase 1 y Clase 2 .- Activo Corriente.&lt;br /&gt;Clase 3 .- Activo No Corriente.&lt;br /&gt;Clase 4.- Pasivo Corriente y No Corriente.&lt;br /&gt;Clase 5.- Patrimonio, Reservas, Excedentes Acumulados.&lt;br /&gt;2.- CUENTAS DE GESTION.- Son aquellas que controlan los Ingresos y los Egresos de la empresa durante su ejercicio, estas cuentas dan origen a las pérdidas y ganancias, cuya transferencia se efectúa al termino del ejercicio.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Gestión se clasifican en:&lt;br /&gt;Clase 6.- Cargas por Naturaleza. ( Egresos ).&lt;br /&gt;Clase 7.- Ingresos por Naturaleza.&lt;br /&gt;3.- CUENTAS DE RESULTADOS.- Son aquellas que representan las pérdidas y las ganancias que ha obtenido la empresa al término de su ejercicio económico.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Resultados se originan de la transferencia que se realiza al finalizar el ejercicio de las Cuentas de las Clases 6 y 7. La diferencia mayor entre estas clases da origen a la Pérdida o Ganancia final de la empresa.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Resultados se clasifican en:&lt;br /&gt;Clase 8 .- Ganancias y Pérdidas.&lt;br /&gt;4.- CUENTAS ANALITICAS DE EXPLOTACION.- Son aquellas que controlan las operaciones originadas principalmente en la transformación que efectúa la empresa de materias primas en productos elaborados, y aquellos que sirven para el desarrollo de su actividad.&lt;br /&gt;Se llama Cuentas Analíticas de Explotación, porque su objetivo es el control permanente de todos los costos que la empresa emplea en su actividad económica.&lt;br /&gt;Las Cuentas Analíticas de Explotación se clasifican en:&lt;br /&gt;Clase 9.- Cuentas Analíticas de Explotación.&lt;br /&gt;5.- CUENTAS DE ORDEN.- Son aquellas que la empresa utiliza para registrar operaciones que no pertenecen a la misma empresa, o que perteneciendo a la empresa no representa variación en sus resultados.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Orden principalmente registran operaciones por encargo que no determina ni pérdida ni ganancia para la empresa, obteniendo a cambio de ellas un porcentaje sobre las operaciones efectuadas.&lt;br /&gt;Las Cuentas de Orden se clasifican en:&lt;br /&gt;Clase 0.- Cuentas de Orden.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-7309540832569800578?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/7309540832569800578/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/fundamentos-de-contabilidad.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/7309540832569800578'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/7309540832569800578'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/fundamentos-de-contabilidad.html' title='FUNDAMENTOS  DE  CONTABILIDAD.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' 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trabajo, son el conjunto de cédulas en las que el Auditor registra los datos y la información obtenida de la empresa que esta examinando y de esta manera acumula las pruebas encontradas y la descripción de las mismas.&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo constituyen una historia del trabajo realizado por el Auditor y de los hechos precisos en que basa sus conclusiones e informes,  los papeles de trabajo deben ser elaborados de tal  forma  que muestren: &lt;br /&gt;a.- Las informaciones y hechos concretos,&lt;br /&gt;b.- El alcance del trabajo efectuado,&lt;br /&gt;c.- Las fuentes de la información obtenida,&lt;br /&gt;d.- Las conclusiones a que llegó. &lt;br /&gt;Desde el punto de vista del personal que labora en la auditoría,  los papeles de trabajo constituyen esencialmente un informe que facilitará la revisión del trabajo desarrollado y que deben ser tan completos  que no requiera información verbal adicional. &lt;br /&gt;Los papeles  de trabajo deben ser preparados de tal manera que en cualquier fecha futura un miembro de la empresa auditora o de la Contraloría General de la República, que no haya estado relacionado con el trabajo, pueda revisar los papeles y atestiguar con respecto a la labor realizada y a la evidencia contenida en los mismos.&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo deben ser elaborados de acuerdo a las técnicas y normas existentes, y en concordancia con los principios generalmente aceptados de Contabilidad y de Auditoría. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo deben estar elaborados de tal manera que constituyan: &lt;br /&gt;- Evidencia del trabajo realizado y  que sea la  base y sustento  de las conclusiones a que se llegó y que sirvieron de fundamento a los informes u opiniones del Auditor sobre la auditoría efectuada.  El contenido de los papeles de trabajo tiene que ser suficiente para respaldar la opinión del Auditor  y todo el contenido del informe o dictamen, además debe servir  para facilitar la revisión y supervisión del trabajo realizado.&lt;br /&gt;- Una fuente a la que se  pueda acudirse para obtener detalles de los saldos de las cuentas y de las partidas de los estados financieros o cualquier otro dato preciso acumulado en relación con la Auditoría.   Los datos utilizados por el Auditor  al redactar su informe se encuentran en los papeles de trabajo.&lt;br /&gt;El grado de confianza en el sistema de control interno.  Los papeles de trabajo incluyen los resultados de los cuestionarios aplicados sobre el control interno, que permitan la evaluación del mismo.&lt;br /&gt; - Un medio que permita, a través de su revisión: &lt;br /&gt;a.- Determinar la efectividad y suficiencia del trabajo realizado y la solidez de las  conclusiones consignadas. &lt;br /&gt;b.- Estudiar modificaciones a los procedimientos de auditoría y el programa para el próximo  examen  a fin de mejorar la calidad del examen.&lt;br /&gt;- Un medio de respaldo del informe o dictamen emitido por el Auditor, para el caso de los  procesos judiciales que se pueden aperturar  contra las personas involucradas en hechos delictivos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;REQUISITOS DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo de cada cliente comprenden dos secciones principales: el legajo o legajos de cada período cubierto por la auditoría y el expediente continuo de auditoría que contiene información apropiada y útil durante un período largo de tiempo. Cada sección es parte integrante y necesaria de los papeles de trabajo de auditoría correspondiente a cualquiera de los años en que se efectúo la auditoría.&lt;br /&gt;Los legajos de auditoría de un período corriente son incompletos si falta el expediente continuo de auditoría, puesto que este contiene el  trabajo de auditoría e información aplicable, tanto al período objeto del examen como a períodos anteriores. &lt;br /&gt; El Expediente Continuo de Auditoría (ECA), en general, el ECA debe contener toda la información importante que conserve su interés para  el futuro. Los documentos y cédulas de esta naturaleza, así como la constancia del trabajo realizado en relación con los mismos, no deben ser incluidos en los legajos de papeles de trabajo corriente ni aun en forma duplicada, sino que deben figurar únicamente en el ECA. &lt;br /&gt;Las cédulas del ECA constituyen parte integrante de los papeles de trabajo de cada año y al mismo tiempo que efectuamos  nuestro trabajo deben revisarse y ponerse al corriente en relación con el período que se examina. &lt;br /&gt;Todo el material reemplazado y sin vigencia debe ser extraído del expediente y archivado por separado en el legajo del año en el que hubiera perdido su vigencia. &lt;br /&gt;El ECA debe contener entre otros, la información básica relacionada a la Empresa, el catálogo de  las cuentas, reglamentos de control interno, muestras de formularios y registros, información sobre cambios en la valuación de inventarios, inversiones, partidas de activos fijos totalmente depreciados, situación de las pérdidas acumuladas, contratos, inscripción en el RUC.  &lt;br /&gt;Los legajos de papeles de auditoría del período corriente, contienen el programa de auditoría, la constancia del trabajo de auditoría efectuada y las conclusiones derivadas como consecuencia de dicho trabajo. Junto con el ECA, los papeles de trabajo del año deben constituir una exposición clara de la auditoría realizada. &lt;br /&gt;Los papeles de trabajo deben ser diseñados de modo que los detalles importantes no escapen a la atención de quienes los utilicen o los revisen. Existen tantos detalles en una auditoría, particularmente en la de una empresa grande, que los conceptos importantes pueden quedar escondidos por deficiencia en la elaboración de los papeles de trabajo. La distribución de información apropiada, debe facilitar una comparación inmediata entre cifras del año actual y las del año anterior. Tales comparaciones son de gran importancia en la revisión de operaciones y permiten localizar aquellas partidas que pueden requerir una investigación más a fondo. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ORGANIZACIÓN DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Es aconsejable que exista uniformidad razonable en la organización de los legajos de auditoría. Por consiguiente, el marco en que se encuadran los papeles de trabajo de auditoría puede describirse brevemente en la forma que sigue: &lt;br /&gt;- Hojas de Trabajo.- Las hojas de trabajo deben elaborarse con los conceptos y cifras en el mismo orden de los estados financieros para facilitar la presentación de los mismos o el cotejo de estos contra nuestros papeles de trabajo.&lt;br /&gt;- Cédulas Sumarias.- Por cada concepto o partida principal de los estados financieros debe existir una cédulas sumaria,  en estas se deben relacionar las cuentas individuales del mayor general que se agrupan como una partida de los estados financieros. La cédula sumaria de los inventarios, por ejemplo, podrá incluir las cuentas del mayor general para materias primas, productos en proceso, productos terminados  y materiales y suministros. &lt;br /&gt;- Relaciones de Cuentas.-  Cuando las cuentas de mayor tienen subcuentas se requiere de cédulas llamadas relaciones que integran el saldo de dichas cuentas, deberán elaborarse las relaciones a fin de integrar cada cuenta de control o acumulativa. &lt;br /&gt;- Cédulas de Detalle o Analítica. - Generalmente hay una o varias cédulas de detalle para cada cuenta del mayor que es objeto de trabajo de auditoría, estas cédulas deben contener la evidencia de los análisis y pruebas efectuadas para formar una opinión sobre el saldo de la cuenta. El saldo final que se muestra en la cédula sumaria debe coincidir con el saldo de la cuenta individual que aparece en la sumaria. Si fuese necesario, se presentaran subcédulas para registrar pruebas de los datos que respaldan las transacciones o para desarrollar otros trabajos de auditoría necesarios. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ORDENAMIENTO DE LOS PAPELES DE TRABAJO.- &lt;br /&gt;Al archivar los papeles de trabajo de la auditoría en curso, debe darse a los legajos un volumen que permita sean manejados cómodamente. Por consiguiente, los papeles de trabajo deben dividirse en tantos legajos como sea necesario, de acuerdo con la extensión del trabajo. EL orden de los papeles de trabajo, independientemente del número de legajos individuales, ha de ser relativamente uniforme en todas las auditorías. &lt;br /&gt;En la auditoría de una empresa de tamaño mas que mediano es aconsejable mantener por separado, un legajo general o de control con todos los papeles de trabajo de importancia para la administración de la auditoría. Este legajo puede incluir el programa de auditoría del año, los puntos de auditoría que deberán considerarse el año siguiente, las cartas de manifestaciones, estados financieros firmados, memorándums y hojas de sugerencias, etc. &lt;br /&gt;El archivo completo y ordenado  de los papeles de trabajo, servirán como medio para que el Auditor  pueda verificar la autenticidad de los saldos iniciales del cliente, en caso de auditorías sucesivas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;INDICE DE LOS PAPELES DE TRABAJO.- &lt;br /&gt;Si los papeles de trabajo han de tener referencias cruzadas, se hace indispensable la utilización de un sistema de índices  adecuado.&lt;br /&gt;Como ayuda para el archivo y manejo ordenado de los papeles de  trabajo, cada uno de estos debe ser marcado con lápiz rojo en la esquina superior derecha con un número o letra uniforme, como índice. Este índice será utilizado, a través de todos los legajos siempre que tenga que hacerse una referencia cruzada a ese papel de trabajo en particular a una cifra que aparezca en el mismo. &lt;br /&gt;Comúnmente, se utiliza en las auditorías una combinación alfabética y numérica de índices para los papeles de trabajo. Para designar el activo se usan letras sencillas, para el pasivo se emplean letras repetidas, para ingresos y egresos se utilizan cifras de dos guarismos y para pruebas de los procedimientos o comprobación detallada (donde corresponda) se usan números de tres guarismos. Este sistema puede ser ampliado de varias maneras, y el encargado o el gerente de la auditoría deben ser consultado en cada caso, para mantener uniformidad en cada juego de papeles de auditoría. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ASIENTOS DE AJUSTE Y RECLASIFICACION.- &lt;br /&gt;Con frecuencia se proponen asientos contables como consecuencia del trabajo de auditoría. Es nuestra costumbre dividir tales asientos en dos categorías generales: Ajustes y Reclasificaciones.&lt;br /&gt;Los ajustes comprenden los asientos necesarios para corregir los saldos de los libros; estos incluyen, entre otros, asientos que afectan los resultados del ejercicio y asientos que afectan las cuentas del capital contable.&lt;br /&gt;Las reclasificaciones están representadas por asientos que no afectan los libros y se llevan únicamente en los papeles de trabajo. Resultan necesarios para presentar adecuadamente los estados financieros y, comprenden la transferencia o reagrupación de saldos entre cuentas del balance o entre cuentas de ingresos y gastos. &lt;br /&gt;Puesto que los estados financieros son elaborados por la Empresa, es necesario, que los asientos de ajuste sean discutidos con el personal de la  Empresa y sé este de acuerdo y  conforme con  los mismos. Estos ajustes serán entonces registrados en los libros por la Empresa y por nosotros en  los papeles de trabajo que resulten afectados. Los asientos de reclasificación deben ser también discutidos con el personal de la empresa  para tener el mismo criterio de análisis pero no es necesario, en este caso, la anotación en los libros. &lt;br /&gt;Los ajustes y reclasificaciones proyectados debe ser aprobados específicamente por el gerente o el socio encargado de la auditoría y es una buena práctica siempre que las circunstancias del trabajo lo permitan, discutir con la Empresa de una sola vez los asientos propuestos, en lugar de hacerlo parcialmente en distintas oportunidades. &lt;br /&gt;Los ajustes y reclasificaciones deben ser pasados a las cédulas sumarias, a las hojas de trabajo (generalmente en forma resumida, tomando los totales de las cédulas sumarias) y a las cédulas de detalle que corresponda. Esto tiene por objeto mantener nuestros papeles de trabajo en completa concordancia con los estados financieros preparados por la Empresa. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CONTROL DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Teniendo en cuenta que los papeles de trabajo son propiedad del Auditor y constituyen la evidencia del trabajo realizado y la base de la opiniones e informes emitidos, es importante que los mismos estén protegidos en formas adecuada y controlados en todo momento. Deben tomarse las precauciones necesarias para evitar el acceso no autorizado a los papeles de trabajo. Estas medidas tienen como finalidad impedir la divulgación inadvertida de información confidencial, así como evitar la posibilidad de alteración o substracción de evidencia de los papeles de trabajo. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CONTENIDO DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo contienen toda la información relativa a la auditoría a realizarse, dicha información debe contener datos completos referente a los estados financieros, asientos de ajuste a realizarse, conciliaciones bancarias, confirmaciones obtenidas de terceros, notas y observaciones efectuadas por el Auditor.&lt;br /&gt;El contenido de los papeles de trabajo deben ser tan claros y completos, de tal manera que cualquier otro Auditor que revise los mismos pueda entenderlos sin tener la necesidad de recurrir a la fuente de la información. &lt;br /&gt;Cada papel de trabajo debe contener un apartado (parte superior) que comprende el nombre de la compañía, el título de la cédula o memorándum, la naturaleza del trabajo (auditoría) y la fecha del examen. También en la parte superior derecha del papel de trabajo se anotará el número o letra del índice correspondiente y si la cédula estuviera compuesta por más de una hoja, esto se indicará mediante la numeración de cada una de estas: "1 de 3", "2 de 3", etc. &lt;br /&gt;Cada papel de trabajo debe ser firmado y fechado por la persona o personas que efectuaron cualquier anotación  en el papel de trabajo de tal modo que se indique el trabajo realizado por cada uno. Si el papel de trabajo fue preparado originalmente por la  Empresa  para nuestra revisión, esto se indicará con las letras "PPE" (preparado por la Empresa) encima de la firma de nuestro representante. &lt;br /&gt;Los encargados de la auditoría asumen responsabilidad por los papeles de trabajo preparados por los auxiliares bajo su supervisión, y deben indicar la revisión y aprobación del trabajo consignado con sus iniciales, en cada cédula, cerca de la firma de la persona que hizo el trabajo. &lt;br /&gt;Las cédulas comúnmente se preparan con lápiz de tal forma que sean legibles, sin llegar a manchar. Las cifras negativas deben ser mostradas entre paréntesis y signos similares, para poder identificarlas. Los índices y referencias cruzadas de los mismos deben anotarse en lápiz rojo, porque el uso de un color ayuda en la revisión de los papeles de trabajo. Deben trazarce así mismo, líneas sencillas debajo de todas las columnas que hayan de totalizarse, y doble línea debajo de los totales. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PROGRAMA  DE  AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Un programa de Auditoría, es el procedimiento a seguir en el examen a realizarse, el mismo que es planeado con anticipación y debe  ser flexible. &lt;br /&gt;Todo programa de auditoría debe ser sencillo y conciso, de tal manera que los procedimientos empleados en cada auditoría gesten de acuerdo con las circunstancias del examen.  El Auditor debe mostrar eficiencia en el planeamiento de la auditoría a ejecutar, debe desechar todos los procedimientos exagerados o innecesarios.&lt;br /&gt;Al planear un programa de auditoría debe hacerse uso de todas las ventajas que ofrecen los conocimientos profesionales  y el criterio personal del Auditor.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, es parte integrante de los papeles de trabajo, puesto que constituyen evidencia de los planes trazados y de la ejecución de los pasos seguidos en la auditoría. Cada procedimiento de auditoría requerido en el programa debe ser objeto de referencia cruzada con la cédula que corresponda y además debe ser inicializado, en prueba de haber sido completado, por la persona que efectuó el trabajo. Si cualquier paso del programa es omitido o modificado en cualquier forma, las razones de esta omisión o modificación y la descripción del trabajo efectivamente realizado deben ser claramente consignadas en el programa o en la cédula a que se haya referido en el mismo. &lt;br /&gt;Una de las funciones más importantes del programa de auditoría es especificar los "procedimientos de auditoría "que hemos considerado necesarios de acuerdo con las circunstancias, y relacionar estos procedimientos de auditoría directamente con los procedimientos de contabilidad y con la extensión y efectividad del sistema de control interno de la Empresa objeto del examen. Esto puede hacerse de varias maneras, sin incurrir en la repetición de los memorándums de procedimientos de contabilidad ya incluidos en el ECA. Se hará referencia además, al ECA para una descripción más detallada de los procedimientos y se expresará que el alcance de la auditoría se determinó teniendo en cuenta la extensión y efectividad de los procedimientos de contabilidad y de control interno. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CALIDAD DE LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo deberán ser completos en todo sentido y no requerir explicaciones adicionales posteriormente. Por lo tanto, cada cédula debe contener, por lo menos, la información siguiente: &lt;br /&gt;- Fuente de la información:  por ejemplo, cuenta del mayor general, hojas de conteo físico de la  Empresa, etc.&lt;br /&gt;-Descripción clara del trabajo de auditoría desarrollado. Esto debe incluir una cuidadosa explicación de la documentación examinada.&lt;br /&gt; En los papeles de trabajo principales de cada sección deben mostrarse las conclusiones a que hemos llegado como resultado del trabajo de auditoría efectuado. Estas conclusiones deben reunir los siguientes requisitos: a) representar la opinión de la persona que efectuó el trabajo, b) ser definitivas y precisas y c) responder a los objetivos de la auditoría. Las conclusiones no deben ser alteradas o cambiadas por otras personas y los comentarios adicionales o modificaciones por parte del encargado superior o socio, deben consignarse por separado y firmarse. &lt;br /&gt;Sin perjuicio de ser completos y precisos, los papeles de trabajo deben ser presentados en forma concisa. Los análisis efectuados deben resumir e interpretar los datos y no representar, simplemente, una copia o transcripción de las cuentas. Evítense las observaciones a la ligera, los comentarios no justificados y las conclusiones precipitadas, que no se fundamenten en los hechos. &lt;br /&gt;Debe tenerse cuidado, asimismo, en no anotar conclusiones o comentarios que salgan del campo de nuestra competencia y responsabilidad. No deben expresarse, conclusiones ligeras y sin respaldo en tales campos. Esto no quiere decir que limitemos nuestro interés o nuestras investigaciones y preguntas en asuntos legales, política de mantenimiento, cobertura de seguros y otros asuntos de naturaleza similar que afecten la auditoría, sino que indica, únicamente, que no debemos llegar a lo que signifique o pueda interpretarse como conclusiones de un perito en campos ajenos a nuestra práctica y competencia. &lt;br /&gt;Las dudas o notas sobre determinados asuntos que requieran investigación adicional deben incluirse en las hojas de puntos, y no en las cédulas de auditoría. Los papeles de trabajo nunca deben contener puntos o dudas pendientes de aclaración. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EVIDENCIA.-&lt;br /&gt;El primer objetivo de la preparación de los papeles de trabajo, es ofrecer las evidencias que respalden los informes, dictámenes, opiniones, etc. que son  emitidos por el Auditor. &lt;br /&gt;Los tipos de evidencia en la auditoría se pueden resumir de la siguiente forma:&lt;br /&gt;- Registros y documentos preparados por la empresa bajo examen.&lt;br /&gt;- Inspección personal  efectuada por el Auditor.&lt;br /&gt;- Cálculos financieros efectuados por el Auditor.&lt;br /&gt;- Verificación efectuada por el Auditor a los Sistemas de control interno de la empresa.&lt;br /&gt;- Interrelación de las informaciones examinadas.&lt;br /&gt;- Declaraciones formales e informales hechas por funcionarios y empleados de la empresa. &lt;br /&gt;- Confirmaciones orales o escritas de terceras personas no dependientes de la empresa.&lt;br /&gt;- Documentos fehacientes originados fuera de la empresa a examinar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8960120602488944556?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8960120602488944556/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/los-papeles-de-trabajo-en-la-auditoria.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8960120602488944556'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8960120602488944556'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/los-papeles-de-trabajo-en-la-auditoria.html' title='LOS PAPELES DE TRABAJO EN LA  AUDITORIA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-3036152738053075345</id><published>2009-08-07T16:21:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:23:53.921-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Normas Técnicas de Auditoria'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='El Auditor'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Funciones del Auditor'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Metodologia de la Auditoria'/><title type='text'>EL  AUDITOR Y LAS NORMAS.</title><content type='html'>EL AUDITOR.- &lt;br /&gt;Es el Contador Público Colegiado, dedicado en forma profesional y exclusiva a la realización de las Auditorías, Exámenes Especiales, Certificación de Estados Financieros y Otros que le permita la Ley de Profesionalización del Contador Público, y otras disposiciones legales vigentes.&lt;br /&gt;El Auditor para ejercer el cargo debe tener amplios conocimientos de la ciencia Contable, los Principios Generalmente Aceptados de Contabilidad, las disposiciones legales vigentes, las Normas Internacionales de Auditoría, las Normas Internacionales de Contabilidad, debe conocer las técnicas y procedimientos de Auditoría a emplearse y debe tener experiencia en la realización de dichas labores. &lt;br /&gt;El Auditor, debe estar altamente calificado para manejar la información y las técnicas de análisis. Es el responsable de establecer los objetivos del control, debe revisar los controles internos y evaluar los resultados para determinar las áreas que requieren correcciones.&lt;br /&gt;El Auditor a parte de la experiencia y conocimientos, debe tener una conducta intachable y a toda prueba, la que hará prevalecer al momento de emitir sus informes o dictámenes, debiendo practicar en forma irrestricta el respeto y acatamiento a los postulados de la Ética Profesional. &lt;br /&gt;El Auditor debe proceder en forma digna, legal, veraz, y de buena fe, sin amparar en ningún caso simulaciones ni prestarse a hechos incorrectos y fraudulentos.&lt;br /&gt;El Auditor, reconoce y aplica los procedimientos particulares que él conoce para realizar una exploración y revisión crítica de los controles internos y los registros contables, a fin de adquirir suficiente información que le permita efectuar una opinión sustentada sobre la Entidad o Empresa que examina. &lt;br /&gt;El Auditor tiene una función dinámica, pues a medida que pone sus conocimientos en función de la planificación, organización y dirección, contribuye a lograr información completa y oportuna para la toma de decisiones y el control de la Empresa o Entidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;COMPETENCIA PROFESIONAL DEL AUDITOR.- &lt;br /&gt;El criterio Profesional del Auditor se encuentra inmerso en todos los aspectos del trabajo de Auditoría debido a que debe ser constantemente aplicado en la evaluación de las razonabilidades de las valuaciones y estimaciones que debe realizar a lo largo de cada labor que se le encomienda.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado en su función de Auditor independiente, debe mantener su nivel de competencia profesional, sus conocimientos actualizados, debe conocer los Principios fundamentales de la Contabilidad, las Normas Internacionales de Auditoría, las técnicas contables, la legislación inherente a la profesión y a la Auditoría. &lt;br /&gt;El Auditor para asumir su responsabilidad por una Auditoría, debe tener conocimiento de la actividad que realiza la empresa de forma suficiente para poder identificar y comprender las transacciones realizadas por la misma y las técnicas contables que aplicó para el registro de sus operaciones.&lt;br /&gt;Antes de aceptar un trabajo, el Auditor deberá tener conocimiento preliminar de las actividades de la empresa o entidad, para lo cual recabará información de la Gerencia tanto de la estructura organizacional como de la complejidad de las operaciones, y el grado de exigencia requerido para realizar el trabajo de Auditoría, de tal modo que pueda evaluar si está capacitado para asumir dicha responsabilidad. &lt;br /&gt;Un buen criterio Profesional exige generalmente experiencia e idoneidad del Auditor y su equipo de trabajo, de tal manera que los más experimentados del equipo intervengan en las decisiones importantes de la planificación para identificar las áreas que requieren mayor énfasis, determinando de antemano los procedimientos de Auditoría a aplicarse; de igual manera intervendrán en la etapa de conclusión del trabajo para emitir su opinión antes de que se elabore el informe o Dictamen de Auditoría.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;INDEPENDENCIA DEL AUDITOR.-&lt;br /&gt;El Auditor debe tener independencia de criterio y decisión y no dejarse influenciar por factores externos o internos, de tal manera que siempre mantenga su criterio de independencia frente a la entidad o empresa que va auditar y a los funcionarios de la misma.&lt;br /&gt;El Auditor está impedido de efectuar trabajos de Auditoría, en empresas en las que laboró en forma dependendiente o independiente, por lo menos dos años después de haberse retirado de ella, y si tiene que realizarlas debe ser de períodos donde no tuvo vinculo laboral con la Empresa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR.-&lt;br /&gt;El Auditor debe tener el máximo cuidado en el trabajo que realiza y en la elaboración de su dictamen y conclusiones, su opinión debe estar presentada con total imparcialidad y en forma objetiva y con evidencias claras y concretas. &lt;br /&gt;El Auditor debe tener presente que tiene total responsabilidad por lo indicado en su informe, por lo que es necesario que cuente con todas las pruebas concernientes a los casos observados.&lt;br /&gt;Para fines de sustentación y cuando sea requerido por las entidades fiscalizadoras, el Auditor debe conservar sus papeles de trabajo por lo menos en un lapso de 5 años a partir de la realización del trabajo de Auditoría.&lt;br /&gt;Las conclusiones de los dictámenes e informes, por consiguiente, deben basarse exclusivamente en las pruebas obtenidas y unificadas de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Es importante e imprescindible mantener la neutralidad e independencia de criterio.&lt;br /&gt;Los Auditores deben evitar toda clase de relaciones con los directivos y el personal de la entidad fiscalizada y otras personas que puedan influenciar en el trabajo que realiza. Los Auditores tienen la obligación de actuar en todo momento de manera profesional y de aplicar elevados niveles éticos y morales en la realización de su trabajo con el objeto de desempeñar sus responsabilidades de manera competente y con total imparcialidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;NORMAS TÉCNICAS DEL AUDITOR.- &lt;br /&gt;Son los requisitos mínimos indispensables de la personalidad del Auditor, del trabajo que desempeña y la información que ofrece como resultado de su labor. Estas Normas regulan las condiciones que debe reunir el Auditor y su comportamiento en el desarrollo de la actividad de Auditoría. y estas son:&lt;br /&gt;1. - Formación y Capacidad Profesional.- La Auditoría debe ser realizada por un Contador Público Colegiado que tenga formación técnica y capacidad profesional como Auditor, y tenga la autorización exigida legalmente. El Auditor, para mantener su capacidad profesional, debe llevar a cabo una actualización permanente de sus conocimientos, tanto en el aspecto técnico como en cuanto a sus conocimientos generales de la profesión. La experiencia profesional es necesaria para acceder al ejercicio de la Auditoría la cual se obtendrá mediante la ejecución de trabajos bajo la supervisión y revisión de un Auditor con experiencia y en ejercicio.&lt;br /&gt;2. - Independencia, Integridad y Objetividad.- El Auditor durante su actuación profesional mantendrá una posición de absoluta independencia, integridad y objetividad. La independencia supone una actitud mental que permite al Auditor actuar con libertad respecto a su juicio profesional, para lo cual debe encontrarse libre de cualquier predisposición que limite su imparcialidad en la consideración objetiva de los hechos, así como en la formulación de sus conclusiones. La integridad debe entenderse como la rectitud intachable en el ejercicio profesional, que le obliga, en el ejercicio de su profesión, a ser honesto y sincero en la realización de su trabajo y la emisión de su informe. En consecuencia, todas y cada una de las funciones que ha de realizar han de estar presididas por una honradez profesional irreprochable. La objetividad implica el mantenimiento de una actitud imparcial en todas las funciones del Auditor para ello deberá gozar de una total independencia en sus relaciones con la entidad auditada. Debe ser justo y no permitir ningún tipo de influencia o prejuicio. Para ser y parecer independiente, el Auditor no debe tener intereses ajenos a los profesionales, ni estar sujeto a influencias susceptibles de comprometer tanto la solución objetiva de los problemas que puedan serle sometidos, como la libertad de expresar su opinión profesional. El Auditor debe ser siempre independiente y abstenerse de aceptar el encargo de Auditoría en todos aquellos casos en que incurra en una situación incompatible con el ejercicio de sus funciones y, en concreto, en los casos contemplados por la Ley y el Código de Ética Profesional.&lt;br /&gt;3. - Diligencia Profesional.- El Auditor en la ejecución de su trabajo y en la emisión de su informe actuará con la debida diligencia profesional. La debida diligencia profesional impone a cada persona de la organización del Auditor, la responsabilidad del cumplimiento de las Normas en la ejecución del trabajo y en la emisión del informe. Su ejercicio exige, asimismo, una revisión crítica a cada nivel de supervisión del trabajo efectuado y del juicio emitido por todos y cada uno de los profesionales del equipo de trabajo de Auditoría. El Auditor debe aceptar únicamente los trabajos que pueda efectuar con la debida diligencia profesional. El Auditor debe demostrar su diligencia profesional en los papeles de trabajo, lo cual requiere que su contenido sea suficiente para suministrar el soporte de la opinión.&lt;br /&gt;4. - Responsabilidad.- El Auditor es responsable del cumplimiento de las Normas de Auditoría establecidas, y a su vez responsable del cumplimiento de las mismas por parte de los profesionales de su equipo de Auditoría. El Auditor es responsable de su informe y debe realizar su trabajo de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Su trabajo no está específicamente destinado a detectar siempre irregularidades de todo tipo que hayan podido cometerse y, por lo tanto, no puede esperarse que sea siempre uno de sus resultados. No obstante, el Auditor debe planificar su examen teniendo en cuenta la posibilidad de que pudieran existir errores o irregularidades con un efecto significativo para la Empresa.&lt;br /&gt;5. - Secreto Profesional.- El Auditor debe mantener la confidencialidad de la información obtenida en el curso de sus actuaciones. El Auditor ha de mantener estricta confidencialidad sobre toda la información adquirida en el transcurso de la Auditoría concerniente a los negocios de sus clientes y, excepto en los casos previstos en la Ley, no revelará el contenido de la misma a persona alguna sin autorización del cliente. No obstante, el Auditor deberá recoger en su informe cualquier negativa del cliente a mostrar toda la información necesaria para expresar la imagen fiel de sus operaciones. El Auditor tiene, asimismo, el deber de garantizar el secreto profesional en las actuaciones de sus ayudantes y colaboradores. La información obtenida en el transcurso de sus actividades de Auditoría no podrá ser utilizada en su provecho ni en el de terceras personas. El Auditor deberá conservar y custodiar durante cinco años, a contar desde la fecha del informe, la documentación de la Auditoría realizada, incluidos los papeles de trabajo del Auditor que constituyen las pruebas y el soporte de las conclusiones que constan en el informe o dictamen emitido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS.-&lt;br /&gt;Las Normas de Auditoría son los principios y postulados básicos que constituyen una guía y orientación técnica para la actuación del Auditor, en una determinada labor profesional. &lt;br /&gt;Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA), es el conjunto de principios, lineamientos, políticas, a tener en cuenta en todo proceso de Auditoría, ya sea en una Entidad o Empresa Pública o Privada.&lt;br /&gt;En el Perú, las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA), fueron aprobadas para su utilización en el II Congreso Nacional de Contadores Públicos, realizado en el año de 1968, y constantemente se somete a revisión en estos eventos profesionales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS.- (NAGA).&lt;br /&gt;Las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, se encuentran divididas en:&lt;br /&gt;1. -Normas Generales o Personales.&lt;br /&gt;2. -Normas para la Ejecución del Examen.&lt;br /&gt;3. -Normas para el Informe o Dictamen.&lt;br /&gt;1. -NORMAS GENERALES O PERSONALES.-&lt;br /&gt;Entrenamiento técnico y capacidad profesional.&lt;br /&gt;Independencia de criterio.&lt;br /&gt;Esmero Profesional.&lt;br /&gt;El entrenamiento técnico es el medio indispensable para desarrollar la habilidad practica necesaria para el ejercicio de la profesión y junto con el estudio y la investigación constantes se integran como fundamento de la capacidad profesional. &lt;br /&gt;La actividad profesional esta sujeta a la apreciación personal y, por ende, al error. El hombre es falible y consiente de ello, el profesional debe esforzarse para reducir a un mínimo ese grado de error mediante un trabajo acucioso, es decir, con cuidado y diligencias profesionales.&lt;br /&gt;La independencia mental es la capacidad para expresar juicios y opiniones imparcialmente, sin alterarlos en sentido alguno por presiones económicas, familiares, sociales o de cualquier naturaleza.&lt;br /&gt;La independencia de criterio tiene relevante importancia en el caso del Auditor porque sus expresiones u opiniones, dichas en el dictamen, tiene interés para la Empresa que audita y para los dueños de la misma, a los que una afirmación contraria a la realidad les puede acarrear graves consecuencias. &lt;br /&gt;2. - NORMAS DE EJECUCIÓN DEL EXAMEN.- &lt;br /&gt;Planificación y Supervisión.&lt;br /&gt;Estudio y evaluación del control interno.&lt;br /&gt;Obtención de evidencia suficiente y competente.&lt;br /&gt;Si se planea el trabajo a desarrollar se establece una situación que garantiza razonablemente la atención de los puntos más importantes, así como la aplicación de los procedimientos mínimos para la obtención de elementos suficientes para dar nuestra opinión esto correspondería a la planeación o planificación.&lt;br /&gt;En la práctica el Auditor para ejecutar el trabajo forma grupos de Auditoria, esto implica delegación de funciones, la misma que no lo releva de su responsabilidad total, esta circunstancia hace necesaria la supervisión del trabajo para de esta forma estar seguro que el trabajo desarrollado por el equipo cumple su objetivo y proporciona información completa y adecuada.&lt;br /&gt;Al formular el programa de trabajo el Auditor debe establecer los procedimientos, su alcance y su oportunidad, pero para esto depende mucho el tipo de empresa y de sus particularidades operativas, ello hace necesario el estudio y evaluación del control interno existente para que basado en el resultado obtenido se determinen claramente dichos procedimientos, su alcance y su oportunidad.&lt;br /&gt;Los resultados que obtenga el Auditor deben ser suficientes y competentes, en otras palabras, debe mostrar certeza de que los hechos que se están tratando de probar, o los criterios cuya corrección se están juzgando, han quedado satisfactoriamente comprobados y se refiere a aquellos hechos, circunstancias o criterios que realmente tiene importancia en relación con lo examinado.&lt;br /&gt;3. - NORMAS PARA EL INFORME O DICTAMEN.-&lt;br /&gt;Cumplimiento con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.&lt;br /&gt;Uniformidad en la aplicación de los Principios Contables.&lt;br /&gt;Información necesaria y relevante en forma suficiente.&lt;br /&gt;Opinión en el Dictamen.&lt;br /&gt;Como consecuencia de su trabajo, el Auditor emite una opinión en la que expresa el resultado del trabajo desarrollado y las conclusiones a que ha llegado. A esa opinión se le llama dictamen y por su importancia se han establecido las normas que regulan su calidad, las mismas que deben contener lo dispuesto en las Normas Internacionales de Auditoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;METODOLOGÍA DE LA AUDITORIA.-&lt;br /&gt;En general, la Auditoria moderna es un proceso metodológico y como tal tiene un esquema de proceso común a todos los proyectos. Este esquema se resume en las siguientes cinco fases:&lt;br /&gt;Toma de contacto &lt;br /&gt;Planificación &lt;br /&gt;Desarrollo de la auditoria &lt;br /&gt;Diagnóstico &lt;br /&gt;Conclusiones &lt;br /&gt;Este esquema es lo suficientemente general como para que pueda ser adoptado por cualquier empresa de servicios de Auditoria que trabaje bajo la filosofía del proyecto. Además, tiene la ventaja de que permite un seguimiento sencillo de la actividad Auditora. Por ello, la especificación de una secuencia de fases de este tipo puede ser considerada como un elemento a tener en cuenta a la hora de la redacción del pliego de observaciones técnicas.&lt;br /&gt;1. - Toma de contacto.-&lt;br /&gt;En esta etapa se recaba toda la información relevante referente a la organización de la Empresa o Entidad a Auditar. La información debe ser de todo tipo, partiendo desde el organigrama, documentos de constitución, planes operativos, presupuestos, etc. &lt;br /&gt;2. - Planificación.-&lt;br /&gt;La fase de planificación comienza por una evaluación de los problemas y/o resistencias que se hayan podido encontrar en la toma de contacto. Es importante esta evaluación para identificar aquellas áreas problemáticas a las que probablemente haya que dedicar más tiempo y recursos.&lt;br /&gt;3. - Desarrollo de la Auditoria.-&lt;br /&gt;Esta es la fase de recoger la información. Para evitar en lo posible que la información se vea empañada por las opiniones personales del Auditor, éste posee una serie de herramientas para sistematizar el proceso de observación.&lt;br /&gt;Algunas de estas herramientas son:&lt;br /&gt;Cuestionarios. &lt;br /&gt;Entrevistas. &lt;br /&gt;Observación.&lt;br /&gt;Informes escritos, etc.&lt;br /&gt;Durante toda esta fase se establece un estrecho contacto con el personal de la entidad o empresa. Es pues importante mantener una correcta disposición de escucha activa y respeto por las opiniones de las personas que deben emitir sus informes y comentarios. &lt;br /&gt;4. - Diagnóstico.-&lt;br /&gt;Cuando se ha terminado la recopilación de datos se procede al análisis de los mismos, con el fin de efectuar la identificación de los puntos que requieren mayor observación. El diagnóstico debe basarse en datos objetivos, presentados en forma de cifras, medidas estadísticas, casos extraídos tal cual de la organización, sucesos concretos, etc. No deben permitirse los juicios de valor que puedan derivarse de los gustos u opiniones personales del Auditor.&lt;br /&gt;5. - Conclusiones.-&lt;br /&gt;La presentación de conclusiones es un proceso a realizar en pasos sucesivos, de menor a mayor alcance. Primeramente, se efectuarán por áreas, informando de las conclusiones provisionales a las personas afectadas, de forma que puedan dar su opinión y que ésta se vea reflejada en la conclusión final. Esto es, si el equipo Auditor opina que la causa de una deficiencia está localizada en un punto específico y las personas responsables del área no son de la misma opinión, las dos visiones del problema deben presentarse en la conclusión final, si bien debidamente diferenciadas. Esto da al informe de Auditoria una objetividad mucho mayor, sin comprometer para nada su independencia, dado que antes o después habrá que recabar la segunda opinión.&lt;br /&gt;Por tanto, se debe exigir a los Auditores el contraste de sus conclusiones en el momento de la presentación del informe final.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-3036152738053075345?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/3036152738053075345/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/el-auditor-y-las-normas.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3036152738053075345'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3036152738053075345'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/el-auditor-y-las-normas.html' title='EL  AUDITOR Y LAS NORMAS.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-7664928963960923474</id><published>2009-08-07T16:14:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:24:27.556-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Nociones de Auditoria.'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Auditoria'/><title type='text'>LA  AUDITORIA.</title><content type='html'>ANTECEDENTES.-&lt;br /&gt;La Profesión Contable, se ha desarrollo prácticamente en el transcurso de un período de tiempo relativamente largo. En Italia del siglo XV se conocían las técnicas de la teneduría de libros, pero gran parte del estímulo inicial que recibío la Profesión fue evidente en el siglo XVII donde cada vez se hizo más frecuente recurrir a personas expertas en la organización de los negocios y diestras en la teneduría de libros, para investigar quiebras, zanjar disputas respecto a cuentas, etc. En el siglo XIX un gran número de especialistas en la teneduría de libros establecidos en las Islas Británicas se trasladaron a los Estados Unidos a petición de inversionistas Británicos que tenían sus empresas establecidas en este País. Durante los primeros 30 años del siglo XX, muchos factores contribuyeron al desarrollo de la Contabilidad, ya que se trata de un período de rápido crecimiento industrial, y la Profesión Contable se acrecentó y expandio como consecuencia de este despegue industrial. &lt;br /&gt;Adicionalmente el crecimiento económico y el desarrollo y auge de los mercados de valores, trajo consigo la necesidad de efectuar el análisis de los resultados obtenidos dándole credibilidad y confiabilidad a los informes emitidos sobre dichos análisis, como resultado de esta labor surguío un grupo de Profesionales Contables especialistas en estas tareas los que tomaron el nombre de AUDITORES. &lt;br /&gt;Conforme crecio y se desarrollo la Profesión Contable, la AUDITORIA sufrío varios cambios tanto en sus objetivos como en sus técnicas usadas, un cambio importante que tuvo lugar en la Auditoría fue el creciente énfasis en la revisión del control interno empleado en las empresas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CONCEPTOS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Auditoría es una revisión analítica del control interno y los registros contables de una empresa u otra unidad económica, que es efectuada por un Contador Público Colegiado que luego procede a emitir su opinión a cerca de la corrección de las transacciones efectuadas por la empresa y la exactitud de sus estados económicos y financieros preparados por la empresa de acuerdo con los principios generalmente aceptados de la Ciencia Contable.&lt;br /&gt;Auditoría es un examen para averiguar y determinar la exactitud, integridad y autenticidad de los estados económicos y financieros, expedientes y documentos de una empresa, esta Auditoría se lleva a cabo con la intensión de presentar a los órganos de control respectivos y publicar dichos estados financieros que constituyen declaraciones de la Gerencia y que presentan con equidad la situación financiera a una fecha determinada y los resultados de las operaciones durante un lapso de tiempo.&lt;br /&gt;La Auditoría, es un proceso analítico que consiste en retrotraer las operaciones que aparecen en los estados financieros y las cuentas de las que se tomaron los datos para formar esos estados, siguiendo el proceso de las transacciones desde los documentos y los libros de registro. &lt;br /&gt;La Auditoría, implica un examen de los libros y documentos con el fin de precisar si son correctos los estados económicos y financieros elaborados y si están racionalmente presentados.&lt;br /&gt;La Auditoría, en general trata de determinar la confiabilidad o no de los estados y sus registros contables que los fundamentan. Vale decir que la Auditoría es un examen dedicado a descubrir si los estados económicos y financieros realmente presentan o no, la situación económica y los resultados de las operaciones de la empresa a examinar.&lt;br /&gt;En resumen podemos decir, que la AUDITORIA, es una investigación o revisión analítica de los libros, comprobantes y otros documentos que respaldan la información expuesta en los estados económicos y financieros de una empresa o entidad, llevado como base para formular la opinión del Auditor sobre la presentación razonable y equitativa de la situación financiera y de los resultados de las operaciones, con el fin de preparar un informe escrito en el cual el Auditor expone los resultados de su investigación o examen.&lt;br /&gt;También podemos decir, que la Auditoría, es el examen de los documentos, registros, informes, sistemas de control interno, procedimientos financieros y otras evidencias para uno o más de los propósitos siguientes: &lt;br /&gt;Determinar si los estados económicos y financieros preparados y basados en las cuentas contables, presentan razonablemente la posición financiera y los resultados obtenidos por la empresa o entidad, de conformidad con los principios de Contabilidad Generalmente Aceptados aplicados sobre bases uniformes con las del año anterior. &lt;br /&gt;Determinar la propiedad, legalidad y veracidad matemática de las transacciones económicas de la empresa o entidad. &lt;br /&gt;Determinar si han sido registradas debidamente todas las operaciones efectuadas por la empresa o entidad. &lt;br /&gt;Determinar la exactitud y responsabilidad administrativa y económica de los funcionarios que tienen a su cargo la empresa o entidad, y del personal que en ella labora.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PUNTOS QUE ABARCA LA AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Esta especialidad lleva al Profesional Contador Público Colegiado a ejercerla con el máximo de amplitud, responsabilidad e independencia de criterio, para lo cual los puntos que requiere su estudio son:&lt;br /&gt;1. - REVISION DE LIBROS.- Esta labor tiende a establecer si las operaciones han sido correctamente registradas, sin errores aritméticos o técnicos derivados de negligencia o de mala fe. La revisión periódica de los libros constituye para las empresas protección y seguridad. La revisión de libros puede ser mensual, trimestral, semestral o anual para lo cual se contratará a un Auditor para que efectúe exámenes especiales, con independencia de cualquier otro aspecto técnico como sería la certificación de balances.&lt;br /&gt;2. - CERTIFICACION DE BALANCES.- En esta labor el Auditor deberá revisar todas las operaciones efectuadas en un determinado ejercicio. En este caso la función del Auditor se orienta con preferencia al estudio de las Cuentas del Activo, Pasivo y subdivisionarias de Pérdidas y Ganancias, verificando la exactitud de los valores en cantidades e importes y analizando el movimiento anterior de cada rubro, solamente cuando lo crea necesario.&lt;br /&gt;3. - CERTIFICACION DE OPERACIONES DETERMINADAS.- Se reduce la labor del Auditor en este caso a examinar la Contabilidad de la empresa o entidad, para determinar la conformidad o veracidad de algunas operaciones o acciones concretas. En estas situaciones el Auditor se limitará a revisar y verificar la registración contable y sus correspondientes documentos.&lt;br /&gt;4. - ORGANIZACIÓN DE SISTEMAS CONTABLES.- El Auditor en general conoce las modalidades y Sistemas de Contabilidad que se puede aplicar a una determinada empresa o entidad, por ello sus servicios pueden ser solicitados para que organise y prepare un Sistema Contable, de administración y de control a utilizarse, esto al iniciarse las operaciones de la empresa o entidad.&lt;br /&gt;5. - ORGANIZACIÓN DE UN SISTEMA DE FUNCIONAMIENTO.- Los servicios Profesionales del Auditor puede ser solicitado para cambiar o modernizar totalmente un sistema Contable que ya se encuentra en funcionamiento, o bien para corregír ciertas fallas en su funcionamiento. El Auditor procurará que el Sistema Contable sea eficiente, moderno y encuadrado dentro de los requisitos del Control Interno.&lt;br /&gt;6. - ASESORAMIENTO ECONOMICO FINANCIERO.- Esta función resulta de suma importancia para el Auditor, ya que podrá sacar conclusiones concretas después del análisis a las actividades económicas que realiza la empresa, las mismas que servirán a la alta dirección de la empresa a tomar decisiones para mejorar la situación de la misma.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS DE LA AUDITORIA.-&lt;br /&gt;La Auditoría, es practicada en una empresa o entidad para llegar a establecer alguno de los siguientes objetivos:&lt;br /&gt;1. - Descubrir errores, filtraciones o fraudes en la gestión y contabilización de las operaciones de la empresa, cometidos por sus empleados, funcionarios o propietarios.&lt;br /&gt;2. - Valuar las tareas del personal en cuanto se refiere a su corrección y productividad.&lt;br /&gt;3. - Verificar el mecanismo administrativo empleado en la empresa.&lt;br /&gt;4. - Verificar la corrección de la presentación de los estados económicos y financieros preparados por la empresa.&lt;br /&gt;5. - Recopilar las observaciones necesarias al momento de la certificación de los estados financieros.&lt;br /&gt;6. - Estudiar los mecanismos y procedimientos de control interno y proponer las soluciones a las fallas detectadas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;NORMAS GENERALES DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Las normas de Auditoría generalmente aceptadas, son reglas específicas para medir la calidad de los rendimientos, por medio de los cuales el Auditor alcanza los objetivos esperados.&lt;br /&gt;Las normas de Auditoría, difieren de los procedimientos de Auditoría, en que los procedimientos se refieren a actos que han de ejecutarse; en tanto que las normas tienen que ver con las medidas de los procedimientos. Las normas no solamente se relacionan con la calidad Profesional del Auditor, sino también con el juicio ejercitado por él en la ejecución de su trabajo de Auditoría y en la elaboración de su informe.&lt;br /&gt;Las normas de Auditoría, pueden ser enunciadas en los siguientes puntos:&lt;br /&gt;1. - Norma General, esta se refiere a las cualidades que debe tener el Auditor, e indica que el examen a de ser realizado por personas Profesionales adecuadamente calificados, entrenados y experimentados en Auditoría y con criterio de independencia.&lt;br /&gt;2. - Norma de Planificación y Supervisión, esta se refiere a la preparación y planificación del programa o plan de Auditoría y los papeles de trabajo, el examen deberá ser cuidadosamente planificado y ejecutado, y el trabajo de los integrantes del equipo deberá ser revisado por el Auditor supervisor.&lt;br /&gt;3. - Norma de Control Interno, se deberá realizar un estudio y evaluación del sistema Contable y del sistema de control interno, para determinar el grado de confiabilidad que tienen los mismos.&lt;br /&gt;4. - Norma de Evidencia, se debe obtener suficiente evidencia a través de inspección, observación, análisis, investigación, confrontación y verificación, para obtener una base razonable para luego expresar una opinión sobre el examen realizado.&lt;br /&gt;5. - Norma de Informe, el informe de Auditoría indicará la opinión del Auditor respecto al estado en que se encuentra la empresa y el grado en que sus estados económicos y financieros son confiables o no.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TECNICAS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Son los métodos prácticos de investigación y pruebas que el Auditor utiliza para lograr la información y comprobación necesarias para emitir su opinión sobre el examen realizado a una empresa o entidad.&lt;br /&gt;Las técnicas de Auditoría, debido a la variedad de circunstancias en que el Auditor realiza su trabajo y a la diversidad de condiciones de las empresas, son de diversas clases, pero pueden agruparse en:&lt;br /&gt;1. - Estudio General, consiste en la apreciación que el Auditor hace de las características de la empresa, sus operaciones y estados financieros.&lt;br /&gt;2. - Análisis, consiste en la clasificación y agrupación de los distintos elementos individuales que forman una cuenta determinada, efectuándose el análisis de saldos y sus movimientos.&lt;br /&gt;3. - Inspección, es el examen físico de los bienes materiales o de los documentos con el fin de cerciorarse de la autenticidad de los activos o del registro de operaciones.&lt;br /&gt;4. - Confirmación, consiste en cerciorarse de la autenticidad de algunas operaciones dudosas mediante el informe escrito de las personas responsables de su ejecución.&lt;br /&gt;5. - Investigación, el Auditor obtiene una parte de las informaciones que necesita mediante datos que son suministrados por los funcionarios y empleados de la empresa, a esta técnica se llama investigación y la misma puede ser formal o informal.&lt;br /&gt;6. - Declaraciones o Certificaciones, las informaciones obtenidas en la investigación, se ponen por escrito y con la firma de la persona que las proporciona.&lt;br /&gt;7. - Observación, es la técnica por medio de la cual el Auditor se cerciora de ciertos hechos y circunstancias mediante la observación directa.&lt;br /&gt;8. - Cálculo, una parte de los datos obtenidos en el transcurso de la Auditoría se realiza a través de los cálculos o cómputos efectuados por el Auditor realizados sobre ciertas bases predeterminadas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EVIDENCIAS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;La evidencia sirve para hacer patente, clara y manifiesta la certeza de una determinada cosa. La evidencia hace que los objetos planteados se nos demuestren y se nos haga comprensible. &lt;br /&gt;La evidencia en la Auditoría sirve para demostrar la prueba que se aduce en pro o en contra de una determinada cuestión planteada a lo largo de un examen determinado, haciendo que esta se muestre patente, clara y manifieste la certeza de una conclusión.&lt;br /&gt;Los tipos de evidencia en la Auditoría se pueden resumir en:&lt;br /&gt;1. - Registros y documentos preparados por la empresa.&lt;br /&gt;2. - Inspección y observación personal efectuada por el Auditor.&lt;br /&gt;3. - Cálculos financieros efectuados por el Auditor.&lt;br /&gt;4. - Verificación efectuada por el Auditor a los sistemas de control interno de la &lt;br /&gt;empresa.&lt;br /&gt;5. - Interrelación de las informaciones examinadas.&lt;br /&gt;6. - Declaraciones formales e informales hechas por funcionarios y empleados &lt;br /&gt;de la empresa.&lt;br /&gt;7. - Confirmaciones orales o escritas de terceras personas no dependientes de &lt;br /&gt;la empresa.&lt;br /&gt;8. - Documentos fehacientes originados fuera de la empresa a examinar. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-7664928963960923474?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/7664928963960923474/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/la-auditoria.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/7664928963960923474'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/7664928963960923474'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/la-auditoria.html' title='LA  AUDITORIA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-3161815160572535236</id><published>2009-08-06T14:47:00.002-07:00</published><updated>2010-02-01T19:14:25.566-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Planificación'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Planeamiento en la Auditoria'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Planeación'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='P'/><title type='text'>PLANEAMIENTO  DE  LA  AUDITORIA</title><content type='html'>El Planeamiento o Planificación en términos generales, es un proceso mediante el cual se toma decisiones sobre los objetivos y metas que se debe alcanzar en una determinada actividad y en un determinado tiempo. Por lo tanto es un plan de acción detallado y cuantificado.&lt;br /&gt;El Planeamiento como etapa primaria del proceso de Auditoría fue establecido para preveer los procedimientos que se aplicarán a fin de obtener conclusiones válidas y objetivas que sirvan de soporte a la opinión que se vierta sobre la Entidad o Empresa bajo examen.&lt;br /&gt;La planificación comienza por una evaluación de los problemas y/o resistencias que se hayan podido encontrar en la toma de contacto con la Empresa a auditar. Es importante esta reflexión para identificar aquellas áreas problemáticas a las que probablemente haya que dedicar más tiempo y recursos.&lt;br /&gt;El primer resultado de esta fase es la enunciación de los objetivos y alcance de la Auditoría, que será recogido en un documento formal denominado Plan de Auditoría. Se puede limitar el alcance del proceso de Auditoría por razones tales como indisponibilidad de recursos, cercanía a otros procesos o imposibilidad de tomar contacto real en un momento crítico de una determinada área.&lt;br /&gt;En cualquier caso, una vez definido el alcance, se debe proceder a la planificación de recursos, entendida como la especificación de tiempo, plazos, recursos humanos, recursos materiales y costo del proceso. Los conceptos a tener en cuenta para hacer la Planificación son:&lt;br /&gt;Alcance de los objetivos.&lt;br /&gt;Priorización de áreas a auditar.&lt;br /&gt;Resultados parciales a considerar.&lt;br /&gt;Plazos para la ejecución del trabajo.&lt;br /&gt;Equipo de Auditoría.&lt;br /&gt;Presupuesto.&lt;br /&gt;El objetivo del Planeamiento es el determinar la oportunidad de la realización del trabajo y la cantidad de Profesionales para llevar a cabo los aludidos procedimientos de Auditoría.&lt;br /&gt;El Planeamiento o Planificación del proceso de Auditoría es un aspecto que se profundiza y tecnifica para lograr que se llegue a un Planeamiento Estratégico, en donde se identifique los riesgos de Auditoría, constituyéndose en uno de los mayores aportes en el nuevo enfoque de la Auditoría.&lt;br /&gt;El Planeamiento o Planificación Estratégica, como un primer paso en la Auditoría, es fundamental para orientar coordinadamente todos los esfuerzos de Auditoría, evitar dispersiones de trabajo, trasmitir a todo el equipo de trabajo las ideas del personal más experimentado, preveer situaciones que no menoscaben la eficiencia del examen, y anticipar dificultades que puedan afectar la conclusión e informe del Auditor.&lt;br /&gt;El Planeamiento en la Auditoría es de suma importancia, debiendo ser adecuadamente aplicada para llegar al objetivo de la Auditoría programada, y para poder determinar los procedimientos de Auditoría a utilizar en la fase de la ejecución de la misma.&lt;br /&gt;El Planeamiento en la Auditoría, comprende la relación de objetivos, metas, políticas, programas y procedimientos, compatibles con los recursos disponibles para ejecutar una Auditoría eficaz.&lt;br /&gt;El Auditor debe planear su trabajo de modo que le permita llevarla a cabo de manera eficiente y oportuna.&lt;br /&gt;El trabajo del Auditor debe ser adecuadamente planificado a fin de asegurar la realización de una Auditoría de alta calidad y debe estar basada en el conocimiento de la actividad que desarrolla la Entidad o Empresa a examinar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;IMPORTANCIA DEL PLANEAMIENTO.-&lt;br /&gt;El Planeamiento en la Auditoría debe efectuarse para:&lt;br /&gt;1. - Obtener suficiente conocimiento de los sistemas administrativos y procedimientos contables y de control, de las políticas gerenciales y del grado de confianza y solidez del control interno de la Entidad o Empresa a Auditar.&lt;br /&gt;2. - Determinar y programar la naturaleza, oportunidad y alcance de la muestra y los procedimientos de Auditoría a emplear.&lt;br /&gt;3. - Supervisar y controlar el trabajo por realizar en función a los objetivos y plazos determinados.&lt;br /&gt;4. - Estimar el tiempo necesario y el número de personas con las que se debe trabajar.&lt;br /&gt;5. - Cumplir con las Normas Internacionales de Auditoría y otras específicas al tipo de Entidad a Auditar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TIPOS DE PLANEAMINETO.-&lt;br /&gt;En el proceso de la Auditoría existen tres tipos de planeamiento, los cuales básicamente están en función a los objetivos a conseguir y al tipo de Auditoría a ejecutar. Y son:&lt;br /&gt;1. - Planeamiento para Auditoría Financiera.&lt;br /&gt;2. - Planeamiento para Auditoría de Gestión.&lt;br /&gt;3. - Planeamiento para Exámenes Especiales.&lt;br /&gt;1. - Planeamiento para Auditoría Financiera.- Comprende a la Auditoría a los Estados Financieros, y a la Auditoría Financiera en particular.&lt;br /&gt;2. - Planeamiento para Auditoría de Gestiónn.- Tiene como objetivo evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos económicos, así como el desempeño de los empleados y funcionarios, respecto al cumplimiento de metas y objetivos programados y el logro de los resultados.&lt;br /&gt;3. - Planeamiento para Exámenes Especiales..- Este planeamiento convina los objetivos de la Auditoría Financiera y de Gestión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Las Técnicas de Auditoría, son los métodos prácticos de investigación y prueba que &lt;br /&gt;el Auditor utiliza para lograr la información y comprobación necesaria para poder emitir su opinión profesional.&lt;br /&gt;Los Procedimientos de Auditoría, son el conjunto de técnicas de investigación aplicables a una partida o a un grupo de hechos o circunstancias relativas a los estados financieros, u operaciones que realiza la empresa.&lt;br /&gt;Es decir, las Técnicas son las herramientas de trabajo del Auditor, y los Procedimientos es la combinación que se hace de esas herramientas para un estudio en particular.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CLASIFICACION DE LAS TECNICAS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Las Técnicas de Auditoría se pueden clasificar de la siguiente forma:&lt;br /&gt;1. - Estudio General.-&lt;br /&gt;Es la apreciación y juicio de las características generales de la empresa, las cuentas o las operaciones, a través de sus elementos más significativos para elaborar las conclusiones se ha de profundizar en su estudio y en la forma que ha de hacerse.&lt;br /&gt;2. - Análisis.-&lt;br /&gt;Es el estudio de los componentes de un todo. Esta técnica se aplica concretamente al estudio de las cuentas o rubros genéricos de los estados financieros.&lt;br /&gt;3. - Inspección.-&lt;br /&gt;Es la verificación física de las cosas materiales en las que se tradujeron las operaciones, se aplica a las cuentas cuyos saldos tienen una representación material, (efectivos, mercancías, bienes, etc.).&lt;br /&gt;4. - Confirmación.-&lt;br /&gt;Es la ratificación por parte del Auditor como persona ajena a la empresa, de la autenticidad de un saldo, hecho u operación, en la que participo y por la cual esta en condiciones de informar validamente sobre ella.&lt;br /&gt;5. - Investigación.-&lt;br /&gt;Es la recopilación de información mediante entrevistas o conversaciones con los funcionarios y empleados de la empresa.&lt;br /&gt;6. - Declaraciones y Certificaciones.-&gt;&lt;br /&gt;Es la formalización de la técnica anterior, cuando, por su importancia, resulta conveniente que las afirmaciones recibidas deban quedar escritas (declaraciones) y en algunas ocasiones certificadas por alguna autoridad (certificaciones).&lt;br /&gt;7. - Observación.-&lt;br /&gt;Es una manera de inspección, menos formal, y se aplica generalmente a operaciones para verificar como se realiza en la practica.&lt;br /&gt;8. - Cálculo.-&lt;br /&gt;Es la verificación de las correcciones aritméticas de aquellas cuentas u operaciones que se determinan fundamentalmente por cálculos sobre bases precisas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CLASIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Como ya se ha mencionado los procedimientos de Auditoría son la agrupación de técnicas aplicables al estudio particular de una operación o acción realizada por la Empresa o Entidad a examinar, por lo que resulta prácticamente inconveniente clasificar los procedimientos ya que la experiencia y el criterio del Auditor deciden las técnicas que integran el procedimiento en cada uno de los casos en particular.&lt;br /&gt;El Auditor Supervisor y los integrantes del equipo de Auditoría con mayor experiencia definirán la estrategia que consideren la más adecuada para desarrollar la Auditoría. Estos criterios se basarán en el conocimiento de la Entidad o Empresa auditada, así como la experiencia general de la especialidad, que les permita a los Profesionales determinar de antemano los principales procedimientos de Auditoría a aplicar en cada uno de los casos que se presentan a lo largo del proceso de Auditoría.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EXTENSION O ALCANCE DE LOS PROCEDIMIENTOS.-&lt;br /&gt;Se llama extensión o alcance a la amplitud que se da a los procedimientos, es decir, la intensidad y profundidad con que se aplican prácticamente estos en cada uno de los casos para lo cual de deberá tomar en cuenta la actividad u operación que realizó la empresa o entidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OPORTUNIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS.-&lt;br /&gt;Es la época en que deben aplicarse los procedimientos al estudio de partidas especificas, y al análisis total de las actividades de la Empresa o Entidad.&lt;br /&gt;Se debe tomar en cuenta que la oportunidad en que se aplica un procedimiento determina la conclusión u observación que se puede obtener para el análisis al final del examen realizado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PRUEBAS SELECTIVAS EN LA AUDITORIA.-&lt;br /&gt;El trabajo de revisión de las operaciones que realiza la empresa a lo largo de un año, no es ni puede ser exhaustivo, ya que no es posible realizarlo en un período corto de tiempo (30, 45 o 60 días) con un grupo de tres o cuatro personas lo que a la empresa le lleva un año en registrar las operaciones, por lo que no es razonable que el Auditor disponga de un tiempo tan limitado para obtener sus conclusiones. Por lo tanto se hace necesario que el Auditor establesca sus evidencias con pruebas selectivas.&lt;br /&gt;Los resultados que arrojen las pruebas selectivas deben ser sopesados cuidadosamente para poder generalizarlos al todo. Los resultados satisfactorios deben dar seguridad en tanto que los resultados negativos pueden provocar una extensión del trabajo, bien ampliando la muestra o cambiando el enfoque, o simplemente pueden considerarse plenamente aplicables al universo, y en consecuencia considerarlo erróneo.&lt;br /&gt;El Auditor debe considerar en primer termino los objetivos específicos de la Auditoría que debe alcanzar, lo que le permitirá determinar el procedimiento de Auditoría o combinación de procedimientos mas indicados para lograr dichos objetivos. Además cuando el muestreo de Auditoría es apropiado, la naturaleza de evidencia de la auditoría buscada, y las condiciones de error posible u otras características relativas a tal evidencia ayudaran al Auditor a definir lo que constituye un error y el universo que deberá utilizarse para el muestreo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;LOS PAPELES DE TRABAJO.-&lt;br /&gt;El trabajo del Auditor queda anotado en una serie de papeles que constituyen en principio la prueba material del trabajo realizado, además, en ellos se deja constancia de la profundidad de las pruebas y de la suficiencia de los elementos en que se apoyo la opinión, en otras palabras, son evidencia de la calidad profesional del trabajo de Auditoría que es realizado en una Empresa o Entidad.&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo son los documentos en que el Auditor registra los datos e informaciones obtenidas a lo largo de su examen y los resultados obtenidos de las pruebas realizadas, las que le servirán para poder elaborar su informe o dictamen final que deberá presentar a la empresa o entidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ELEMENTOS.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo deben ser claros y concisos respecto de la cuenta u operación a la que se refieran, del trabajo desarrollado y de las conclusiones obtenidas, esto se logra estableciendo un mínimo de elementos que es conveniente tener en cuenta al elaborarlos.&lt;br /&gt;Algunos de estos elementos que deben contener toda cédula o papel de trabajo de auditoría, son:&lt;br /&gt;Nombre de la empresa a la que se audita.&lt;br /&gt;Fecha del cierre del ejercicio examinado.&lt;br /&gt;Titulo o descripción breve de su contenido.&lt;br /&gt;Fecha en que se preparó.&lt;br /&gt;Nombre de quien lo preparó.&lt;br /&gt;Fuentes de donde se obtuvieron los datos.&lt;br /&gt;Descripción concisa del trabajo efectuado.&lt;br /&gt;Conclusión.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS E IMPORTANCIA.-&lt;br /&gt;Tomándose en cuenta todo lo enunciado, los objetivos e importancia de los papeles de trabajo son:&lt;br /&gt;1. - En ellos el Auditor respalda y fundamenta sus informes, Dictámenes y Carta de observaciones.&lt;br /&gt;2. - Sirven de fuente de información posterior al propio cliente o entidad auditada, a otro Auditor que se le pueda contratar para opinar sobre el trabajo realizado, a las autoridades de entidades fiscalizadoras como la Contraloría General de la República y en su caso a las autoridades judiciales.&lt;br /&gt;3. - Con ellos se evidencia el trabajo realizado, su alcance, sus limitaciones y su oportunidad de presentación.&lt;br /&gt;4. - Ellos sirven para comprobar que el Auditor realizo un trabajo de calidad profesional.&lt;br /&gt;5. - Sirven de guía para la realización de futuras auditorías y como referencia para determinar la consistencia en la aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados de un ejercicio a otro.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CLASIFICACION.-&lt;br /&gt;Se acostumbra clasificar a los papeles de trabajo desde dos puntos de vista:&lt;br /&gt;1. - Por su uso:&lt;br /&gt;Papeles de uso continuo.&lt;br /&gt;Papeles de uso temporal.&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo pueden contener información útil para varios ejercicios(acta constitutiva, contratos a plazos mayores a un año o indefinidos, cuadros de organización, catálogos de cuentas, manuales de procedimientos, etc.). Por su utilidad mas o menos permanente a este tipo de papeles se les acostumbra conservar en un expediente especial, particularmente cuando los servicios del Auditor son requeridos por varios ejercicios contables.&lt;br /&gt;De la misma manera los papeles de trabajo pueden contener información útil solo para un ejercicio determinado(confirmaciones de saldos a una fecha dada, contratos a plazo fijo menor de un año, conciliaciones bancarias, etc.); en este caso, tales papeles se agrupan para integrar el expediente de la auditoría del ejercicio a que se refieran.&lt;br /&gt;2. - Por su contenido:&lt;br /&gt;Hoja de trabajo.&lt;br /&gt;Cédulas sumarias o de Resumen.&lt;br /&gt;Cédulas de detalle o descriptivas.&lt;br /&gt;Cédulas analíticas o de comprobación.&lt;br /&gt;Aunque en diseño y contenido los papeles de trabajo son tan variados como la propia imaginación, existe en el transcurso del trabajo de auditoría papeles claves cuyo contenido esta mas o menos definido.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;PROPIEDAD.-&lt;br /&gt;Los papeles de trabajo son propiedad del Auditor, él los preparó y son la prueba material del trabajo efectuado, pero, esta propiedad no es irrestricta ya que por contener datos que puedan considerarse confidenciales, esta obligado a mantener absoluta discreción respecto a la información que contienen.&lt;br /&gt;Es decir, los papeles de trabajo son del Auditor, pero queda obligado al secreto profesional que estipula no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión (a menos que lo autorice él o los interesados) y salvo los informes que obligatoriamente debe presentar a la Contraloría General de la República o en su caso al Poder Judicial cuando es requerido por tales entidades.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-3161815160572535236?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/3161815160572535236/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/principios-eticos-del-contador-publico.html#comment-form' title='1 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3161815160572535236'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/3161815160572535236'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/08/principios-eticos-del-contador-publico.html' title='PLANEAMIENTO  DE  LA  AUDITORIA'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>1</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-5732035590852713894</id><published>2009-04-02T09:33:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:25:38.583-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='El Contador y la Ética'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='ética'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Principios Éticos'/><title type='text'>ETICA CONTABLE</title><content type='html'>La palabra ética proviene del griego éthikós  que significa costumbre, modo de ser, o carácter, en cuanto a la forma de vida adquirida por el hombre. &lt;br /&gt;La Ética es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la manera en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias. &lt;br /&gt;Se dice que la Ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios.&lt;br /&gt;La Ética es un conjunto de conocimientos  sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.&lt;br /&gt;La ética es una parte de la filosofía, de ahí que su método y características de investigación hayan de concordar con ésta disciplina.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Según Aristóteles, en el hombre, hay dos virtudes fundamentales, la primera consiste en el mismo ejercicio de la razón por lo cual es llamada intelectiva o racional, y la otra consiste en el dominio de la razón sobre los impulsos sensibles que determina las buenas costumbres y por eso se llama virtud moral.&lt;br /&gt;La virtud moral consiste en la capacidad de escoger el justo medio adecuado a nuestra naturaleza, tal como es determinado por la razón. &lt;br /&gt;La virtud ética principal es la justicia, en el sentido más general, es decir, de conformidad a las leyes, la justicia no es una virtud particular, más bien, es la virtud integra y perfecta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La ética Profesional es reconocida como la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en el cumplimiento de sus actividades Profesionales.&lt;br /&gt;A la Ética Profesional también se le conoce como Deontología Profesional ya que se encarga del estudio y tratado de los deberes y comportamiento de los Profesionales en el desempeño de sus actividades Profesionales y personales.&lt;br /&gt;Por tanto Deontología, es el conjunto de reglas de carácter ético que una profesión se da a sí misma y que sus miembros deben respetar. En un sentido etimológico, Deontología hace referencia a la ciencia del deber o de los deberes.&lt;br /&gt;La Ética Profesional, puede definirse como el conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes profesan una determinada Profesión, por razones de integridad, de profesionalismo y de responsabilidad social, lo que implica un compromiso de identidad con el rol que cumplen en la vida social. &lt;br /&gt;La Ética Profesional, es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los Profesionales en sus relaciones con sus clientes, el estado y sus Colegas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los Colegios Profesionales reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y vigilancia de normas que rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio de su actividad.&lt;br /&gt;Es potestad de los Colegios Profesionales fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce.&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso económico y bienestar de la Sociedad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado del Perú, vigente, consta de 1 Título Preliminar, 5 Títulos, 59 Artículos, 3 Disposiciones Finales, 1  Disposición Transitoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El TÍTULO PRELIMINAR del Código de Ética, enuncia LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL, Disponiendo que el Contador Público Colegiado, deberá cumplir obligatoriamente los Principios Fundamentales en concordancia con el Código de Ética de la IFAC. y son: &lt;br /&gt;1.- INTEGRIDAD.- &lt;br /&gt;El Contador Público debe ser sincero, justo y honesto en todas sus relaciones profesionales.&lt;br /&gt;El Contador Público debe ser probo e intachable en todos sus actos.&lt;br /&gt;El Contador Público no debe estar asociado a informes, rendiciones, comunicaciones u otra información que contengan un material falso.&lt;br /&gt;2.- OBJETIVIDAD.-&lt;br /&gt;El Contador Público no debe permitir que los favoritismos, conflictos de interés o la influencia indebida de otros eliminen sus juicios profesionales o de negocios.&lt;br /&gt;El Contador Público Colegiado, debe actuar siempre con independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros.&lt;br /&gt;3.– COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO.- &lt;br /&gt;El Contador Público tiene el deber de mantener sus habilidades y conocimientos profesionales actualizados en el nivel apropiado para asegurar que el cliente o empleador reciba un servicio profesional competente basado en los desarrollos actuales de la práctica, legislación y técnicas existentes. &lt;br /&gt;El Contador Público debe actuar diligentemente y de acuerdo a las técnicas aplicables y las normas profesionales cuando proporciona sus servicios profesionales.&lt;br /&gt;Un servicio profesional competente requiere el ejercicio de un juicio sensato en la aplicación de los conocimientos y habilidades profesionales. &lt;br /&gt;4.- CONFIDENCIALIDAD.- &lt;br /&gt;El Contador Público debe respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios y no debe revelar esta información a terceros que no cuenten con la debida autoridad a menos que exista un derecho o deber legal o profesional para revelarla. &lt;br /&gt;La información confidencial obtenida como resultado de las relaciones profesionales o de negocios no debe ser usada por el Contador Público para obtener beneficios personales o para terceros. El Contador Público debe mantener la confidencialidad incluso en el ambiente social o familiar.&lt;br /&gt;5. – COMPORTAMIENTO PROFESIONAL.-&lt;br /&gt;El Contador Público debe cumplir con los reglamentos y leyes relevantes y debe rechazar cualquier acción que desacredite a la profesión.&lt;br /&gt;En la publicidad y promoción de su trabajo y de ellos mismos, los Contadores Públicos no deben desprestigiar a la profesión, deben ser honestos y sinceros y no deben realizar afirmaciones exageradas sobre los servicios que pueden ofrecer, las calificaciones y méritos que poseen, o la experiencia obtenida, o realizar referencias desacreditadoras o comparaciones sin fundamento con el trabajo de otros Colegas.&lt;br /&gt;El Contador Público en la práctica profesional no debe comprometerse con ningún negocio, ocupación o actividad que dañe o pueda dañar la integridad, objetividad o la buena reputación de la profesión y como consecuencia sea incompatible con la prestación de sus servicios profesionales, debe estar de acuerdo en proporcionar sólo aquellos servicios para los cuales se encuentra capacitado, antes de aceptar un compromiso especifico con un cliente, el Contador Público debe considerar si su aceptación podría crear alguna amenaza al cumplimiento de los principios fundamentales. &lt;br /&gt;El Contador Público, debe tratar a sus Colegas con consideración, deferencia y manifestaciones de cortesía y  debe colaborar con ellos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin perjuicio de los Principios Fundamentales de la Ética Profesional, enunciados en concordancia con el Código de Ética de la IFAC, y sin que esta formulación implique un orden jerárquico de acatamiento, el Contador Público, debe reconocer además  como sus principios y valores, los siguientes.&lt;br /&gt;Dignidad.-   &lt;br /&gt;Deberá considerar a cada persona  como a un semejante, con un accionar libre que le posibilite trascender a través de los otros. Al actuar, dará lo mejor de sí, poniendo en funcionamiento todo su potencial,  acorde a lo que los demás esperan de él, de modo que resulte  merecedor de respeto y estima.&lt;br /&gt;Independencia.- &lt;br /&gt;Su actuación será autónoma; sólo estará condicionada por el ordenamiento legal, las normas éticas, las reglas técnicas de su profesión, y su juicio prudente a la luz de su experiencia. Por consiguiente, se mantendrá libre de influencias o amenazas que comprometan la independencia de su juicio profesional, o su imagen de tal. &lt;br /&gt;Imparcialidad.-&lt;br /&gt;Actuará o dictaminará sin prevención y con equidistancia, respecto a las diferentes partes, personas o cosas que intervienen, o a los intereses involucrados.&lt;br /&gt;Transparencia.- &lt;br /&gt;Actuará de manera que su proceder y conclusiones puedan en todo momento someterse al juicio crítico de sus pares y demás interesados.&lt;br /&gt;Veracidad.- &lt;br /&gt;No distorsionará lo que a su leal entendimiento se presente como un hecho relevante, procurando a este efecto poseer un cabal conocimiento de las circunstancias que rodean a la tarea. &lt;br /&gt;Lealtad.- &lt;br /&gt;Se comportará de manera fiel y consecuente con colegas, clientes, entidades profesionales, pero también con sus principios. &lt;br /&gt;Responsabilidad.-&lt;br /&gt;En la medida en que es libre,  y por encima de sus conveniencias personales, debe responder de forma hábil, eficiente, y adecuada, haciéndose cargo, ante la comunidad de sus propios actos o de los actos de terceros cuando corresponda. &lt;br /&gt;Vocación de servicio.-&lt;br /&gt;Como forma de reconocer la condición social del ejercicio profesional, deberá poner en práctica el espíritu de servicio en aras del bien común,  más allá de cualquier recompensa, con el fin de que los otros vivan y se desarrollen mejor.&lt;br /&gt;Justicia, equidad.- &lt;br /&gt;Dado que la justicia y la equidad están en la base de todo ordenamiento social pacífico y todo desarrollo armónico, y que cada ser humano posee su propia concepción del bien y la felicidad, deberá  considerar  el derecho a lograrlo, respetando lo que pertenece a cada uno. Del mismo modo considerará las condiciones de equidad que posibiliten practicar la justicia.&lt;br /&gt;Solidaridad, tolerancia.-&lt;br /&gt;En su tarea reconocerá el carácter social de la persona humana. Por esto, tendrá en cuenta en su vida profesional, las necesidades y la dignidad del otro, y respetará su punto de vista independientemente de que lo comparta, apelando al diálogo para lograr consensos.&lt;br /&gt;Respeto por el orden jurídico. &lt;br /&gt;Actuará de acuerdo con las reglas del ordenamiento jurídico. Cuando su convicción personal o el interés de quien contrate sus servicios le indique que alguna norma jurídica es injusta o inadecuada, aconsejará recurrir a las vías que el propio ordenamiento prevé para su revisión, inaplicación o anulación. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gnail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-5732035590852713894?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/5732035590852713894/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/04/etica-contable.html#comment-form' title='2 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5732035590852713894'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5732035590852713894'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/04/etica-contable.html' title='ETICA CONTABLE'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>2</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-5253342994837274168</id><published>2009-03-16T15:24:00.000-07:00</published><updated>2010-02-02T19:26:30.344-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ley de Profesionalización'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Ley 13253'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Contadores Beneméritos'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Congresos de Contadores Públicos'/><title type='text'>CONGRESOS  NACIONALES  DE  CONTADORES  PÚBLICOS  DEL  PERÚ.</title><content type='html'>El 11 de setiembre de 1959, se promulgó la Ley N° 13253 conocida como Ley de Profesionalización del Contador Público, la cual indica las acciones profesionales que pueden realizar los Contadores Públicos, y manifiesta que la Colegiación es obligatoria para poder ejercer la Profesión.&lt;br /&gt; La Ley N° 13253, da nacimiento a la organización y creación de los Colegios de Contadores Públicos en todos los Departamentos del País. Entre las funciones que otorga a los Colegios de Contadores Públicos, están la vigilancia de las normas de Ética Profesional, el mejoramiento de la Profesión y la ayuda mutua entre los asociados, para lo cual manifiesta que cada Colegio formulará sus propios estatutos.&lt;br /&gt;El 26 de agosto de 1960, se promulga el Decreto Supremo N° 028-HC. que viene a ser el Reglamento de la Ley N° 13253, y en su capítulo I, determina la organización, fines y atribuciones de los Colegios de Contadores Públicos del País. Manifiesta que en las capitales de Departamento donde ejerzan la actividad profesional 10 o más Contadores Públicos, se organizará un Colegio de Contadores Públicos con Estatutos propios.&lt;br /&gt;Al haberse creado un Colegio de Contadores Públicos, en los 24 Departamentos del País y l en la Provincia Constitucional del Callao, fue necesaria la integración de los 25 Colegios Profesionales, por lo que se creó la Federación Nacional de Colegios de Contadores Públicos del Perú, con la  participación de los 25 Decanos, la cual tenia como funciones el representar a la Profesión ante los órganos Nacionales e Internacionales, el organizar Congresos Nacionales e Internacionales con el fin de analizar los avances técnicos y doctrinarios de la Profesión, el coordinar la labor institucional de los Colegios, entre otros.&lt;br /&gt;El 18 de noviembre de 1992, se promulga el Decreto Ley N° 25892 que crea la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, la cual remplaza a la Federación Nacional de Colegios de Contadores Públicos del Perú.&lt;br /&gt;El 15 de enero del 2007, se promulga la Ley N° 28951 conocida como Ley de Actualización de la Ley N° 13253, de Profesionalización del Contador Público y de creación de los Colegios de Contadores Públicos del Perú.&lt;br /&gt;En cumplimiento a las normas legales que rigen la Profesión de Contador Público del Perú, los Estatutos y otras normas internas de los Colegios de Contadores Públicos y de la Federación Nacional de Colegios de Contadores Públicos del Perú, primero, y luego la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, desde la promulgación de la Ley N° 13253 y hasta la fecha, en la Profesión se han organizado 2l Congresos Nacionales de Contadores Públicos del Perú, los que se han realizado en los diferentes Departamentos del País.&lt;br /&gt;De acuerdo al Estatuto de la Federación Nacional de Colegios de Contadores Públicos del Perú,  y el Estatuto de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, que remplazó a la Federación desde el 18 de noviembre de 1992, cada dos años se realiza el Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú,  contando para ello con un Reglamento propio, el cual tiene un acápite especial llamado de los “ Honores y Distinciones ”, en dicho reglamento,  se  indica que la máxima distinción que se otorga a un Contador Público Colegiado con ocasión de la realización de un Congreso Nacional es la de Contador Benemérito del Perú, la que será otorgada solo a un Contador Público Colegiado en cada Congreso Nacional. &lt;br /&gt;Los 21 Congresos Nacionales de Contadores Públicos del Perú, y la designación primero de Contador Emérito desde 1965 hasta 1982, y la designación de Contador Benemérito del Perú desde 1984 hasta el 2008, fueron en  la siguiente forma:&lt;br /&gt;I CONGRESO NACIONAL.-  CUSCO 1965.- No se designó.&lt;br /&gt;II CONGRESO NACIONAL.- LIMA 1968.- CONTADOR EMÉRITO CPC. GONZALO   GARCIA MARQUEZ, CPC. LUIS BURGA FARRO.&lt;br /&gt;III CONGRESO NACIONAL.- AREQUIPA 1971.- CONTADOR EMÉRITO CPC. EVANS TAPIA ESCOBEDO, CPC. JUVENAL SANTA CRUZ IZQUIERDO.&lt;br /&gt;IV CONGRESO NACIONAL.- TRUJILLO 1973.- CONTADOR EMÉRITO CPC. MANUEL LUNA VICTORIA SANCHEZ.&lt;br /&gt;V CONGRESO NACIONAL.- PIURA 1976.- No se designó.&lt;br /&gt;VI CONGRESO NACIONAL.- CHICLAYO 1978.- CONTADOR EMÉRITO CPC. ANTONIO CALLO CÁCERES, CPC.ANDRÉS FUKUNAGA SOYAMA.&lt;br /&gt;VII CONGRESO NACIONAL.- HUANCAYO 1980.- CONTADOR EMÉRITO CPC. ALEJANDRO TEJADA RODRIGUEZ, CPC. RAMÓN MORALES MORENO.&lt;br /&gt;VIII CONGRESO NACIONAL.- ICA 1982.- No se designó.&lt;br /&gt;IX CONGRESO NACIONAL.- PUNO 1984.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. SIMEÓN CABALLERO BUSTAMANTE.&lt;br /&gt;X CONGRESO NACIONAL.- LIMA 1986.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. PEDRO LOZADA VALLE, MARIO ORDOÑEZ LUNA.&lt;br /&gt;XI CONGRESO NACIONAL.- CUSCO 1988.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. JULIO PANEZ MEZA.&lt;br /&gt;XII CONGRESO NACIONAL.- CAJAMARCA 1990.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. ARMENIO CHÁVEZ DE PAZ.&lt;br /&gt;XIII CONGRESO NACIONAL.- IQUITOS 1992.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. JULIO CÉSAR TRUJILLO MEZA.&lt;br /&gt;XIV CONGRESO NACIONAL.- TACNA 1994.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. VICTOR VARGAS CALDERÓN, ENRIQUE HERMOSA ZEVALLOS.&lt;br /&gt;XV CONGRESO NACIONAL.- HUANUCO 1996.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. RAMÓN CHUMAN ROJAS.&lt;br /&gt;XVI CONGRESO NACIONAL.- TUMBES 1998.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. BENJAMIN CALLIRGOS GAMARRA.&lt;br /&gt;XVII CONGRESO NACIONAL.- PUCALLPA 2000.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. CESAREO ALONSO GALLARDAY.&lt;br /&gt;XVIII CONGRESO NACIONAL.- ANCASH 2002.- No se designó.&lt;br /&gt;XIX CONGRESO NACIONAL.- JUNIN 2004.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. ANTONIO AYLLÓN FERRARI.&lt;br /&gt;XX CONGRESO NACIONAL.- PUNO 2006.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI.&lt;br /&gt;XXI CONGRESO NACIONAL.- AYACUCHO 2008.- CONTADOR BENEMÉRITO CPC. OSCAR CAIPO GUERRERO.&lt;br /&gt;Es necesario indicar que para el otorgamiento de la  máxima distinción  de “Contador Benemérito del Perú”, se deberá calificar en forma rigurosa por parte de la Junta de Decanos reunida al inicio de cada Congreso Nacional, la actividad profesional con el 40%, la actividad de investigación y producción intelectual con el 40%, y la actividad institucional con el 20%, lo que equivale a un total de 100 puntos. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-5253342994837274168?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/5253342994837274168/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/03/congresos-nacionales-de-contadores.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5253342994837274168'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5253342994837274168'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/03/congresos-nacionales-de-contadores.html' title='CONGRESOS  NACIONALES  DE  CONTADORES  PÚBLICOS  DEL  PERÚ.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-2634412935697263157</id><published>2009-02-10T15:06:00.002-08:00</published><updated>2010-02-02T19:28:00.781-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='sistema nacional de evaluación acreditación y certificación'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='procesos'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Reglamento de Certificación Extraordinaria del CPC.'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='SINEACE'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='principios'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='certificación del CPC'/><title type='text'>CERTIFICACIÓN     DEL  CONTADOR  PÚBLICO.</title><content type='html'>En cumplimiento a lo normado en la Ley General de Educación del Perú, con fecha 19 de mayo del 2006 se promulgo la Ley N° 28740 llamada Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), que norma los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa, y define la participación del Estado en ellos, regulando su ámbito, organización y funcionamiento.&lt;br /&gt;En cumplimiento a lo normado en la Ley General de Educación del Perú, con fecha 19 de mayo del 2006 se promulgo la Ley N° 28740 llamada Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), que norma los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa, y define la participación del Estado en ellos, regulando su ámbito, organización y funcionamiento.&lt;br /&gt;La Ley N° 28740, en su artículo N° 2 indica que,  El Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), es el conjunto de organismos, normas y procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a definir y establecer los criterios, estándares y procesos de evaluación, acreditación y certificación a fin de asegurar los niveles básicos de calidad que deben brindar las instituciones a las que se refiere la Ley General de Educación N° 28044, y promover su desarrollo cualitativo.&lt;br /&gt;En su artículo N° 4, enuncia que los Principios que rigen los procesos de evaluación, acreditación y certificación son:&lt;br /&gt;a.- Transparencia.- Permite que los resultados del Sistema sean confiables, y se expresen con claridad, accesibilidad y sean difundidos a la comunidad educativa y público en general oportunamente.&lt;br /&gt;b.- Eficacia.- Procura lograr una cultura y práctica de la calidad educativa en todo el país, cautelando la racionalización en el uso de los recursos.&lt;br /&gt;c.- Responsabilidad.- Orienta para que las Instituciones asuman su propia responsabilidad en el logro de los propósitos y objetivos de la calidad educativa.&lt;br /&gt;d.- Participación.- Aplica un conjunto de mecanismos y estrategias que buscan la participación voluntaria de las instituciones educativas en los procesos de evaluación y acreditación.&lt;br /&gt;e.- Objetividad e Imparcialidad.- Tiene por objeto que los procesos de evaluación y acreditación, así como las otras actividades que lleven a cabo las instituciones educativas prioricen la búsqueda de la mejora de la calidad educativa, en un marco de legalidad y probidad.&lt;br /&gt;f.- Ética.- Garantiza una actuación basada en la honestidad, equidad y justicia.&lt;br /&gt;g.- Periodicidad.- La evaluación es periódica y permite apreciar la evolución de los logros hacia la meta de la calidad.&lt;br /&gt;El artículo N° 11 de esta Ley, manifiesta que la  evaluación es un instrumento de fomento de la calidad de la educación que tiene por objeto la medición de los resultados y dificultades en el cumplimiento de las metas previstas en términos de aprendizajes, destrezas y competencias comprometidos con los estudiantes, la sociedad y el Estado, así como proponer políticas, programas y acciones para el mejoramiento de la calidad educativa.&lt;br /&gt;Los procesos de evaluación para el mejoramiento de la calidad educativa a que se refiere  la Ley del Sistema  Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación  son:&lt;br /&gt;a.- La Autoevaluación de la gestión pedagógica, institucional y administrativa.-  que está a cargo de los propios actores de la institución educativa. Su realización es requisito fundamental e indispensable para mejorar la calidad del servicio educativo que se ofrece y se inicia, si fuera el caso, a los procesos externos.&lt;br /&gt;b.- Evaluación externa con fines de acreditación.- la que es requerida voluntariamente por las instituciones educativas. Para tal efecto se designa a la entidad especializada que la llevará a cabo de acuerdo al procedimiento señalado en el reglamento, la misma que al finalizar la evaluación, emite un informe que será entregado, tanto a la institución como al órgano operador correspondiente.&lt;br /&gt;c.- Acreditación.- que es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa&lt;br /&gt;d.- Certificación.-  Es el reconocimiento público y temporal de las competencias adquiridas y demostradas por las personas naturales, dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales.&lt;br /&gt;El proceso es voluntario y se realiza mediante las normas dictadas por el órgano operador correspondiente, y luego de haber pasado satisfactoriamente la evaluación del desempeño realizada por la entidad certificadora, éste proceso se realiza a petición del interesado&lt;br /&gt;La Certificación que es un proceso público y temporal, es otorgada por el Colegio profesional correspondiente, previa autorización, de acuerdo a los criterios establecidos por el SINEACE, y se realiza a solicitud de los Colegios Profesionales interesados.&lt;br /&gt;El proceso de certificación se regula mediante un reglamento especial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Decreto Supremo Nº 015-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28740 del SINEACE en sus Artículos Nº 20º al 23º norma sobre la Certificación de competencias profesionales, disponiendo que la certificación profesional es voluntaria, y para los profesionales de la salud y educación es obligatoria.&lt;br /&gt;La Ley N° 28951, Ley de actualización de la ley N° 13253 del Contador Público, en su artículo N° 6 inciso “c” indica, que los Colegios de Contadores Públicos deben organizar y llevar el registro de los miembros de la orden colegiados, por especialidades, para efectos de la Certificación y Recertificación en la forma establecida por el estatuto y el reglamento interno.&lt;br /&gt;El artículo N° 13 de esta ley, indica que la Certificación y Recertificación de los Contadores Públicos Colegiados a nivel Nacional, está a cargo de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, en su calidad de máximo organismo representativo de la profesión Contable dentro del País y en el Exterior, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25892 y el Decreto Supremo N° 008-93-JUS, que disponen que los Colegios Profesionales que no sean de ámbito Nacional tendrán una Junta de Decanos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN.-&lt;br /&gt;Debemos tener presente que a medida que transcurre el tiempo en el  ejercicio profesional se produce una brecha entre el conocimiento adquirido en la formación de pre-grado y los conocimientos vigentes  actuales, ello debido a que tanto el conocimiento como las técnicas evolucionan, cambian, modifican sus paradigmas y aumentan en complejidad.&lt;br /&gt;En éste sentido se hace indispensable que el profesional se actualice, perfeccione e implemente los avances científicos y tecnológicos mundiales que permitan la constante mejora de su desempeño profesional y por consiguiente la calidad de sus servicios.&lt;br /&gt;No sólo es necesario el conocimiento para un desempeño profesional eficiente, se requiere desarrollar además valores y habilidades que permitan hacer eficaz el conocimiento.&lt;br /&gt;Estos tres elementos (conocimiento, valores, habilidades) en su conjunto conforman las competencias profesionales que deben ser validadas tanto a nivel Nacional como Internacional por la profesión Contable a través de sus organismos representativos y  directrices de la Profesión, para lo cual es necesario implementar un proceso de certificación y recertificación profesional.&lt;br /&gt;Es deber del Contador Público Colegiado asegurar su capacidad individual y ello dependerá de su habilidad y de la voluntad que tenga. Sin embargo, nuestras organizaciones profesionales encabezadas por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, tienen la responsabilidad de establecer las condiciones que les permita alcanzar estos niveles.&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación de la Competencia Profesional es una de las responsabilidades centrales que la sociedad asigna en nuestros días a los gremios nacionales o regionales  representativos de las profesiones, con especial énfasis en el caso de los Contadores Públicos, aunque no les es exclusivo.&lt;br /&gt;A fin de que exista claridad de lo que se espera desarrollar en el ámbito de las competencias del Contador Público Colegiado en el Perú, es necesario establecer  que las competencias son las cualidades (valores), habilidades y conocimientos necesarios para cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según estándares definidos o requerimientos de calidad esperados por el sector productivo (mercado laboral). Se considerará como dimensiones integrantes del concepto de competencia laboral a las competencias básicas, genéricas y técnicas.&lt;br /&gt;Se considera a una persona competente cuando su desempeño satisface a su entorno y deja conforme a los usuarios de su trabajo, además de  sus superiores, es el comportamiento explícito y abierto, observable por todos, que va más allá de la gran importancia que se da actualmente a  los  títulos y diplomas, ya que debemos tener siempre presente que él título no hace a un profesional sino el profesional hace mérito al título que tiene.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En consecuencia, el  Sistema de Certificación deberá buscar evaluar en el lugar de trabajo (ambiente real), los conocimientos, habilidades y conductas de los profesionales, y en función de un estándar (perfil) declarar competente o incompetente al Profesional Contador Público para la función que va desempeñar.&lt;br /&gt;La crisis moral y de confianza en que vivimos en la actualidad en casi todo el mundo,  ha originado que se cuestionen cada día más las normas de contabilidad,  la efectividad de las auditorias,  el desempeño del contador,  auditor y perito, y los currículos de estudios de la profesión.  El efecto de estas preocupaciones en la mente del público en general ha perjudicado seriamente la credibilidad del reporte de los estados financieros y a la profesión contable en su integridad.&lt;br /&gt;Internacionalmente, los escándalos corporativos por fraudes financieros de empresas de notable importancia económica como Enron  de EE.UU., que costó la desaparición de la prestigiosa firma auditora Arthur Anderesen, y los recientes casos de Parlamat en Italia, entre otros, también han generado desconfianza en la información financiera que fluye a los mercados internacionales y ha dañado la imagen de los profesionales Contables en el ámbito Internacional, lo que obliga a una mayor rigurosidad y transparencia en el ejercicio profesional previa a una certificación y recertificación consciente y veraz a través de los Colegios Departamentales de Contadores Públicos del país, bajo la supervisión de la Junta de Decanos&lt;br /&gt;Debemos ser consientes que la formación universitaria aún presenta muchas limitaciones, lo que hace necesario un nuevo modelo de enseñanza superior, centrado en las relaciones del estudiante con su entorno y su rol frente a las instituciones y la sociedad, y para lo cual definitivamente es necesario implementar reformas con profundidad que conlleven a la ampliación del acceso, así como la renovación de los contenidos, métodos, practicas y medios de transmisión del saber, de tal forma que se articule el perfil educativo con el perfil profesional basándonos en la enseñanza de la Ética como norma que regule y oriente la actuación del nuevo profesional Contable.&lt;br /&gt;De esta forma y en tanto se produzca la creación de currículos educativos de contaduría propios, acorde con las demandas y las ofertas existentes en el medio y los estándares internacionales de educación para Contadores Públicos que velen por el interés de su sociedad, es necesario reforzar y complementar esta limitación actual de la formación universitaria con procesos de actualización, capacitación y perfeccionamiento continuo como parte del Sistema de Certificación y Recertificación Profesional.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;VENTAJAS DE LA CERTIFICACIÓN.-&lt;br /&gt;Debemos insistir que la Certificación, debe ser entendida como una herramienta que es administrada para contribuir a la obtención de niveles mínimos de competencia profesional, que se constituyan en garantías para los intereses de los usuarios de los servicios profesionales del Contador  Público y de la sociedad en su conjunto.&lt;br /&gt;Son muchas las ventajas de una certificación, sin embargo se pueden resumir en lo siguiente:&lt;br /&gt;1.-     El profesional acredita su experiencia y pericia, Es     decir puede demostrar que posee los conocimientos         suficientes, debidamente actualizados y la          experiencia necesaria para desarrollar con alta calidad profesional las actividades propias de su profesión.&lt;br /&gt;2.-     El usuario tiene la certeza de los servicios que   recibe, dado que se le garantiza la eficiencia de los    servicios contratados y la tranquilidad de trabajar      con personal de reconocida calidad profesional.&lt;br /&gt;3.-     Fortalece el sector productivo con servicios       profesionales de  alta calidad&lt;br /&gt;4.-     Los Contadores Públicos pueden efectuar su     desempeño profesional en el mercado global,        dado que facilita el acceso del profesional          contable al mercado externo de servicios     profesionales, de tal forma que presta sus          servicios más allá de las fronteras y actúa en una economía mundial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;OBJETIVOS DE LA CERTIFICACIÓN.-&lt;br /&gt;El Sistema de Certificación de la Profesión Contable en el Perú debe alcanzar los objetivos siguientes:&lt;br /&gt;a.-     Elevar la calidad profesional de los Contadores          Públicos en un entorno competitivo&lt;br /&gt;b.-     Establecer las bases de reciprocidad con otros   países, en materia de servicios profesionales       relativos a la Contaduría Pública.&lt;br /&gt;c.-      Defender al usuario de los servicios profesionales       en las áreas que se regulan.&lt;br /&gt;d.-     Proteger el interés público o de la comunidad,   basándose en la prestación de servicios de      excelencia&lt;br /&gt;e.-      Perfeccionar la conducta Ética del Contador      Público en el ejercicio de las actividades          profesionales  que realiza.&lt;br /&gt;Además debe tener los siguientes  Objetivos Específicos:&lt;br /&gt;a.-     Identificar en forma explícita los requerimientos        mínimos de competencia, a fin de facilitar la   aceptación y jerarquización de la profesión en el         ámbito Nacional e Internacional.&lt;br /&gt;b.-     Disponer de normatividad e identificar en forma         explícita los principios éticos a respetar, a modo de      impulsar la aceptación y confianza en la profesión por        parte de la comunidad.&lt;br /&gt;c.-      Implementar las condiciones logísticas y de       formalización necesaria para asegurar los resultados   deseados, tanto a través del desarrollo de actividades           de planeamiento prospectivo como en lo relativo a la         prestación de los servicios para la actualización          profesional, registro, vigilancia, acreditación, etc.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;IMPORTANCIA DE LA CERTIFICACIÓN.-&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación del Contador Público, son de suma importancia, ya que:&lt;br /&gt;1.- Avala la actualización Profesional continua.&lt;br /&gt;2.- Motiva a capacitarse.&lt;br /&gt;3.- Otorga prestigio Profesional y Personal.&lt;br /&gt;4.- Fortalece la credibilidad de su trabajo.&lt;br /&gt;5.- Amplia la visión Profesional.&lt;br /&gt;6.- Permite trabajar en mercados laborales restringidos a Contadores   Certificados.&lt;br /&gt;7.- Da seguridad a sus clientes.&lt;br /&gt;8.- Es imprescindible para trabajar en EE.UU. (TLC).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;EXPERIENCIAS DE LA CERTIFICACIÓN CONTABLE EN OTROS PAISES.-&lt;br /&gt;En el mundo la profesión Contable ha dado grandes pasos en materia de certificación. Así países como México, Estados Unidos y Canadá cuentan con sistemas avanzados de  certificación para el Contador Público.&lt;br /&gt;En México implica un examen profesional que el  Contador Público debe  aprobar, teniendo como requisito para presentarse al examen una experiencia mínima de 65 horas de educación continua al año.&lt;br /&gt;En Estados Unidos y Canadá, después de un cuidadoso y detallado análisis de los conocimientos y habilidades centrales de los Contadores  en el ámbito empresarial, gubernamental y público, identificaron muchas expectativas claras  o competencias, las que fueron plasmando en un documento llamado  Mapa de Competencias del Contador Asociado, el que  fue convertido en el  perfil de la profesión.&lt;br /&gt;A nivel Sudamericano los casos de Argentina, Brasil, Chile,  son los más resaltantes no solo por el nivel de desarrollo alcanzado sino por el grado de integración tanto interna como con otros sistemas nacionales y supranacionales.&lt;br /&gt;Cabe mencionar también que en Uruguay se encuentran en la etapa de diseño del Sistema de Certificación el cual es monitoreado por el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay orientado a la evaluación de competencias (conocimientos, habilidades y valores profesionales) a los que han denominado Sistema de Certificación Voluntaria,  pues tienen como estrategia iniciar con una certificación voluntaria para ir sensibilizando hasta convertirla en obligatoria.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;SISTEMA DE CERTIFICACIÓN  Y RECERTIFICACIÓN CONTABLE  EN EL PERÚ.-&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, como máximo órgano representativo de la Profesión, se convierte en la Entidad Certificadora, que tendrá como función la evaluación de los Contadores Públicos con fines de Certificación de las competencias profesionales, que es el proceso mediante el cual reconoce formalmente las competencias profesionales demostradas por los Contadores en la evaluación de desempeño.&lt;br /&gt;Para lo cual publicará los estándares requeridos para la Certificación, incluyendo los objetivos, criterios e indicadores de evaluación que se tendrá en cuenta con fines de certificación, así como los requerimientos de evidencia documentaria o de otra índole y la descripción del proceso de evaluación que deberá seguir el interesado.&lt;br /&gt;Indudablemente el perfil que se diseñe para el Sistema de Certificación del Profesional Contable debe considerar los conocimientos, que son conceptos básicos adquiridos en el proceso de formación profesional en las universidades y los nuevos a los que  requiere acceder el profesional de acuerdo al nuevo rol del Contador Público Colegiado.&lt;br /&gt;Estos conocimientos se logran a través de la educación general y la educación profesional, deben estar referidos a conocimientos contables (generales o especializados), conocimiento de organizaciones y de negocios, conocimientos de tecnologías de información y otros conocimientos generales afines referidos a preparación, análisis de informes financieros, instrumentos financieros y mercados de capitales, gestión de la contabilidad, tributación, derecho empresarial y comercial, auditorias interna y externas, finanzas y gestión financiera, bajo las normas fundamentales de la Ética Profesional.&lt;br /&gt;Estos conocimientos se logran a través de la educación general y la educación profesional, deben estar referidos a conocimientos contables (generales o especializados), conocimiento de organizaciones y de negocios, conocimientos de tecnologías de información y otros conocimientos generales afines referidos a preparación, análisis de informes financieros, instrumentos financieros y mercados de capitales, gestión de la contabilidad, tributación, derecho empresarial y comercial, auditorias interna y externas, finanzas y gestión financiera, bajo las normas fundamentales de la Ética Profesional.&lt;br /&gt;La Certificación de la profesión Contable en el Perú, es un  acto voluntario de los profesionales que deseen ostentar un sello de capacidad y por ende prestar sus servicios en ambientes más competitivos.&lt;br /&gt;La Certificación se traduce en la constancia que avala a los conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes requeridos para el ejercicio de la profesión, de tal forma que el Contador Público Colegiado  pueda cumplir exitosamente las actividades que componen una función laboral, según estándares definidos o requerimientos de calidad esperados por el sector productivo (mercado laboral).&lt;br /&gt;Su revalidación (Recertificación) debe ser periódica para garantizar la actualización del profesional y ofrecer servicios de alta calidad a los clientes y usuarios.&lt;br /&gt;En la evaluación no solamente se deben tener en cuenta los conocimientos teóricos sino también que tan capaces son los Contadores de aplicar estos conocimientos de manera analítica, practica contribuyendo al desarrollo y solución de problemas cotidianos que se puedan presentar.&lt;br /&gt;El periodo de experiencia pertinente puede variar de acuerdo con las diferencias en el entorno en que los profesionales contables ofrecen sus servicios. Este periodo debe ser lo suficientemente largo para permitir a los candidatos demostrar que han obtenido los conocimientos, aptitudes, y valores profesionales suficientes para desempeñar sus funciones con competencia profesional y seguir ampliándolos durante toda su vida Profesional.&lt;br /&gt;La Certificación y Recertificación en el Perú, serán normados por el Reglamento de Certificación y Recertificación Profesional del Contador Público Colegiado, el mismo que se encuentra en plena elaboración y discusión en la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, y en él se considera:&lt;br /&gt;1.- Evaluación Uniforme de Certificación (EUC).-&lt;br /&gt;         Es la modalidad que consiste en la evaluación de        los documentos y de los conocimientos      Profesionales que cuenta el Contador Público en la     oportunidad de la Certificación, y tendrá una     vigencia de cuatro (4)  años.&lt;br /&gt;2.- Actualización Profesional Continua (APC).-&lt;br /&gt;         Es la modalidad que consiste en la acreditación           documentada de la actualización Profesional          continua o permanente del Contador Público     durante los cuatro (4) años de vigencia de la Certificación. Se deberá acreditar un número de          horas  académicas las que estarán establecidas en     el Reglamento, y tendrá una vigencia de cuatro (4) años.&lt;br /&gt;         La no acreditación de dichas horas académicas traerá como consecuencia, la Recertificación     mediante la Evaluación Uniforme de         Certificación (EUC).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú,  en Asamblea General Extraordinaria de fecha 14 al 16 de junio del 2007, aprobó  el Reglamento de Certificación Extraordinaria del Contador Público, donde establece las normas básicas para la Certificación Profesional Extraordinaria de los Contadores Públicos Colegiados en todo el ámbito Nacional bajo la modalidad de “Portafolio Personal”.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Certificación Profesional Extraordinaria, tenía una vigencia temporal improrrogable de un (1) año contados a partir del 1 de agosto del 2007, y podrán acogerse al mismo los Contadores Públicos Colegiados con tres (3) o más años de Colegiación.&lt;br /&gt;(La fecha de vigencia temporal para acogerse a la Certificación Extraordinaria, fue ampliada en dos oportunidades por la asamblea de la Junta de Decanos).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para poder acceder a dicha Certificación Extraordinaria, es indispensable cumplir los requisitos exigidos en el reglamento y tener la condición de Contador hábil.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Portafolio Personal está constituido por los documentos que acreditan la calidad de Miembro de la orden y el ejercicio de la Profesión.&lt;br /&gt;Los documentos presentados deberán ser originales  o copias fedatadas  por el Director Secretario del Colegio Departamental al que pertenece el solicitante, y son:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1.- Solicitud de Certificación.&lt;br /&gt;2.- Formulario o Ficha de datos Personales.&lt;br /&gt;3.- Constancia de fecha de Colegiación y de la&lt;br /&gt;     Condición de Miembro hábil.&lt;br /&gt;4.- Copia del Certificado de asistencia al Forum o&lt;br /&gt;     Conferencia sobre Certificación y Recertificación  &lt;br /&gt;     Profesional.&lt;br /&gt;5.- Declaración Jurada de no tener impedimento legal o&lt;br /&gt;     administrativo para  ejercer la Profesión.&lt;br /&gt;6.- Comprobante de pago del derecho de Certificación,        equivalente a S/ 200.00.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Certificación Profesional Extraordinaria de los Contadores Públicos a nivel Nacional tendrá una vigencia de cuatro (4) años, cumplido éste periodo se deberá proceder a la Recertificación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El Reglamento de Organización y Funciones de los órganos institucionales de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, encargados de desarrollar el proceso de Certificación y Recertificación a nivel Nacional, el que fue aprobado en asamblea general de la JDCCPP. de  fechas 14 al 16 de junio  del 2007, considera como;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;a.- Órganos Nacionales de Certificación y Recertificación  a:&lt;br /&gt;1.     La  Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú.&lt;br /&gt;2.     El Consejo Directivo.&lt;br /&gt;3.     La Dirección Técnica Nacional Permanente de Certificación y Recertificación Profesional.&lt;br /&gt;4.     La Comisión Técnica Nacional de Certificación y Recertificación Profesional.&lt;br /&gt;5.     El Comité Nacional de Actualización Profesional continua.&lt;br /&gt;6.     El Comité Nacional de Elaboración de Temario.&lt;br /&gt;7.     El Comité Nacional de Elaboración de Pruebas y Calificación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;b.- Órganos Regionales (Departamentales) de Certificación y Recertificación a:&lt;br /&gt;1.-  El Consejo Directivo del Colegio Regional&lt;br /&gt;( Departamental)&lt;br /&gt;2.- La Dirección Técnica Regional (Departamental) Permanente de Certificación y Recertificación Profesional.&lt;br /&gt;3.- El Comité Regional (Departamental) de Actualización continua.&lt;br /&gt;4.- El Comité Regional (Departamental) de Evaluación.&lt;br /&gt;5.- El Comité Regional (Departamental) de Elaboración de Temario.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt; &lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-2634412935697263157?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/2634412935697263157/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/02/certificacion-y-recertificacion-del.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2634412935697263157'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2634412935697263157'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/02/certificacion-y-recertificacion-del.html' title='CERTIFICACIÓN     DEL  CONTADOR  PÚBLICO.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-8930298977173497118</id><published>2009-02-10T14:54:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:28:39.359-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='valorización de acciones'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='auditoría gerencial'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='auditoría'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='políticas y procedimientos'/><title type='text'>AUDITORIA OPERATIVA.</title><content type='html'>El sistema de control asume un rol relevante en las Empresas, porque a través de sus evaluaciones permanentes posibilita maximizar resultados en términos de eficiencia, eficacia, economía, indicadores que fortalecen el desarrollo de las mismas.&lt;br /&gt;La instrumentalización de los sistemas de control se da a través de las Auditorias Operativas que se aplican en las empresas dentro de un período determinado para conocer sus restricciones, problemas, deficiencias, etc. como parte de la evaluación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;CONCEPTO DE AUDITORIA OPERATIVA.-&lt;br /&gt;Es la investigación, consulta, revisión, verificación, comprobación y evidencia aplicada a la Empresa.&lt;br /&gt;Es el examen realizado por el profesional Contable independiente de acuerdo con las Normas de Contabilidad y Auditoría; con el fin de emitir una opinión que muestre lo acontecido en el negocio.&lt;br /&gt;Es la valoración independiente de todas las acciones de una empresa, en forma analítica objetiva y sistemática, para determinar si se llevan a cabo las Políticas y procedimientos aceptables; si se siguen las normas establecidas, si se utilizan los recursos de forma eficaz y económica y si los objetivos de la Organización se han alcanzado para así maximizar resultados que fortalezcan el desarrollo de la empresa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La Auditoria Operativa formula y presenta una opinión sobre los aspectos administrativos, gerenciales y operativos, poniendo énfasis en el grado de efectividad y eficiencia con que se han utilizado los recursos materiales y financieros mediante modificación de políticas, controles operativos y acción correctiva, desarrolla la habilidad para identificar las causas operacionales posteriores y explican síntomas adversos evidente en la eficiente administración.&lt;br /&gt;La Auditoria Operativa determina si la función o actividad bajo examen podría operar de manera más eficiente, económica y efectiva.La Auditoria Operativa determinará si se ha realizado alguna deficiencia importante de política, procedimientos y practicas contables defectuosas.En la Auditoría Operativa la información está dirigida hacia el aspecto administrativo, es decir hacia todas las operaciones de la empresa en el presente con proyección al futuro y retrospección al pasado cercano.Al realizar una auditoria operativa con frecuencia se observan condiciones deficientes las cuales muchas veces son inevitables. Pero mostrando la razón defectuosa y así obtener efectos que beneficien a la organización, no solo al presente sino también al futuro.Una evaluación de la efectividad de los procedimientos y prácticas requiere de cierta revisión o estudio preliminar con el fin de conocer como funcionan dichos procedimientos y prácticas para formarse una idea con respecto a su efectividad y utilidad. Basándose en dichas revisiones es posible identificar asuntos específicos como áreas problema o deficiencias que requieren de mas estudio, todo esto obviamente ha dado lugar a profundos reajustes institucionales en la organización de las actividades de los organismos públicos en la planificación, formación de presupuesto, contabilidad y control.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;METODOLOGIA.- No existe aun una metodología que aplique un Auditor operativo en la realización de su labor; el Auditor operativo utilizara su criterio de acuerdo a su experiencia.Básicamente se aplica cuatro características de la auditoría operativa:&lt;br /&gt;Familiarización: Los Auditores deben conocer cuales son los objetivos de la actividad, como van a lograrse y como van a determinar los resultados.&lt;br /&gt;Verificación: requiere que los Auditores examinen en detalle una muestra selecta de transacciones, seleccionada preferiblemente por muestreo estadístico; el tamaño de esta dependerá de su propio criterio basado en el grado de confianza que sea necesario par que represente razonablemente la población de la cual se seleccionó. Al realizar la verificación los Auditores usualmente están interesados en tres temas: calidad, periodo correcto y costo.&lt;br /&gt;Evaluaciones y Recomendación: Las recomendaciones deben hacerse solamente cuando el Auditor está totalmente seguro; como resultado de su examen.&lt;br /&gt;Informar los Resultados : el Auditor debe reservarse su Informe para la conclusión del examen.&lt;br /&gt;En el examen y evaluación en una Auditoria Operativa se indica que se han efectuado de acuerdo con los principios y normas de Auditoría y los requerimientos propios de la naturaleza de las actividades, áreas, sistemas, etc.Los Auditores actuales tienen muchas técnicas sofisticadas para ayudar a los directores. Las técnicas de desarrollo de las operaciones, el proceso electrónico de datos, la inferencia estadística y la medición del trabajo indirecto son solo algunas, según sea la amplitud con la que se demuestre a la dirección la habilidad de los Auditores para realizar un servicio en cualquier sector de la Empresa, será mayor la aceptación que tendrán por parte de la dirección y podrán mejorar su estatus en la Empresa y en la Profesión.El Auditor puede aplicar además técnicas de análisis financiero a las estadísticas operativas que podrían sugerir áreas, problemas o condiciones que ejercen influencia sobre un rendimiento desfavorable de las inversiones operativas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;GRADO DE DIFICULTAD.-&lt;br /&gt;Durante el desarrollo de la Auditoria Operativa existen muchas dificultades al efectuar el mismo; por ser cada examen un caso único; cada actividad requiere una clase de explicación distinta, debido a que para cada una de ellas existen diferentes lectores con conocimientos y necesidades que difieren; y requiere del Auditor elevado criterio, capacidad y competencia. El Auditor Operativo debe ser por lo tanto un traductor experto del lenguaje técnico y de los conceptos complejos, que conllevan la obtención de resultados efectivos y útiles a la empresa.Debido a que el trabajo del Auditor lo lleva a conocer todas las áreas de una organización debe sentirse cómodo en los distintos entornos, encontrando dificultades en la adopción rápida y fácilmente a las formas y lenguaje de los diferentes departamentos de una organización.La Auditoría Operativa por su propia naturaleza está orientada hacia el futuro la justificación de su existir, se basa en las recomendaciones y planteamientos que hace para un futuro más saludable para la empresa, a través del logro de una mayor eficiencia, eficacia y economía empresarial.Los informes escritos sobre auditoría operativa no son muy distintos de los emitidos en otros tipos de auditoría, pues aplican las mismas reglas, el informe debe ser realista, claro, conciso. Su contenido puede ser relacionado con cualquier aspecto significativo de la administración y gestión a la entidad, pudiendo o no presentar sus estados financieros.&lt;br /&gt;IMPORTANCIA.-&lt;br /&gt;La Auditoría Operativa es importante porque es el instrumento de control posterior sobre la administración en general. Tiene un significado más importante para el sector público.La importancia de la Auditoría Operativa deja el olvido la imagen del auditor que solo se concentraba en la revisión de cuentas y a determinar los responsables de desfalcos, fraudes, malversaciones de fondos y otras irregularidades, se convierte en un elemento pensante, creativo y con gran imaginación y sentido común para ejercer en mejor forma sus funciones que pudiesen evaluar la ejecución y valorizar los resultados obtenidos.La Auditoría Operativa permite acelerar el desarrollo de las entidades hacia la eficiencia, buscando siempre un perfeccionamiento continuo de los planes de acción y procedimientos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;FRECUENCIA.-&lt;br /&gt;Una Auditoría Operativa no necesariamente se realiza en un tiempo determinado específico, sino más bien se da cuando la gerencia o directivos de una organización lo requieran o lo consideren necesario, pero puede darse el caso de realizarlo al final de cada ejercicio.&lt;br /&gt;En el caso de existir carencia de políticas o la no comprensión de las mismas y el significado de sus directivas como elementos de control en las principales áreas de importancia, la insuficiencia de los controles administrativos, el grado de incumplimiento en las áreas funcionales y de los controles operativos, así como la carencia de controles administrativos u operativos en áreas significativas y de las recomendaciones de adoptar y modificar tales controles, dan lugar a la realización de una auditoría operativa.&lt;br /&gt;El Informe de Auditoría Operativa.-&lt;br /&gt;Concluido el Trabajo de Campo, el Auditor tendrá como responsabilidad la confección del Informe de Auditoría como un producto final de este trabajo. El informe contendrá el mensaje del Auditor sobre lo que ha hecho y como lo ha realizado, así como los resultados obtenidos.&lt;br /&gt;Es el documento emitido por el Auditor como resultado final de su examen y/o evaluación, incluye información suficiente sobre Observaciones, Conclusiones de hechos significativos, así como Recomendaciones constructivos para superar las debilidades en cuanto a políticas, procedimientos, cumplimiento de actividades y otras.&lt;br /&gt;El Informe de Auditoría, reviste gran Importancia, porque suministra a la administración de la empresa, información sustancial sobre su proceso administrativo, como una forma de contribuir al cumplimiento de sus metas y objetivos programados.El Informe a través de sus observaciones, conclusiones y recomendaciones, constituye el mejor medio para que las organizaciones puedan apreciar la forma como están operando.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;REDACCION DEL INFORME.-&lt;br /&gt;La Redacción se efectuará en forma corriente a fin de que su contenido sea comprensible al lector, evitando en lo posible el uso de terminología muy especializada; evitando párrafos largos y complicados, así como expresiones confusas.La Redacción del Informe debe merecer mucha atención y cuidado de parte del Auditor para que tenga la acogida y aceptación que los empresarios esperan de él, en este sentido el Informe debe:&lt;br /&gt;Despertar o motivar interés.&lt;br /&gt;Convencer mediante información sencilla, veraz y objetiva.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;REQUISITOS DEL INFORME.-&lt;br /&gt;El Informe del Auditor, debe tener los siguientes requisitos mínimos:&lt;br /&gt;La Claridad y Simplicidad, significan introducir sin mayor dificultad en la mente del lector del informe, lo que el Auditor ha escrito. A veces lo que ocasiona la deficiencia de claridad y simplicidad del informe es precisamente la falta de claridad en los conceptos que el Auditor tiene en mente, es decir, no hay una cabal comprensión de lo que realmente quiere comunicar, asimismo cuando el Informe está falto de claridad, puede dar lugar a una doble interpretación, ocasionando de este modo que, se torne inútil y/o pierda su utilidad.La Exactitud, es esencial en todo Informe, no solamente en lo referente a cifras, sino en cuanto a hechos. El contenido del Informe debe estar sustentado en evidencias susceptibles de ser demostradas en cualquier circunstancia; por consiguiente el Informe no debe contener conceptos errados. Nuestra misión respecto a la Exactitud, es presentar información digna de creencia y confiabilidad, es decir que no genere duda, porque si esto último ocurriera, el Informe perdería su validez y como consecuencia podría devenir en demérito para el profesional.&lt;br /&gt;Concisión, El hecho de que un Informe sea Conciso, no significa que su contenido sea corto, lo que se quiere es que su contenido sea breve, ya que muchos informes pueden ser amplios porque las circunstancias así lo requieren; sin embargo no deben incluir hechos impertinentes, superfluos o insignificantes.El Informe Conciso no debe contener conceptos que no ayudan a entender el tema principal del informe, es decir, no debe incluir demasiado detalle que afecte el concepto principal del informe.Oportunidad, Los Informes, deben ser Oportunos, de modo tal que la administración de la empresa pueda tomar acción inmediata;, los informes atrasados pierden valor a pesar de hubieran sido muy bien preparados; en consecuencia los asuntos pendientes de solución que ocasionan demoras, deben tratarse a su debido tiempo durante el trabajo de campo; y, es preferible sacrificar la forma de su presentación, en beneficio de la oportunidad, en casos especiales.&lt;br /&gt;Utilidad, El Informe es útil cuando informa lo que la empresa solicitó, es decir, si el contrato fue examinar el área de ventas, pues debemos informar sobre esa área, de tal manera que la empresa conozca la situación, los problemas, las conclusiones, recomendaciones y otros aspectos de interés; esto es justamente lo que el informe debe satisfacer realmente para que la empresa pueda tomar decisiones adecuadas y, en consecuencia se aprecie la utilidad del informe; sobre el particular, es bueno recalcar que toda deficiencia comentada, debe ir acompañada de su correspondiente recomendación.&lt;br /&gt;Tono , El Informe, debe tener un Tono Constructivo apropiado a la circunstancia para la cual fue solicitado, con esto queremos significar que, deben tomarse en consideración las virtudes de la cortesía y el respeto; además no deben menospreciarse los métodos de trabajo o cualquier accionar del cliente, no debe utilizarse jerga.Sustentación, El Informe debe basarse en evidencias, las mismas que deben estar amparadas en documentos, pruebas u otros elementos de juicio objetivos, que permitan demostrar la validez de las observaciones; así mismo esa objetividad debe incluir una clara diferenciación entre lo que son: hechos, opiniones y, declaraciones.&lt;br /&gt;Integridad, Además de las características o requisitos ya indicados, el informe debe ser Integral, es decir, no debe emitirse informes por separado, además debe contener todos los elementos o partes que lo integran, desde la introducción hasta las recomendaciones, con el fin de tener una información completa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;ESTRUCTURA DEL IMFORME.-&lt;br /&gt;No existe una Estructura modelo en la redacción del Informe de Auditoría Administrativa u Operativa, ya que es muy difícil opinar uniformemente, sobre una gran variedad de actividades administrativas de diferente alcance, que no tienen una misma base inicial y final, como es el balance general en la Auditoría Financiera; en consecuencia en este tipo de examen administrativo, el Auditor no dictamina, solo emite opiniones, considerando una serie de factores o características propias de la actividad, operación o área examinada, además de los principios administrativos y normatividad existente.&lt;br /&gt;La Redacción del Informe de Auditoría, requiere mucho cuidado por su significatividad dentro del proceso de la Auditoría; a veces el auditor hace un buen trabajo de campo pero no redacta el informe en la forma que debería hacerlo, sencillamente porque le falta capacidad de análisis, síntesis y capacidad informativa o de redacción; estos factores o condiciones no se consiguen lamentablemente al instante, sino con el transcurso del tiempo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-8930298977173497118?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/8930298977173497118/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/02/auditoria-operativa.html#comment-form' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8930298977173497118'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/8930298977173497118'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/02/auditoria-operativa.html' title='AUDITORIA OPERATIVA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-2662477193143338853</id><published>2009-01-26T12:10:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:29:37.078-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='contabilidad'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='pcga'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='principios'/><title type='text'>PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS.</title><content type='html'>Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados ( PCGA ), son los que necesariamente deben ser tomados en cuenta por todo Contador Público para poder registrar e interpretar todas las operaciones de las empresasen las que presta sus servicios Profesionales. Es la base o sustento de la Contabilidad.&lt;br /&gt;Los 14 principios de contabilidad generalmente aceptados (P.C.G.A.) aprobados por la VII Conferencia Interamericana de Contabilidad, se enuncian de la siguiente forma:&lt;br /&gt;1.- Equidad.&lt;br /&gt;La equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupación constante en la contabilidad, dado que los que se sirven o utilizan los datos contables pueden encontrarse ante el hecho de que sus intereses particulares se hallen en conflicto. De esto se desprende que los estados financieros deben prepararse de tal modo que reflejen con equidad, los distintos intereses en juego en una empresa dada.&lt;br /&gt;2.- Ente.&lt;br /&gt;Los estados financieros se refieren siempre a un ente donde el elemento subjetivo o el propietario es considerado como tercero. El concepto de "ente" es distinto del de "persona" ya que una misma persona puede producir estados financieros de varios "entes" de su propiedad.&lt;br /&gt;3.- Bienes Económicos.&lt;br /&gt;Los estados financieros se refieren siempre a bienes económicos, es decir bienes materiales e inmateriales que posean valor económico y por ende susceptibles de ser valuados en términos monetarios.&lt;br /&gt;4.- Moneda de Cuenta.&lt;br /&gt;Los estados financieros reflejan el patrimonio mediante un recurso que se emplea para reducir todos sus componentes heterogéneos a una expresión que permita agruparlos y compararlos fácilmente. Este recurso consiste en elegir una moneda de cuenta y valorizar los elementos patrimoniales aplicando un "precio"a cada unidad.&lt;br /&gt;Generalmente se utiliza como moneda de cuenta el dinero que tiene curso legal en el país dentro del cual funciona el "ente" y en este caso el "precio" esta dado en unidades de dinero de curso legal.&lt;br /&gt;En aquellos casos donde la moneda utilizada no constituya un patrón estable de valor, en razón de las fluctuaciones que experimente, no se altera la validez del principio que se sustenta, por cuanto es factible la corrección mediante la aplicación de mecanismos apropiados de ajuste.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;5.- Empresa en Marcha .&lt;br /&gt;Salvo indicación expresa en contrario se entiende que los estados financiero pertenecen a una "empresa en marcha", considerándose que el concepto que informa la mencionada expresión, se refiere a todo organismo económico cuya existencia personal tiene plena vigencia y proyección futura.&lt;br /&gt;6.- Valuación al Costo.&lt;br /&gt;El valor de costo –adquisición o producción- constituye el criterio principal y básico de la valuación, que condiciona la formulación de los estados financieros llamados "de situación", en correspondencia también con el concepto de "empresa en marcha", razón por la cual esta norma adquiere el carácter de principio.&lt;br /&gt;Esta afirmación no significa desconocer la existencia y procedencia de otras reglas y criterios aplicables en determinadas circunstancias, sino que, por el contrario, significa afirmar que en caso de no existir una circunstancia especial que justifique la aplicación de otro criterio, debe prevalecer el de "costo" como concepto básico de valuación.&lt;br /&gt;Por otra parte, las fluctuaciones del valor de la moneda de cuenta, con su secuela de correctivos que inciden o modifican las cifras monetarias de los costos de determinados bienes, no constituyen, asimismo, alteraciones al principio expresado, sino que, en sustancia, constituyen meros ajustes a la expresión numeraria de los respectivos costos.&lt;br /&gt;7.- Ejercicio.&lt;br /&gt;En las empresas en marcha es necesario medir el resultado de la gestión de tiempo en tiempo, ya sea para satisfacer razones de administración, legales, fiscales o para cumplir con compromisos financieros, etc. Es una condición que los ejercicios sean de igual duración, para que los resultados de dos o más ejercicios sean comparables entre sí.&lt;br /&gt;8.- Devengado .&lt;br /&gt;Las variaciones patrimoniales que deben considerarse para establecer el resultado económico son las que competen a un ejercicio sin entrar a considerar si se han cobrado o pagado.&lt;br /&gt;9.- Objetividad.&lt;br /&gt;Los cambios en los activos, pasivos y en la expresión contable del patrimonio neto, deben reconocerse formalmente en los registros contables, tan pronto como sea posible medirlos objetivamente y expresar esa medida en moneda de cuenta.&lt;br /&gt;10.- Realización.&lt;br /&gt;Los resultados económicos solo deben computarse cuando sean realizados, o sea cuando la operación que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operación. Debe establecerse con carácter general que el concepto "realizado" participa del concepto devengado.&lt;br /&gt;11.- Prudencia.&lt;br /&gt;Significa que cuando se deba elegir entre dos valores por un elemento del activo, normalmente se debe optar por el mas bajo, o bien que una operación se contabilice de tal modo que la alícuota del propietario sea menor. Este principio general se puede expresar también diciendo: "contabilizar todas las pérdidas cuando se conocen y las ganancias solamente cuando se hayan realizado".&lt;br /&gt;La exageración en la aplicación de este principio no es conveniente si resulta en detrimento de la presentación razonable de la situación financiera y el resultado de las operaciones.&lt;br /&gt;12.- Uniformidad.&lt;br /&gt;Los principios generales, cuando fuere aplicable, y las normas particulares utilizadas para preparar los estados financieros de un determinado ente deben ser aplicados uniformemente de un ejercicio al otro. Debe señalarce por medio de una nota aclaratoria, el efecto en los estados financieros de cualquier cambio de importancia en la aplicación de los principios generales y de las normas particulares.&lt;br /&gt;Sin embargo, el principio de la uniformidad no debe conducir a mantener inalterables aquellos principios generales, cuando fuere aplicable, o normas particulares que las circunstancias aconsejen sean modificadas.&lt;br /&gt;13.- Materialidad .&lt;br /&gt;Al ponderar la correcta aplicación de los principios generales y de las normas particulares debe necesariamente actuarse con sentido práctico. Frecuentemente se presentan situaciones que no encuadran dentro de aquéllos y, que, sin embargo, no presentan problemas porque el efecto que producen no distorsiona el cuadro general.&lt;br /&gt;Desde luego, no existe una línea demarcatoria que fije los limites de lo que es y no es significativo y debe aplicarse el mejor criterio para resolver lo que corresponda en cada caso, de acuerdo con las circunstancias, teniendo en cuenta factores tales como el efecto relativo en los activos o pasivos, en el patrimonio o en el resultado de las operaciones.&lt;br /&gt;14.- Exposición .&lt;br /&gt;Los estados financieros deben contener toda la información y discriminación básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación de la situación financiera y de los resultados económicos del ente a que se refieren.&lt;br /&gt;Al principio de equidad se le puede catalogar como fundamental o básico, dado que marca como una conducta general a tener en cuenta en el momento de poner en práctica la contabilidad. En su enunciación refleja una especie de regla ética para los Contadores Públicos.&lt;br /&gt;Los principios que se agrupan como los de fondo o de valuación son tres. Corresponden a todo lo que se ajuste a los compromisos de pago, cobro, resultado del ejercicio y costos. El de "Valuación al costo" se incluye en esta clasificación por su referencia a la valuación al costo de adquisición o fabricación de un bien. "Devengado" forma parte de esta clasificación, puesto que con su cumplimiento apunta a reflejar los resultados de un ejercicio independientemente de que el hecho este concluido o no. El principio de "Realización" se parece mucho al anterior ya que es un mecanismo para reflejar correctamente los resultados de un ejercicio.&lt;br /&gt;Los principios que hacen a las cualidades de la información se clasifican basándose en la obtención, demostración y realización de la información. El principio de objetividad representa un punto importantísimo en esta clasificación, puesto que enuncia que la información que la contabilidad suministra no se debe distorsionar por ninguna razón, debe representar lo sucedido. El principio referido a la "uniformidad" marca la importancia de un sistema heterogéneo para manejar los datos y así poder comparar los ejercicios. "Prudencia", al igual que "materialidad" marcan formas de registración para que la información sea verdadera y tratada correctamente. El principio de "exposición" es similar a los anteriores y marca la base de todo trabajo contable. La información debe ser clara y concisa para que sea de fácil acceso y no confusa.&lt;br /&gt;Por último los Principios dados por el medio socioeconómico abarcan a los que tengan que ver con la empresa, el medio y la sociedad. "Ente" se incluye en esta clasificación por el simple hecho de que es la empresa. "Bienes económicos" es un principio que hace referencia a los bienes materiales e inmateriales que poseen un valor económico para la empresa o ente. "Moneda de cuenta" se incluye en esta clasificación porque marca la elección de una unidad monetaria dependiendo del medio donde se ubique. "Empresa en marcha" marca la continuidad de la empresa, se refiere a esta y a su futuro. "Ejercicio" por que marca una pauta para poder analizar los progresos, o no, de la empresa dividiendo en periodos para luego compararlos.&lt;br /&gt;La relación que existe entre los principios de valuación al costo y la de realización es que ambos establecen el valor que puede tener un bien de cambio. El primero, como su nombre lo indica, determina el valor de costo; el punto de realización determinara el valor de venta de un bien, ya que para su cuantificación el evento económico se ha considerado ya terminado.&lt;br /&gt;La relación existente entre los principios de realización y devengado es que ambos se aplican cuando el acto económico se a llevado a cabo. Esto es de vital importancia ya que de esta forma los actos económicos realizados se verán reflejados en los resultados del período al que realmente corresponde y así se podrá también cumplir con el principio de ejercicio.&lt;br /&gt;La relación que existe entre los principios de materialidad y uniformidad es que el primero es el que alterará al segundo. La uniformidad de un ejercicio se vera afectada cuando surja un cambio significativo (de importancia relativa), Un ejemplo seria un cambio de presentación, en su valuación, en su descripción o en cualquier elemento que pudiera significar algún cambio en las decisiones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-2662477193143338853?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/2662477193143338853/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/01/principios-de-contabilidad-generalmente.html#comment-form' title='2 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2662477193143338853'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/2662477193143338853'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/01/principios-de-contabilidad-generalmente.html' title='PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>2</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-5973872773433462861</id><published>2009-01-26T12:08:00.000-08:00</published><updated>2010-02-01T19:25:31.289-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='pasos en auditoría'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='auditoría'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='programación en auditoría'/><title type='text'>PROGRAMA  DE  AUDITORIA.</title><content type='html'>El programa de Auditoría, es el procedimiento a seguir, en el examen a realizarse, el mismo que es planeado y elaborado con anticipación y debe ser de contenido flexible, sencillo y conciso, de tal manera que los procedimientos empleados en cada Auditoría estén de acuerdo con las circunstancias del examen.&lt;br /&gt;El Programa de Auditoría, significa la tarea preliminar trazada por el Auditor y que se caracteriza por la previsión de los trabajos que deben ser efectuados en cada servicio Profesional que presta, a fin de que este cumpla integramente sus finalidades dentro de la Normas científicas de la Contabilidad y las Normas y Técnicas de la Auditoría.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría o plan de Auditoría, es el resultado que se desea obtener, la linea de conducta a seguir dentro de los principios y preceptos de la Auditoría.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, es la linea de conducta a seguir, las etapas a franquear, los medios a emplear. Es una especie de cuadro anticipado en el cual los acontecimientos próximos se han previsto con cierta precisión, según la idea que uno se ha formado de ellos.&lt;br /&gt;El método a emplearse en la elaboración del plan o programa de Auditoría, según apreciación de los Contadores Públicos Colegiados que se dedican a la Auditoría, debe ser preparado especialmente para cada caso, ya que no existen dos casos de Auditoría exactamente iguales, así como es imprescindible dar a cada Programa de Auditoría la autonomía necesaria.&lt;br /&gt;En la preparación del programa de Auditoría se debe tomar en cuenta:&lt;br /&gt;Las Normas de Auditoría.&lt;br /&gt;Las Técnicas de Auditoría.&lt;br /&gt;Las experiencias anteriores.&lt;br /&gt;Los levantamientos iniciales.&lt;br /&gt;Las experiencias de terceros.&lt;br /&gt;El hecho de no existir una norma patrón para la elaboración del plan o programa de Auditoría, no excluye la existencia de normas generales que se aplican a todos los casos y que constituyen los fundamentos de la técnica de la Auditoría en un determinado sector.&lt;br /&gt;Lo que no se debe perder de vista es que el programa de Auditoría debe ser una guía segura e indicadora de lo que deberá ser hecho y posibilite la ejecución fiel de los trabajos de buen nivel Profesional, que acompañe el desarrollo de tal ejecución.&lt;br /&gt;Un programa de Auditoría, es un procedimiento de revisión lógicamente planeado. Además de servir como una guía lógica de procedimientos durante el curso de una Auditoría, el programa de Auditoría elaborado con anticipación, sirve como una lista de verificación a medida que se desarrolle la Auditoría en sus diversas etapas y a medida que las fases sucesivas del trabajo de Auditoría se terminen.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, deberá ser revisado periódicamente de conformidad con las condiciones cambiantes en las operaciones del Cliente y de acuerdo con los cambios que haya en los principios, normas y procedimientos de Auditoría.&lt;br /&gt;Al planear un programa de Auditoría, el Auditor debe hacer uso de todas las ventajas que le ofrecen sus conocimientos Profesionales, su experiencia y su criterio personal.&lt;br /&gt;CARACTERISTICAS DEL PROGRAMA DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, envuelve en su elaboración todo lo que será realizado durante el proceso de la Auditoría. Por esta razón tiene un campo de acción tan dilatado que requiere evidentemente una disciplina mental y una capacidad profesional apreciable.&lt;br /&gt;El carácter de flexibilidad del programa de Auditoría, aconseja en la práctica no detenernos en minucias exageradas, siendo preferible la elaboración de planes o programas de ámbito más general, dejándose las particularidades para ser estudiadas en cada oportunidad por los responsables de su ejecución. Junto con cada plan se debe hacer un cronograma de trabajo con el nombre de los responsables de su ejecución.&lt;br /&gt;Entre las características que debe tener el programa de Auditoría, podemos anotar:&lt;br /&gt;1. - Debe ser sencillo y comprensivo.&lt;br /&gt;2. - Debe ser elaborado tomando en cuenta los procedimientos que se utilizarán de acuerdo al tipo de empresa a examinar.&lt;br /&gt;3. - El programa debe estar encaminado a alcanzar el objetivo principal.&lt;br /&gt;4. - Debe desecharse los procedimientos excesivos o de repetición.&lt;br /&gt;5. - El programa debe permitir al Auditor a examinar, analizar, investigar, obtener evidencias para luego poder dictaminar y recomendar.&lt;br /&gt;6. - Las Sociedades Auditoras, acostumbran tener formatos pre establecidos los cuales deben ser flexibles para que puedan ser adecuados a un determinado tipo de empresa.&lt;br /&gt;7. - El programa debe ser confeccionado en forma actualizada y con amplio sentido critico de parte del Auditor.&lt;br /&gt;CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, presenta en forma lógica las instrucciones para que el Auditor o el personal que trabaja una Auditoría, pueda seguir los procedimientos que debe emplearse en la realización del examen.&lt;br /&gt;En general el programa de Auditoría, en cuanto a su contenido incluye los procedimientos específicos para la verificación de cada tipo de activo, pasivo y resultados, en el orden normal que aparecen en los estados económicos y financieros de la empresa.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, tiene como propósito servir de guía en los procedimientos que se van adoptar en el curso de la Auditoría, y, servir de lista y comprobante de las fases sucesivas de la Auditoría, a fin de no pasar por alto ninguna verificación.&lt;br /&gt;El programa no debe ser rígido, sino flexible para adaptarse a las condiciones cambiantes que se presenten a lo largo de la Auditoría que se está practicando.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría, es un enunciado lógicamente ordenado y clasificado, de los procedimientos de Auditoría que se van a emplear, la extensión que se les va a dar y la oportunidad en la que se aplicarán. En ocasiones se agregan a estas algunas explicaciones o detalles de información complementaria tendientes a ilustrar a las personas que van a aplicar los procedimientos de Auditoría, sobre características o peculiaridades que debe conocer.&lt;br /&gt;Existen muchas formas y modalidades de un programa de Auditoría, desde el punto de vista del grado de detalle a que llegue, se les clasifica en programas generales y programas detallados.&lt;br /&gt;Los programas de Auditoría generales, son aquellos que se limitan a un enunciado genérico de las técnicas a aplicarse, con indicación de los objetivos a alcanzarse, y son generalmente destinados a uso de los jefes de los equipos de Auditoría.&lt;br /&gt;Los programas de Auditoría detallados, son aquellos en los cuales se describen con mayor minuciosidad la forma práctica de aplicar los procedimientos y técnicas de Auditoría, y se destinan generalmente al uso de los integrantes del equipo de Auditoría.&lt;br /&gt;Resulta difícil establecer una linea divisoria entre los programas de Auditoría generales y detallados, la aplicación de uno u otro programa debe obedecer a las características del trabajo a efectuarse, a la forma de organización de la Sociedad de Auditoría que la va realizar, a los procedimientos de supervisión que tiene establecido la Sociedad Auditora, y las políticas generales de la propia Sociedad.&lt;br /&gt;VENTAJAS DEL PROGRAMA DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;Es la experiencia del Auditor, el que se encarga de dar las pautas y aspectos necesarios e importantes a ser tomados en el programa de Auditoría que elabora para poder realizar un trabajo Profesional determinado.&lt;br /&gt;El programa de Auditoría bien elaborado, ofrece las siguientes ventajas:&lt;br /&gt;1. - Fija la responsabilidad por cada procedimiento establecido.&lt;br /&gt;2. - Efectúa una adecuada distribución del trabajo entre los componentes del equipo de Auditoría, y una permanente coordinación de labores entre los mismos.&lt;br /&gt;3. - Establece una rutina de trabajo económico y eficiente.&lt;br /&gt;4. - Ayuda a evitar la omisión de procedimientos necesarios.&lt;br /&gt;5. - Sirve como un historial del trabajo efectuado y como una guía para futuros trabajos.&lt;br /&gt;6. - Facilita la revisión del trabajo por un supervisor o socio.&lt;br /&gt;7. - Asegura una adherencia a los Principios y Normas de Auditoría.&lt;br /&gt;8. - Respalda con documentos el alcance de la Auditoría.&lt;br /&gt;9. - Proporciona las pruebas que demuestren que el trabajo fue efectivamente realizado cuando era necesario.&lt;br /&gt;RESPONSABILIDAD POR EL PROGRAMA DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;La elaboración del programa de Auditoría es una responsabilidad del Auditor, casi tan importante como el Informe de Auditoría que emite. Es esencial que el programa de Auditoría sea elaborado por el Auditor jefe del equipo de Auditoría, para lo cual se basará en experiencias anteriores y deberá tomar necesariamente en cuenta las Leyes, Principios, Normas y Técnicas a aplicarse en cada caso.&lt;br /&gt;Es importante también que los Socios y el Auditor Supervisor, revisen el programa de Auditoría evaluando su eficiencia y eficacia.&lt;br /&gt;Sin embargo es necesario apuntar que la responsabilidad de la elaboración del programa de Auditoría y su ejecución, está a cargo del Auditor jefe de equipo, el cual no solo debe encargarse de distribuir el trabajo y velar por el logro del programa, sino esencialmente evaluar de manera continua la eficiencia del programa, efectuando los ajustes necesarios cuando las circunstancias lo ameriten.&lt;br /&gt;EL AUDITOR.-&lt;br /&gt;Es el Profesional Contador Público Colegiado, dedicado en forma específica a la realización de Auditorías, Exámenes Especiales, Certificación de Estados Financieros, y otros que le permita la Ley de Profesionalización del Contador Público y otras disposiciones legales vigentes.&lt;br /&gt;El Auditor, para ejercer debe tener amplios conocimientos de la Ciencia Contable, las disposiciones legales existentes, las Normas Internacionales de Auditoría, las Normas Internacionales de Contabilidad, debe conocer las técnicas y procedimientos a emplearse en la realización de la Auditoría, y debe tener experiencia en la ejecución de dichas labores.&lt;br /&gt;A parte de su experiencia y el conocimiento de las leyes, normas, y procedimientos de Auditoría, debe tener una conducta a toda prueba la que hará prevalecer al momento de emitir sus informes o dictámenes, debiendo en este caso practicar una Etica Profesional intachable.&lt;br /&gt;En resumen podemos decir que:&lt;br /&gt;El Auditor debe tener muy en cuenta lo dispuesto en el Código de Etica Profesional, al momento de realizar sus labores para el que se contrató.&lt;br /&gt;El Auditor debe proceder en forma digna, leal, veraz y de buena fe, sin amparar en ningún caso simulaciones ni prestar su concurso a situaciones o hechos incorrectos y fraudulentos.&lt;br /&gt;El Auditor debe abstenerse de divulgar los asuntos que conozca, en virtud de las relaciones establecidos para el ejercicio Profesional.&lt;br /&gt;El Auditor en ningún caso deberá firmar un dictamen o informe de algo que el mismo no practicó. Debe mantener siempre su libertad de criterio.&lt;br /&gt;INFORME DE AUDITORIA.-&lt;br /&gt;El Informe de Auditoría, viene a ser el dictamen u opinión firmada por el Auditor después de efectuar el examen para el que fue contratado.&lt;br /&gt;Existen dos formas de Informe:&lt;br /&gt;1. - Informe Corto, es cuando el Auditor presenta su opinión escrita a cerca de la razonabilidad o no de los estados económicos y financieros elaborados por la empresa o entidad, y que fueron revisados y estudiados de acuerdo a los alcances de las Normas Internacionales de Auditoría y los Principios Generalmente Aceptados de Contabilidad.&lt;br /&gt;2. - Informe Largo, es cuando el Auditor presenta su opinión escrita sobre la situación en las que se realizaron las operaciones y registros de la empresa o entidad, y abarca la parte administrativa y los sistemas internos de control. Este informe servirá a la alta dirección de la empresa o entidad para la toma de decisiones que incluya acciones correctivas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;MIGUEL ANGEL ALATRISTA GIRONZINI&lt;br /&gt;CONTADOR BENEMÉRITO DEL PERÚ&lt;br /&gt;CONTADOR SÍMBOLO DEL CUSCO&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;gironzini@hotmail.com&lt;br /&gt;malatrista@gmail.com&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/3728368575415812901-5973872773433462861?l=miguelalatrista.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/feeds/5973872773433462861/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/01/programa-de-auditora.html#comment-form' title='3 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5973872773433462861'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/3728368575415812901/posts/default/5973872773433462861'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://miguelalatrista.blogspot.com/2009/01/programa-de-auditora.html' title='PROGRAMA  DE  AUDITORIA.'/><author><name>Miguel Angel Alatrista Gironzini</name><uri>http://www.blogger.com/profile/14401832273745493365</uri><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='26' height='32' src='http://1.bp.blogspot.com/-E1QeWHtvnT0/TujbNz7DAxI/AAAAAAAAABE/KxWmpDGRvPk/s220/Miguel%2BAngel%2BAlatrista%2BGironzini.jpg'/></author><thr:total>3</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-3728368575415812901.post-461708553799606954</id><published>2009-01-26T12:04:00.000-08:00</published><updated>2010-02-02T19:31:59.605-08:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Memoria de Gestión'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Trabajo Institucional'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Gestión en Decanato del Cusco'/><title type='text'>MEMORIA  DE  GESTIÓN  INSTITUCIONAL  2004  AL  2006</title><content type='html'>COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO.&lt;br /&gt;                 MEMORIA DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL 2004 - 2006&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Estimados y Apreciados Colegas:&lt;br /&gt;En cumplimiento al artículo Nº 34 inciso “ b ” del Estatuto del Colegio de Contadores Públicos del Cusco, presento ante ustedes el Informe Memoria de la gestión Institucional del 13 de setiembre del 2004 al 31 de diciembre del 2006.&lt;br /&gt;En elecciones generales realizadas el día sábado 28 de agosto del 2004, fuimos elegidos para conducir los destinos del Colegio por el periodo comprendido entre el 11 de setiembre del 2004 al 11 de setiembre del 2006, asumiendo los cargos el día 13 del mismo mes y año.&lt;br /&gt;En cumplimiento de la tercera disposición transitoria del Estatuto del Colegio de Contadores Publicos del Cusco, aprobado en asamblea general extraordinaria del 15 de julio del 2006, prorrogamos nuestra gestión hasta el dia 31 de diciembre del 2006.&lt;br /&gt;Durante los dos años, tres meses y medio que dirigimos los destinos del Colegio de Contadores Públicos del Cusco, hemos realizado las siguientes acciones:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.-&lt;br /&gt;1. Mediante resolución de Consejo Directivo, se aprobó los requisitos mínimos y derechos de matrícula para poderse Colegiar en el Colegio de Contadores Públicos del Cusco.&lt;br /&gt;2. En cumplimiento al Estatuto del Colegio de Contadores Públicos del Cusco, se procedió a nombrar mediante resolución de Consejo Directivo al Tribunal de Honor, y ratificar al Comité de Ética Profesional.&lt;br /&gt;3. Se efectuó el reconocimiento y nombramiento de las Juntas Directivas de los diferentes Comités Funcionales del Colegio mediante resoluciones de Consejo Directivo, las mismas que fueron elegidas previamente en sesiones de los respectivos Comités.&lt;br /&gt;4. Con el propósito de efectuar una defensa permanente de nuestra Profesión y de todos nuestros Colegas se creó y nombró mediante resolución de Consejo Directivo el primer Comité de Defensa Profesional.&lt;br /&gt;5. Se organizó y nombró mediante resolución de Consejo Directivo el primer Consejo Consultivo del Colegio, Consejo que está integrado por todos los Past Decanos de la Orden, y que tiene como propósito el asesoramiento del Consejo Directivo en los casos que así lo requiera.&lt;br /&gt;6. Después de haberse efectuado un análisis de la situación real en la que se encuentran todos los Comités Funcionales del Colegio de Contadores Públicos del Cusco, se dispuso mediante resolución de Consejo Directivo la reinscripción total de los Miembros de la Orden en los diferentes Comités Funcionales del Colegio y de esta manera darle vigencia democrática y prestancia a los mismos.&lt;br /&gt;7. Se dispuso por resolución de Consejo Directivo que los Colegas que paguen en forma adelantada sus cuotas ordinarias del año 2005 y luego también las cuotas correspondientes del 2006, se les otorgue como beneficio él quiebre total de las deudas por multas, y adicionalmente se les otorgue un descuento en el monto total a pagar.&lt;br /&gt;8. Se dispuso por resolución de Consejo Directivo un programa de regularización de deudas pendientes de los Colegas por cuotas ordinarias, mediante una directiva de fraccionamiento, tanto para el año 2005 como para el año 2006.&lt;br /&gt;9. Se dispuso por resolución de Consejo Directivo amnistía de las deudas por cuotas ordinarias de los Colegas que no ejercen la profesión y/o vivan fuera de la ciudad del Cusco, para lo cual se aprobó un reglamento interno, habiéndose ampliado su vigencia hasta el 31 de octubre del 2006.&lt;br /&gt;10. Por resolución de Consejo Directivo se aprobó la Directiva de viáticos para viajes oficiales en comisión de servicios para los Directivos y Personal Administrativo.&lt;br /&gt;11. Después de la realización de un taller con la participación del Consejo Directivo, del Consejo de Fiscalización y Control y el Personal Administrativo del Colegio, se elaboró el Organigrama Funcional del Colegio de Contadores Públicos del Cusco y el Manual de Organización y Funciones del Personal Administrativo, los mismos que fueron aprobados por Resolución de Consejo Directivo.&lt;br /&gt;12. En todos los actos de promesa de honor e incorporación de nuevos miembros de la Orden, se está efectuando en forma obligatoria la difusión del Código de Ética Profesional mediante charlas alusivas, las que son expuestas por Colegas del Comité de Ética Profesional y Defensa Profesional previa invitación.&lt;br /&gt;Además participamos dando Charlas y Conferencias sobre Ética Profesional a los Comités Funcionales del Colegio y otras Entidades y Colegios de Contad
